El Procurador General dispuso el mantenimiento, a través de todos los mecanismos telemáticos a su alcance, de la prestación mínima del servicio de justicia y, particularmente, de asistencia a personas en situación de vulnerabilidad
El Procurador General, Dr. Julio Conte-Grand, dictó la Resolución PG N° 181/20 a traves de la cual se aprobaron recomendaciones e instrucciones que coadyuvan a garantizar el cumplimiento de las funciones esenciales del organismo durante la vigencia de la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” dispuesta por Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N° 297/20.
En lo esencial, encomendó al Fiscal del Tribunal de Casación de la Provincia, al Defensor del Tribunal de Casación de la Provincia, a los Fiscales Generales, a los Defensores Generales, a los Asesores Coordinadores, a la Curadora General y a los Secretarios de la Procuración General, la elevación al suscrito, por correo electrónico o SIMP Procedimientos, en el transcurso del día 20 de marzo del corriente, de un plan de contingencia destinado a la atención de los asuntos urgentes de su respectivo ámbito competencial, bajo la prohibición de abandono de las residencias habituales o las residencias en que se encuentran los agentes del Ministerio Público, con la salvedad del desarrollo excepcional por parte del personal en turno que al efecto se asigne, de aquellos actos que -de conformidad con el criterio de los magistrados y funcionarios responsables de la respectiva dependencia o área de gestión a nivel departamental- sean indispensables e impostergables y no puedan llevarse a cabo por medios telemáticos.
Para el armado del plan de contingencia respectivo, se requirió especialmente la colaboración y coordinación entre las diversas áreas de gestión de cada departamento judicial.
Por otra parte, la Resolución PG N° 181/20 describió las diversas herramientas de teletrabajo excepcionalmente disponibles, bajo estricta observancia de la "Política de Seguridad Informática del MPBA en el uso del Teletrabajo (COVID-19)" aprobada por Resolución PG N° 157/20. Entre otras iniciativas, se recomendó la utilización de la Aplicación Seguridad Provincia, así como del Asistente Virtual del Ministerio Público, y se habilitaron correos electrónicos específicos por área de gestión para garantizar el contacto con los ciudadanos durante la vigencia de la emergencia sanitaria.
También se recordó a los abogados particulares de cualquiera de las partes que pueden acceder, una vez aceptado el cargo en legal forma, al SIMP Mesa Virtual durante la investigación penal preparatoria y compulsar la información pública registrada en el proceso penal en el que ha tomado intervención.
En particular, se requirió a los fiscales generales la adopción de medidas específicas para abordar la violencia intrafamilar durante la vigencia de la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” dispuesta por Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N° 297/20.
Finalmente, la Resolución PG N° 181/20 dispuso la facilitación de mecanismos informáticos provisorios de interoperabilidad con la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires a fin de garantizar el cumplimiento de las funciones inherentes al Poder Judicial de la Provincia durante la emergencia sanitaria.
El Procurador General dispuso el mantenimiento, a través de todos los mecanismos telemáticos a su alcance, de la prestación mínima del servicio de justicia y, particularmente, de asistencia a personas en situación de vulnerabilidad
El Procurador General, Dr. Julio Conte-Grand, dictó la Resolución PG N° 181/20 a traves de la cual se aprobaron recomendaciones e instrucciones que coadyuvan a garantizar el cumplimiento de las funciones esenciales del organismo durante la vigencia de la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” dispuesta por Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N° 297/20.
En lo esencial, encomendó al Fiscal del Tribunal de Casación de la Provincia, al Defensor del Tribunal de Casación de la Provincia, a los Fiscales Generales, a los Defensores Generales, a los Asesores Coordinadores, a la Curadora General y a los Secretarios de la Procuración General, la elevación al suscrito, por correo electrónico o SIMP Procedimientos, en el transcurso del día 20 de marzo del corriente, de un plan de contingencia destinado a la atención de los asuntos urgentes de su respectivo ámbito competencial, bajo la prohibición de abandono de las residencias habituales o las residencias en que se encuentran los agentes del Ministerio Público, con la salvedad del desarrollo excepcional por parte del personal en turno que al efecto se asigne, de aquellos actos que -de conformidad con el criterio de los magistrados y funcionarios responsables de la respectiva dependencia o área de gestión a nivel departamental- sean indispensables e impostergables y no puedan llevarse a cabo por medios telemáticos.
Para el armado del plan de contingencia respectivo, se requirió especialmente la colaboración y coordinación entre las diversas áreas de gestión de cada departamento judicial.
Por otra parte, la Resolución PG N° 181/20 describió las diversas herramientas de teletrabajo excepcionalmente disponibles, bajo estricta observancia de la "Política de Seguridad Informática del MPBA en el uso del Teletrabajo (COVID-19)" aprobada por Resolución PG N° 157/20. Entre otras iniciativas, se recomendó la utilización de la Aplicación Seguridad Provincia, así como del Asistente Virtual del Ministerio Público, y se habilitaron correos electrónicos específicos por área de gestión para garantizar el contacto con los ciudadanos durante la vigencia de la emergencia sanitaria.
También se recordó a los abogados particulares de cualquiera de las partes que pueden acceder, una vez aceptado el cargo en legal forma, al SIMP Mesa Virtual durante la investigación penal preparatoria y compulsar la información pública registrada en el proceso penal en el que ha tomado intervención.
En particular, se requirió a los fiscales generales la adopción de medidas específicas para abordar la violencia intrafamilar durante la vigencia de la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” dispuesta por Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N° 297/20.
Finalmente, la Resolución PG N° 181/20 dispuso la facilitación de mecanismos informáticos provisorios de interoperabilidad con la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires a fin de garantizar el cumplimiento de las funciones inherentes al Poder Judicial de la Provincia durante la emergencia sanitaria.
CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA
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