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Abril 27, 2020

Habilitación de feria judicial extraordinaria. Honorarios profesionales. Pautas para su fijación. Corralito financiero. Monto del juicio. Labor profesional

Cámara Federal de La Plata, Sala II, Expte. N.º FLP 1537/2009, “Goñi, Dora Norma c/ Banco Santander Río y otros s/ Amparo". 22 de abril de 2020

La Cámara habilitó la feria judicial extraordinaria, rechazó los recursos de apelación  planteados contra la sentencia de primera instancia y confirmó la regulación de honorarios fijados en la sentencia en un pleito originado por el “corralito financiero”.

 

Al analizar el reclamo, el tribunal entendió que en este tipo de juicios existe un denominador común: el elevado quantum de las sumas que se reclaman, debido al tipo   de moneda de los respectivos fondos –dólares estadounidenses­ y la notable variación que sufrió el tipo cambiario desde el año 2002 como consecuencia de la crisis socio económica por la que atravesó nuestro país en esa época. 

 

Sin embargo, la segunda instancia recordó la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación a cuyo tenor frente a las sumas de la magnitud del monto del juicio, debe ponderarse la índole y extensión de la labor profesional cumplida en la causa, para así acordar una solución justa y mesurada, que concilie tales principios y que además tenga en cuenta que la regulación no depende exclusivamente de dicho monto, o de las escalas pertinentes, sino de todo un conjunto de pautas, entre las que se encuentran la naturaleza y complejidad del asunto, el mérito de la causa, la calidad, la eficacia y la extensión del trabajo.

 

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Importante procedimiento de decomiso y destrucción de estupefacientes en el Departamento Judicial de Quilmes.
En cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nacional n.° 23.737, el pasado 3 de noviembre del corriente año se llevó a cabo un importante operativo de decomiso y destrucción de estupefacientes en las instalaciones del Cementerio Parque de Ranelagh, dependiente del Municipio de Berazategui
Avellaneda: un hombre fue aprehendido por agredir físicamente a su pareja en un contexto de violencia de género
La Unidad de Prevención de Policía Local (UPPL) de Avellaneda, dependiente de la Superintendencia AMBA SUR I, aprehendió a un hombre, de 36 años, por el delito de lesiones agravadas por el vínculo y por haber sido cometidas en un contexto de violencia de género, en perjuicio de una mujer de 27 años
Derecho a la salud. Amparo. Obra social provincial. Prestaciones médicas. Discapacidad. Internación. Pericia médica. Cobertura integral. Recurso de apelación.
Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de San Nicolás, ““B., E. R. c/ Instituto Obra Médico Asistencial (IOMA) s/ amparo””, 26 de septiembre de 2025.
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Sin embargo, la segunda instancia recordó la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación a cuyo tenor frente a las sumas de la magnitud del monto del juicio, debe ponderarse la índole y extensión de la labor profesional cumplida en la causa, para así acordar una solución justa y mesurada, que concilie tales principios y que además tenga en cuenta que la regulación no depende exclusivamente de dicho monto, o de las escalas pertinentes, sino de todo un conjunto de pautas, entre las que se encuentran la naturaleza y complejidad del asunto, el mérito de la causa, la calidad, la eficacia y la extensión del trabajo.

 

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