• Inicio
  • Buscador
  • Noticias
    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos

    • Obras Jurídicas

  • Doctrina
  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en Materia Disciplinaria

  • Contacto
Dictámenes Resoluciones
  • Noticias Jurídicas

    Logo
  • Volver

  • Inicio
  • Noticias Jurídicas
Octubre 30, 2025

Pensión honorífica de veterano de guerra. ANSES. Decreto n.° 2364/90. Ley n.° 23.848. Control de constitucionalidad. Principio de igualdad. Facultades reglamentarias. Retroactividad. Derecho previsional. Categoría sospechosa.

Juzgado Federal en lo Civ., Com. y Cont. Adm. N.° 1 de San Martín, Secretaría n.° 1, Sala II, “E., F. D. c/ ANSES s/ Reajustes varios”, 2 de octubre de 2025.

La Cámara Federal de San Martín, Sala II, confirmó la sentencia que rechazó la demanda promovida por F. D. E. contra la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), mediante la cual solicitaba el pago retroactivo de la Pensión Honorífica de Veterano de Guerra del Atlántico Sur desde el inicio del conflicto bélico hasta la fecha de alta del beneficio.

 

El actor cuestionaba la constitucionalidad del artículo 5°, inciso a, del Decreto n.° 2364/90, reglamentario de la Ley n.° 23.848, por considerar que el Poder Ejecutivo había incurrido en un exceso reglamentario al fijar como punto de partida del beneficio la fecha de solicitud, en lugar de reconocerlo desde el momento del cese del conflicto. Alegó además una violación al principio de igualdad (art. 16 de la Constitución Nacional), al otorgar un trato diferencial a los derechohabientes de los excombatientes fallecidos.

 

Consideró que el Poder Ejecutivo había creado una “categoría sospechosa” por utilizar dos criterios (uno para los veteranos y otro para los derechohabientes de los causantes fallecidos) para diferenciar el inicio de cobro de la pensión.

 

La Cámara resolvió que la norma cuestionada no vulnera derechos constitucionales, en tanto la distinción introducida no resulta arbitraria ni irrazonable. Citando precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, recordó que la pensión de veterano posee carácter no contributivo, financiado con rentas generales, y que la intención legislativa no fue la de conferir efectos retroactivos al beneficio, sino establecer una prestación retributiva por los servicios cumplidos.

 

Asimismo, sostuvo que el Poder Ejecutivo no excedió su potestad reglamentaria, dado que el decreto mantuvo inalterables los fines y el sentido de la ley. En ese marco, destacó que la diferencia entre sobrevivientes y derechohabientes se apoya en situaciones objetivamente distintas y, por tanto, no implica una vulneración al principio de igualdad.

 

La Cámara también desestimó el planteo relativo a las costas, confirmando la imposición en el orden causado conforme a la doctrina fijada por la Corte Suprema en “Morales, Blanca Azucena c/ ANSES” (22/06/2023).

 

Logo

Otras noticias destacadas

Lanús: dos detenidos tras robar un automóvil a mano armada y enfrentarse con la policía
El 29 de octubre de 2025, personal del Comando de Patrullas de Lanús detuvo a dos hombres mayores de edad acusados de robo agravado por el empleo de arma y resistencia a la autoridad, luego de sustraer un vehículo y protagonizar una persecución que culminó con la recuperación del rodado y el secuestro de dos réplicas de armas de fuego.
Avellaneda: investigan el homicidio de un hombre hallado con impactos de arma de fuego en la zona de la reserva natural
El 23 de octubre de 2025, personal de la Comisaría 4ª de Avellaneda intervino ante el hallazgo de un hombre de entre 25 y 30 años sin vida, que presentaba heridas de arma de fuego en la cabeza y en ambos brazos, en la intersección de Nicaragua y Sargento Ponce, zona lindante a la reserva natural de Avellaneda
Acceso a la información pública. Interés legítimo. Ley n.° 12.475. Transparencia. Interpretación conforme. Control ciudadano.
Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, "CEPIS c/ Provincia de Buenos aires s/ Inconstitucionalidad ley 12.475", 27 de octubre de 2025
Bahía Blanca: nuevo proceso de destrucción de armas secuestradas
En el día de 24 de octubre se llevó a cabo un nuevo procedimiento con el fin de lograr la destrucción de 323 armas, que se encontraban secuestradas en la sala de efectos del Ministerio Público Fiscal del Departamento Judicial de Bahía Blanca.
  • Inicio

  • Buscador

  • Noticias

    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos 2025

    • Cuadernos temáticos 2024

    • Cuadernos temáticos 2023

    • Cuadernos temáticos 2022

    • Cuadernos temáticos 2021

    • Cuadernos temáticos 2020

  • Doctrina

  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en Materia Disciplinaria

  • Contacto

  • Noticias Jurídicas

  • Logo
Octubre 30, 2025

Pensión honorífica de veterano de guerra. ANSES. Decreto n.° 2364/90. Ley n.° 23.848. Control de constitucionalidad. Principio de igualdad. Facultades reglamentarias. Retroactividad. Derecho previsional. Categoría sospechosa.

Juzgado Federal en lo Civ., Com. y Cont. Adm. N.° 1 de San Martín, Secretaría n.° 1, Sala II, “E., F. D. c/ ANSES s/ Reajustes varios”, 2 de octubre de 2025.

La Cámara Federal de San Martín, Sala II, confirmó la sentencia que rechazó la demanda promovida por F. D. E. contra la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), mediante la cual solicitaba el pago retroactivo de la Pensión Honorífica de Veterano de Guerra del Atlántico Sur desde el inicio del conflicto bélico hasta la fecha de alta del beneficio.

 

El actor cuestionaba la constitucionalidad del artículo 5°, inciso a, del Decreto n.° 2364/90, reglamentario de la Ley n.° 23.848, por considerar que el Poder Ejecutivo había incurrido en un exceso reglamentario al fijar como punto de partida del beneficio la fecha de solicitud, en lugar de reconocerlo desde el momento del cese del conflicto. Alegó además una violación al principio de igualdad (art. 16 de la Constitución Nacional), al otorgar un trato diferencial a los derechohabientes de los excombatientes fallecidos.

 

Consideró que el Poder Ejecutivo había creado una “categoría sospechosa” por utilizar dos criterios (uno para los veteranos y otro para los derechohabientes de los causantes fallecidos) para diferenciar el inicio de cobro de la pensión.

 

La Cámara resolvió que la norma cuestionada no vulnera derechos constitucionales, en tanto la distinción introducida no resulta arbitraria ni irrazonable. Citando precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, recordó que la pensión de veterano posee carácter no contributivo, financiado con rentas generales, y que la intención legislativa no fue la de conferir efectos retroactivos al beneficio, sino establecer una prestación retributiva por los servicios cumplidos.

 

Asimismo, sostuvo que el Poder Ejecutivo no excedió su potestad reglamentaria, dado que el decreto mantuvo inalterables los fines y el sentido de la ley. En ese marco, destacó que la diferencia entre sobrevivientes y derechohabientes se apoya en situaciones objetivamente distintas y, por tanto, no implica una vulneración al principio de igualdad.

 

La Cámara también desestimó el planteo relativo a las costas, confirmando la imposición en el orden causado conforme a la doctrina fijada por la Corte Suprema en “Morales, Blanca Azucena c/ ANSES” (22/06/2023).

 

Logo

Otras noticias destacadas

Lanús: dos detenidos tras robar un automóvil a mano armada y enfrentarse con la policía
El 29 de octubre de 2025, personal del Comando de Patrullas de Lanús detuvo a dos hombres mayores de edad acusados de robo agravado por el empleo de arma y resistencia a la autoridad, luego de sustraer un vehículo y protagonizar una persecución que culminó con la recuperación del rodado y el secuestro de dos réplicas de armas de fuego.
Avellaneda: investigan el homicidio de un hombre hallado con impactos de arma de fuego en la zona de la reserva natural
El 23 de octubre de 2025, personal de la Comisaría 4ª de Avellaneda intervino ante el hallazgo de un hombre de entre 25 y 30 años sin vida, que presentaba heridas de arma de fuego en la cabeza y en ambos brazos, en la intersección de Nicaragua y Sargento Ponce, zona lindante a la reserva natural de Avellaneda
Acceso a la información pública. Interés legítimo. Ley n.° 12.475. Transparencia. Interpretación conforme. Control ciudadano.
Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, "CEPIS c/ Provincia de Buenos aires s/ Inconstitucionalidad ley 12.475", 27 de octubre de 2025
Bahía Blanca: nuevo proceso de destrucción de armas secuestradas
En el día de 24 de octubre se llevó a cabo un nuevo procedimiento con el fin de lograr la destrucción de 323 armas, que se encontraban secuestradas en la sala de efectos del Ministerio Público Fiscal del Departamento Judicial de Bahía Blanca.

CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Jurídicas
Noticias Académicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en:
Jurisprudencia Nacional
Jurisprudencia Provincial
Actualidad en:
Normativa Nacional
Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Lejister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar



CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Académicas
Noticias Jurídicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en Jurisprudencia Nacional
Actualidad en Jurisprudencia Provincial
Actualidad en Normativa Nacional
Actualidad en Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Legister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar