Decisión Administrativa N° 219/2021 (B.O. del 13/21)
CIERRE DE FRONTERAS
Se prorróga el plazo establecido en el artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 2252/20, prorrogado por sus similares Nros. 2/21, 44/21 y 155/21, hasta el 9 de abril de 2021 inclusive, período durante el cual se establece:
1. La suspensión de la vigencia de la Decisión Administrativa Nº 1949/20.
2. Que la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, actuante en el ámbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE, mantendrá la suspensión de las autorizaciones y permisos que se hubieran dispuesto relativas a las operaciones de transporte aéreo de pasajeros y pasajeras en vuelos directos que tengan como origen o destino el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, ante el nuevo linaje en la secuenciación de muestras locales, respecto al ingreso de personas.
Decisión Administrativa N° 219/2021 (B.O. del 13/21)
CIERRE DE FRONTERAS
Se prorróga el plazo establecido en el artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 2252/20, prorrogado por sus similares Nros. 2/21, 44/21 y 155/21, hasta el 9 de abril de 2021 inclusive, período durante el cual se establece:
1. La suspensión de la vigencia de la Decisión Administrativa Nº 1949/20.
2. Que la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, actuante en el ámbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE, mantendrá la suspensión de las autorizaciones y permisos que se hubieran dispuesto relativas a las operaciones de transporte aéreo de pasajeros y pasajeras en vuelos directos que tengan como origen o destino el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, ante el nuevo linaje en la secuenciación de muestras locales, respecto al ingreso de personas.