• Inicio
  • Buscador
  • Noticias
    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos

    • Obras Jurídicas

  • Doctrina
  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en materia disciplinaria

  • Contacto
Dictámenes Resoluciones
  • Noticias Jurídicas

    Logo
  • Volver

  • Inicio
  • Noticias Jurídicas
Septiembre 06, 2019

Indemnización por despido indirecto. Pérdida del derecho a ser indemnizado. Falta de contemporaneidad entre el cierre del establecimiento y la intimación tendiente a que el empleador aclarara la situación. Recurso extraordinario. Denegación. Queja. Descalificación de la sentencia por arbitrariedad

Corte Suprema de Justicia de la Nación, “Veyrat Durbex, Héctor c/ Antonio Abdenur e Hijos S.H. y/o Confitería del Hotel Crystal s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado”, 3 de septiembre de 2019

Con la firma de los jueces Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti, y de Carlos Rosenkrantz en un voto concurrente,  la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró arbitraria una sentencia de la Corte de Justicia de Salta. Esta había desconocido el derecho a ser indemnizado a un trabajador que perdió su puesto de trabajo por cierre del local gastronómico, a principios de diciembre de 2016.

 

El trabajador que se había desempeñado como “encargado” para una confitería situada en un hotel salteño, durante 27 años, nunca había sido registrado. El 28 de diciembre de 2016, el trabajador intimó para que se le aclarase su situación laboral y recibió como  respuesta el desconocimiento de la relación de empleo. Frente a ello, se consideró despedido y promovió demanda para cobrar las indemnizaciones legales. 

 

Si bien los tribunales de primera y segunda instancia reconocieron que entre las partes existió una relación laboral que se mantuvo “en negro” durante 27 años, consideraron que el trabajador no tenía derecho a ser indemnizado dado el tiempo que dejó pasar desde la fecha en que cerró la confitería y la que envió la intimación para que se aclarara su situación. 

 

Invocaron en tal sentido que el principio de contemporaneidad, de aplicación simétrica, a ambas partes de la relación de trabajo, exigía que la reacción de una de ellas a determinada actitud de la otra, mantuviera una razonable relación causa-efecto, lo cual no había acontecido en el caso bajo estudio. 

 

Ante ello, el dependiente solicitó a la Corte de Justicia de Salta que revisara la decisión pero su recurso no fue admitido.

 

El fallo de la corte provincial fue apelado por el actor mediante un recurso extraordinario que no fue concedido; ello motivó una presentación directa ante el Máximo Tribunal.

 

La Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar a la queja por considerar que la sentencia apelada resultaba arbitraria. 

 

Según el voto firmado por los jueces Highton de Nolasco, Maqueda y Rosatti, el argumento referido a que fue tardía la intimación del trabajador a que se aclarase su situación porque habían pasado más de 20 días desde el cierre de la confitería, carecía de base legal concreta y no se compadecía con una adecuada ponderación del contexto fáctico del caso en el que el trabajador, cuyo vínculo laboral se extendió durante más de 27 años fuera de todo registro, tuvo que intimar formalmente a su empleador ante el sorpresivo cierre de establecimiento.

 

En su voto concurrente, el juez Rosenkrantz coincidió con la mayoría en que, por las razones mencionadas, la decisión no ponderó adecuadamente el contexto fáctico del caso.

 

De consiguiente, el Alto Tribunal descalificó lo resuelto y ordenó que el expediente volviera a la justicia provincial para el dictado de un nuevo fallo. 

 

DESCARGAR SENTENCIA 

Logo

Otras noticias destacadas

Aprehendida una mujer por hurto bajo la modalidad "viuda negra" en Florencio Varela
Personal policial realizó dos allanamientos y detuvo a una cuidadora acusada de sustraer una notebook, teléfonos y objetos personales a la víctima, a quien habría drogado para facilitar el robo. En los operativos se secuestraron varios elementos vinculados al delito.
Acción de amparo. DNU n.° 340/2025. Artículo 3. Derecho de huelga. Libertad sindical. Medida cautelar. Verosimilitud del derecho. Peligro en la demora. Justicia Nacional del Trabajo. Legitimación activa. Suspensión de efectos. Competencia. Justicia Nacional del Trabajo. Personería gremial. Legitimación activa. Sindicatos. Derechos colectivos. Tutela judicial. Suspensión de efectos
Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo n.° 3, Expte. 19424/2025, “Asociación Trabajadores del Estado (en adelante A.T.E.) c/ Poder Ejecutivo de la Nación s / acción de amparo”, 2 de junio de 2025
Tres hombres fueron aprehendidos en Avellaneda por tenencia ilegal de arma de fuego y marihuana
El procedimiento se realizó tras ser detectados por las cámaras de monitoreo cuando manipulaban un arma en la vía pública.
Allanamientos por robo tipo escruche
Recuperaron objetos robados en dos departamentos de Gerli tras dos allanamientos: una consola de videojuegos, dos joysticks y un celular.
  • Inicio

  • Buscador

  • Noticias

    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos 2024

    • Cuadernos temáticos 2023

    • Cuadernos temáticos 2022

    • Cuadernos temáticos 2021

    • Cuadernos temáticos 2020

    • Cuadernos temáticos 2019

  • Doctrina

  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en materia disciplinaria

  • Contacto

  • Noticias Jurídicas

  • Logo
Septiembre 06, 2019

Indemnización por despido indirecto. Pérdida del derecho a ser indemnizado. Falta de contemporaneidad entre el cierre del establecimiento y la intimación tendiente a que el empleador aclarara la situación. Recurso extraordinario. Denegación. Queja. Descalificación de la sentencia por arbitrariedad

Corte Suprema de Justicia de la Nación, “Veyrat Durbex, Héctor c/ Antonio Abdenur e Hijos S.H. y/o Confitería del Hotel Crystal s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado”, 3 de septiembre de 2019

Con la firma de los jueces Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti, y de Carlos Rosenkrantz en un voto concurrente,  la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró arbitraria una sentencia de la Corte de Justicia de Salta. Esta había desconocido el derecho a ser indemnizado a un trabajador que perdió su puesto de trabajo por cierre del local gastronómico, a principios de diciembre de 2016.

 

El trabajador que se había desempeñado como “encargado” para una confitería situada en un hotel salteño, durante 27 años, nunca había sido registrado. El 28 de diciembre de 2016, el trabajador intimó para que se le aclarase su situación laboral y recibió como  respuesta el desconocimiento de la relación de empleo. Frente a ello, se consideró despedido y promovió demanda para cobrar las indemnizaciones legales. 

 

Si bien los tribunales de primera y segunda instancia reconocieron que entre las partes existió una relación laboral que se mantuvo “en negro” durante 27 años, consideraron que el trabajador no tenía derecho a ser indemnizado dado el tiempo que dejó pasar desde la fecha en que cerró la confitería y la que envió la intimación para que se aclarara su situación. 

 

Invocaron en tal sentido que el principio de contemporaneidad, de aplicación simétrica, a ambas partes de la relación de trabajo, exigía que la reacción de una de ellas a determinada actitud de la otra, mantuviera una razonable relación causa-efecto, lo cual no había acontecido en el caso bajo estudio. 

 

Ante ello, el dependiente solicitó a la Corte de Justicia de Salta que revisara la decisión pero su recurso no fue admitido.

 

El fallo de la corte provincial fue apelado por el actor mediante un recurso extraordinario que no fue concedido; ello motivó una presentación directa ante el Máximo Tribunal.

 

La Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar a la queja por considerar que la sentencia apelada resultaba arbitraria. 

 

Según el voto firmado por los jueces Highton de Nolasco, Maqueda y Rosatti, el argumento referido a que fue tardía la intimación del trabajador a que se aclarase su situación porque habían pasado más de 20 días desde el cierre de la confitería, carecía de base legal concreta y no se compadecía con una adecuada ponderación del contexto fáctico del caso en el que el trabajador, cuyo vínculo laboral se extendió durante más de 27 años fuera de todo registro, tuvo que intimar formalmente a su empleador ante el sorpresivo cierre de establecimiento.

 

En su voto concurrente, el juez Rosenkrantz coincidió con la mayoría en que, por las razones mencionadas, la decisión no ponderó adecuadamente el contexto fáctico del caso.

 

De consiguiente, el Alto Tribunal descalificó lo resuelto y ordenó que el expediente volviera a la justicia provincial para el dictado de un nuevo fallo. 

 

DESCARGAR SENTENCIA 

Logo

Otras noticias destacadas

Aprehendida una mujer por hurto bajo la modalidad "viuda negra" en Florencio Varela
Personal policial realizó dos allanamientos y detuvo a una cuidadora acusada de sustraer una notebook, teléfonos y objetos personales a la víctima, a quien habría drogado para facilitar el robo. En los operativos se secuestraron varios elementos vinculados al delito.
Acción de amparo. DNU n.° 340/2025. Artículo 3. Derecho de huelga. Libertad sindical. Medida cautelar. Verosimilitud del derecho. Peligro en la demora. Justicia Nacional del Trabajo. Legitimación activa. Suspensión de efectos. Competencia. Justicia Nacional del Trabajo. Personería gremial. Legitimación activa. Sindicatos. Derechos colectivos. Tutela judicial. Suspensión de efectos
Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo n.° 3, Expte. 19424/2025, “Asociación Trabajadores del Estado (en adelante A.T.E.) c/ Poder Ejecutivo de la Nación s / acción de amparo”, 2 de junio de 2025
Tres hombres fueron aprehendidos en Avellaneda por tenencia ilegal de arma de fuego y marihuana
El procedimiento se realizó tras ser detectados por las cámaras de monitoreo cuando manipulaban un arma en la vía pública.
Allanamientos por robo tipo escruche
Recuperaron objetos robados en dos departamentos de Gerli tras dos allanamientos: una consola de videojuegos, dos joysticks y un celular.

CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Jurídicas
Noticias Académicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en:
Jurisprudencia Nacional
Jurisprudencia Provincial
Actualidad en:
Normativa Nacional
Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Lejister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar



CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Académicas
Noticias Jurídicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en Jurisprudencia Nacional
Actualidad en Jurisprudencia Provincial
Actualidad en Normativa Nacional
Actualidad en Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Legister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar