Normativa nacional
Ante las excepcionales circunstancias de emergencia y de aislamiento social EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL resolvió que “ Los trabajadores y trabajadoras alcanzados por el “aislamiento social preventivo y obligatorio” quedarán dispensados del deber de asistencia al lugar de trabajo. Cuando sus tareas u otras análogas puedan ser realizadas desde el lugar de aislamiento deberán en el marco de la buena fe contractual, establecer con su empleador las condiciones en que dicha labor será realizada°.
Normativa nacional
Ante las excepcionales circunstancias de emergencia y de aislamiento social EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL resolvió que “ Los trabajadores y trabajadoras alcanzados por el “aislamiento social preventivo y obligatorio” quedarán dispensados del deber de asistencia al lugar de trabajo. Cuando sus tareas u otras análogas puedan ser realizadas desde el lugar de aislamiento deberán en el marco de la buena fe contractual, establecer con su empleador las condiciones en que dicha labor será realizada°.
CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA
Contacto
CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA
Contacto