Dictamen del Procurador, Expte. Nº L-122.085, "Quinteros, Rodolfo Damián c/ Galeno A.R.T. S.A. s/ Accidente de Trabajo -Acción Especial", 29 de abril de 2019
En oportunidad de aconsejar el rechazo del recurso extraordinario de inconstitucionalidad impetrado por el actor, CONTE-GRAND recordó que el recurso extraordinario de inconstitucionalidad regulado en los arts. 161 ap. 1) de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y 299 del Código Procesal Civil y Comercial, se abre exclusivamente en el supuesto de que en la instancia ordinaria se hubiere controvertido y decidido la constitucionalidad o inconstitucionalidad de leyes, decretos, ordenanzas o reglamentos provinciales confrontados con normas de la Constitución local.
Y también observó que si el planteo constitucional fue resuelto en la instancia ordinaria con fundamento en los preceptos de la Constitución de la Nación resulta irrevisible mediante el recurso extraordinario de inconstitucionalidad perfilado por las aludidas normas de la provincia (arts. 161 ap. 1) de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y 299 del Código Procesal Civil y Comercial).
Dictamen del Procurador, Expte. Nº L-122.085, "Quinteros, Rodolfo Damián c/ Galeno A.R.T. S.A. s/ Accidente de Trabajo -Acción Especial", 29 de abril de 2019
En oportunidad de aconsejar el rechazo del recurso extraordinario de inconstitucionalidad impetrado por el actor, CONTE-GRAND recordó que el recurso extraordinario de inconstitucionalidad regulado en los arts. 161 ap. 1) de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y 299 del Código Procesal Civil y Comercial, se abre exclusivamente en el supuesto de que en la instancia ordinaria se hubiere controvertido y decidido la constitucionalidad o inconstitucionalidad de leyes, decretos, ordenanzas o reglamentos provinciales confrontados con normas de la Constitución local.
Y también observó que si el planteo constitucional fue resuelto en la instancia ordinaria con fundamento en los preceptos de la Constitución de la Nación resulta irrevisible mediante el recurso extraordinario de inconstitucionalidad perfilado por las aludidas normas de la provincia (arts. 161 ap. 1) de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y 299 del Código Procesal Civil y Comercial).
CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA
Contacto
CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA
Contacto