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Junio 03, 2020

Normativa nacional

Corte Suprema de Justicia de la Nación, Acordada 15/2020, 22 de mayo de 2020

(vigencia a partir del 1.º de junio de 2020)

 

La Corte Suprema de Justicia de la Nación reglamentó el diligenciamiento electrónico de los oficios, informes o expedientes, que se gestionan con oficinas públicas, escribanos con registro y entidades privadas, externas al Poder Judicial de la Nación en el marco de la tramitación de las causas, a través de la Acordada 15/2020.

 

Esta acordada dispuso que a partir del día 1 de junio de 2020 y de forma progresiva, los oficios a organismos públicos o privados que se libran de manera reiterada y habitual, se tramitarán únicamente en forma digital. A tal fin, aprobó un “Reglamento para el Diligenciamiento Electrónico de Oficios con Entidades Externas al Poder Judicial -DEOX-”,  que, como Anexo, integra la Resolución.

 

Asimismo, encomendó  a la Comisión Nacional de Gestión Judicial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación la elaboración y coordinación del plan de implementación progresiva del servicio que aquí se dispone.

 

La acordada menciona la importancia que tiene esta medida ante la situación de emergencia pública sanitaria que atraviesa el país, originada en la propagación a nivel mundial, regional y local del coronavirus (Covid-19), y que demandan los mayores esfuerzos para adoptar las acciones que tiendan a lograr el máximo aislamiento social.

 

La puesta en funcionamiento se realizará en todos los juzgados nacionales y federales del país, empleando un procedimiento y una metodología homogénea y transparente, de manera de resguardar la seguridad jurídica de los actos y la sustitución del soporte papel. 

 

También se dispondrá en el Sistema de Gestión Judicial, interno y externo, una nueva funcionalidad para el Diligenciamiento Electrónico de Oficios a Organismos Externos, exclusivo para gestionar comunicaciones y mandas en los procesos judiciales. 

 

Este servicio será el único medio admitido y los códigos de usuario que sean asignados para acceder a dicho sistema sólo podrán ser destinados a recibir y responder oficios electrónicos. La solicitud se considerará perfeccionada cuando esté disponible en la cuenta de destino y los plazos se computarán según la normativa procesal que corresponda. Para el comienzo del plazo, la fecha y hora será la del servidor y quedará registrada en la transacción.


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Fecha de publicación: 30/04/2025, Boletín Oficial n.° 29986.

 
 

 

 

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Decreto N.° 277/2025. Declárase Duelo Nacional en todo el territorio de la República Argentina. Publicado en B.O. N° 35.651 22/04/2025


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Esta acordada dispuso que a partir del día 1 de junio de 2020 y de forma progresiva, los oficios a organismos públicos o privados que se libran de manera reiterada y habitual, se tramitarán únicamente en forma digital. A tal fin, aprobó un “Reglamento para el Diligenciamiento Electrónico de Oficios con Entidades Externas al Poder Judicial -DEOX-”,  que, como Anexo, integra la Resolución.

 

Asimismo, encomendó  a la Comisión Nacional de Gestión Judicial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación la elaboración y coordinación del plan de implementación progresiva del servicio que aquí se dispone.

 

La acordada menciona la importancia que tiene esta medida ante la situación de emergencia pública sanitaria que atraviesa el país, originada en la propagación a nivel mundial, regional y local del coronavirus (Covid-19), y que demandan los mayores esfuerzos para adoptar las acciones que tiendan a lograr el máximo aislamiento social.

 

La puesta en funcionamiento se realizará en todos los juzgados nacionales y federales del país, empleando un procedimiento y una metodología homogénea y transparente, de manera de resguardar la seguridad jurídica de los actos y la sustitución del soporte papel. 

 

También se dispondrá en el Sistema de Gestión Judicial, interno y externo, una nueva funcionalidad para el Diligenciamiento Electrónico de Oficios a Organismos Externos, exclusivo para gestionar comunicaciones y mandas en los procesos judiciales. 

 

Este servicio será el único medio admitido y los códigos de usuario que sean asignados para acceder a dicho sistema sólo podrán ser destinados a recibir y responder oficios electrónicos. La solicitud se considerará perfeccionada cuando esté disponible en la cuenta de destino y los plazos se computarán según la normativa procesal que corresponda. Para el comienzo del plazo, la fecha y hora será la del servidor y quedará registrada en la transacción.


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