Normativa Provincial
Prorroga los vencimientos de las Licencias Nacionales de Conducir, que hayan operado u operen entre el 15 de febrero de 2020 y el 30 de septiembre inclusive del mismo año, por el término de 240 (doscientos cuarenta) días corridos, contados a partir de la fecha de sus respectivos vencimientos, rectificando el plazo establecido oportunamente mediante Disposición N.º 27/20.
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Prorroga los vencimientos de las Licencias Nacionales de Conducir, que hayan operado u operen entre el 15 de febrero de 2020 y el 30 de septiembre inclusive del mismo año, por el término de 240 (doscientos cuarenta) días corridos, contados a partir de la fecha de sus respectivos vencimientos, rectificando el plazo establecido oportunamente mediante Disposición N.º 27/20.
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