Normativa nacional
Emergencia Sanitaria. Modificó Decreto N.º 260/2020 -Coronavirus (COVID-19). Disposiciones-
“El Jefe de Gabinete de Ministros coordinará con las distintas jurisdicciones y organismos del Sector Público Nacional, la implementación de las acciones y políticas para el adecuado cumplimiento de las recomendaciones que disponga la autoridad sanitaria nacional, en el marco de la emergencia y de la situación epidemiológica.”
También, suspende por el plazo que dure la emergencia, la exclusión prevista en el tercer párrafo del artículo 1º de la Ley Nº 20.680, a fin de que la norma se aplique a todos los procesos económicos incluidas las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs).
La norma establece que: “Durante el plazo que dure la emergencia, las jurisdicciones, organismos y entidades comprendidos en el artículo 8º incisos a) y b) de la Ley Nº 24.156, estarán facultados para efectuar la contratación directa de bienes y servicios que sean necesarios para atender la emergencia, sin sujeción al régimen de contrataciones de la Administración Pública Nacional o a sus regímenes de contrataciones específicos.”
Normativa nacional
Emergencia Sanitaria. Modificó Decreto N.º 260/2020 -Coronavirus (COVID-19). Disposiciones-
“El Jefe de Gabinete de Ministros coordinará con las distintas jurisdicciones y organismos del Sector Público Nacional, la implementación de las acciones y políticas para el adecuado cumplimiento de las recomendaciones que disponga la autoridad sanitaria nacional, en el marco de la emergencia y de la situación epidemiológica.”
También, suspende por el plazo que dure la emergencia, la exclusión prevista en el tercer párrafo del artículo 1º de la Ley Nº 20.680, a fin de que la norma se aplique a todos los procesos económicos incluidas las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs).
La norma establece que: “Durante el plazo que dure la emergencia, las jurisdicciones, organismos y entidades comprendidos en el artículo 8º incisos a) y b) de la Ley Nº 24.156, estarán facultados para efectuar la contratación directa de bienes y servicios que sean necesarios para atender la emergencia, sin sujeción al régimen de contrataciones de la Administración Pública Nacional o a sus regímenes de contrataciones específicos.”
Convoca al electorado de la provincia de Buenos Aires para el día 13 de julio de 2025 a Elecciones Primarias, Abiertas, Obligatorias y Simultáneas (elecciones - PASO 2025)
Aprueba el "Convenio de Asistencia Financiera Extraordinaria para contribuir a mitigar los efectos adversos de Evento Climático Extraordinario" celebrado el día 10 de marzo de 2025 entre la Provincia de Buenos Aires y el Consejo Federal de Inversiones (inundación - marzo de 2025).
CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA
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