JURISPRUDENCIA PROVINCIAL
Cosa juzgada. Decisión adoptada con prescindencia de los planteos formulados y pruebas ofrecidas. Art. 29 de la Ley N.° 11.653. Revocación del fallo del Tribunal de Trabajo.
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Cosa juzgada. Decisión adoptada con prescindencia de los planteos formulados y pruebas ofrecidas. Art. 29 de la Ley N.° 11.653. Revocación del fallo del Tribunal de Trabajo.
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