Dictamen Procuración General, EXPTE. N° 70.771, "Rotella Nélida Mercedes y Otros c/ Municipalidad de Pergamino s/ Inconstitucionalidad Ordenanza N° 7082/09", 20 de marzo de 2019.
En los presentes actuados, la parte demandada solicitó, con fundamento en un informe técnico que presentó, el levantamiento de la tutela cautelar oportunamente otorgada por el Tribunal Supremo ante una situación objetiva de riesgo urbanístico ambiental.
Requerida la intervención de la Procuración General, esta consideró que no se encontraban satisfechas las circunstancias que permitieran remover la cautelar dispuesta. Ello toda vez que el mencionado informe fue introducido en el proceso en forma intempestiva, sin garantizar la igualdad a las partes y la bilateralidad.
Señaló que ello afectaba la garantía de inviolabilidad de la defensa en juicio y la estricta observancia de sus componentes esenciales: a ser oído y poder afirmar, probar, alegar y recurrir y de la correcta evaluación —de conjunto- de la prueba pertinente y decisiva, analizada con sujeción a las reglas de la sana crítica. En consecuencia, concluyó que no correspondía innovar sobre las cuestiones sometidas a controversia; especialmente, ante la etapa procesal en que transitaba la causa.
Dictamen Procuración General, EXPTE. N° 70.771, "Rotella Nélida Mercedes y Otros c/ Municipalidad de Pergamino s/ Inconstitucionalidad Ordenanza N° 7082/09", 20 de marzo de 2019.
En los presentes actuados, la parte demandada solicitó, con fundamento en un informe técnico que presentó, el levantamiento de la tutela cautelar oportunamente otorgada por el Tribunal Supremo ante una situación objetiva de riesgo urbanístico ambiental.
Requerida la intervención de la Procuración General, esta consideró que no se encontraban satisfechas las circunstancias que permitieran remover la cautelar dispuesta. Ello toda vez que el mencionado informe fue introducido en el proceso en forma intempestiva, sin garantizar la igualdad a las partes y la bilateralidad.
Señaló que ello afectaba la garantía de inviolabilidad de la defensa en juicio y la estricta observancia de sus componentes esenciales: a ser oído y poder afirmar, probar, alegar y recurrir y de la correcta evaluación —de conjunto- de la prueba pertinente y decisiva, analizada con sujeción a las reglas de la sana crítica. En consecuencia, concluyó que no correspondía innovar sobre las cuestiones sometidas a controversia; especialmente, ante la etapa procesal en que transitaba la causa.
CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA
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