NORMATIVA PROVINCIAL
Toda persona tiene derecho al desarrollo actividades deportivas conforme a su identidad de género. Modifica el inciso h del artículo 7 del Capítulo II de la ley N° 12.108.

NORMATIVA PROVINCIAL
Toda persona tiene derecho al desarrollo actividades deportivas conforme a su identidad de género. Modifica el inciso h del artículo 7 del Capítulo II de la ley N° 12.108.

PROMUEVE EL USO SEGURO Y RESPONSABLE DE PANTALLAS Y REGULA SU UTILIZACIÓN POR PARTE DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS DEL NIVEL PRIMARIO.
Aprueba procedimiento para selección de postulantes, adjudicación, contralor y recupero de viviendas sociales.
CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA
Contacto
CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA
Contacto