Normativa nacional
El acceso a los recursos genéticos para su utilización estará sujeto al consentimiento fundamentado previo y al establecimiento de condiciones mutuamente acordadas, conforme lo dispuesto en el PROTOCOLO DE NAGOYA, y de acuerdo a lo establecido en la presente Resolución, el que será acreditado mediante el Certificado de Cumplimiento emitido por la Autoridad de Aplicación.
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El acceso a los recursos genéticos para su utilización estará sujeto al consentimiento fundamentado previo y al establecimiento de condiciones mutuamente acordadas, conforme lo dispuesto en el PROTOCOLO DE NAGOYA, y de acuerdo a lo establecido en la presente Resolución, el que será acreditado mediante el Certificado de Cumplimiento emitido por la Autoridad de Aplicación.
CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA
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