Normativa Provincial
Establece que los responsables de la generación de los manifiestos de residuos especiales, industriales no especiales y patogénicos deberán mantener en su poder, en el domicilio de su establecimiento principal, y por el término mínimo de DIEZ (10) años, la totalidad de los documentos generados en el marco de las Resoluciones N° 118/11, 85/12 y 188/12, debiendo disponer los mismos ante requerimiento de este Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible.
Normativa Provincial
Establece que los responsables de la generación de los manifiestos de residuos especiales, industriales no especiales y patogénicos deberán mantener en su poder, en el domicilio de su establecimiento principal, y por el término mínimo de DIEZ (10) años, la totalidad de los documentos generados en el marco de las Resoluciones N° 118/11, 85/12 y 188/12, debiendo disponer los mismos ante requerimiento de este Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible.
Constituye el Consejo Consultivo Honorario del Comité de Cuenca del Río Reconquista (COMIREC) y determina su integración.
Reconoce el carácter de insalubres de las tareas realizadas por el personal que presta servicios en la Planta Depuradora de Líquidos Cloacales, en el Servicio de Recolección de Residuos Domiciliarios y en el Cementerio Municipal de la localidad de Rojas.
CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA
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