Dictamen del Procurador General, Expte. Nº P 131.929, “V.E.N. s/ Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley”, 18 de marzo de 2019
El Procurador General, en ocasión de propiciar el rechazo del recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley planteado, remarcó, entre otros argumentos que virtió, que si el agravio responde a una reflexión tardía del impugnante, en tanto no fue llevado a conocimiento del tribunal de casación sino que fue introducido recién en el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, deviene inaudible por extemporáneo (art. 451 del CPP; conf. esa Corte en P. 75.534, sent. de 21/11/2001; P. 76.382 sent. de 28/8/2002; P. 81.375 sent. de 10/9/2003; P. 83.870, sent. de 1/10/2003; P. 89.368, sent. de 22/12/2004; P. 96.980, sent. de 7/2/2007; P. 107.484, sent. de 3/7/2014, entre otras).
Dictamen del Procurador General, Expte. Nº P 131.929, “V.E.N. s/ Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley”, 18 de marzo de 2019
El Procurador General, en ocasión de propiciar el rechazo del recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley planteado, remarcó, entre otros argumentos que virtió, que si el agravio responde a una reflexión tardía del impugnante, en tanto no fue llevado a conocimiento del tribunal de casación sino que fue introducido recién en el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, deviene inaudible por extemporáneo (art. 451 del CPP; conf. esa Corte en P. 75.534, sent. de 21/11/2001; P. 76.382 sent. de 28/8/2002; P. 81.375 sent. de 10/9/2003; P. 83.870, sent. de 1/10/2003; P. 89.368, sent. de 22/12/2004; P. 96.980, sent. de 7/2/2007; P. 107.484, sent. de 3/7/2014, entre otras).
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