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Abril 27, 2020

Habilitación de feria judicial extraordinaria. Honorarios profesionales. Pautas para su fijación. Corralito financiero. Monto del juicio. Labor profesional

Cámara Federal de La Plata, Sala II, Expte. N.º FLP 1537/2009, “Goñi, Dora Norma c/ Banco Santander Río y otros s/ Amparo". 22 de abril de 2020

La Cámara habilitó la feria judicial extraordinaria, rechazó los recursos de apelación  planteados contra la sentencia de primera instancia y confirmó la regulación de honorarios fijados en la sentencia en un pleito originado por el “corralito financiero”.

 

Al analizar el reclamo, el tribunal entendió que en este tipo de juicios existe un denominador común: el elevado quantum de las sumas que se reclaman, debido al tipo   de moneda de los respectivos fondos –dólares estadounidenses­ y la notable variación que sufrió el tipo cambiario desde el año 2002 como consecuencia de la crisis socio económica por la que atravesó nuestro país en esa época. 

 

Sin embargo, la segunda instancia recordó la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación a cuyo tenor frente a las sumas de la magnitud del monto del juicio, debe ponderarse la índole y extensión de la labor profesional cumplida en la causa, para así acordar una solución justa y mesurada, que concilie tales principios y que además tenga en cuenta que la regulación no depende exclusivamente de dicho monto, o de las escalas pertinentes, sino de todo un conjunto de pautas, entre las que se encuentran la naturaleza y complejidad del asunto, el mérito de la causa, la calidad, la eficacia y la extensión del trabajo.

 

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Avellaneda: dos aprehendidos tras allanamientos por hurto agravado de motovehículo
El 13 de octubre de 2025, personal de la Comisaría 4ta. de Sarandí efectivizó dos órdenes de allanamiento en un domicilio de la calle Roque Pérez, en el marco de una investigación por hurto agravado de vehículo dejado en la vía pública, ordenadas por el Juzgado de Garantías N.º 1 a solicitud de la UFI N.º 1 del Departamento Judicial Avellaneda-Lanús.
Cuidado personal compartido. Interés superior del niño. Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley. Insuficiencia técnica. Art. 279 CPCC. Centro de vida. Violencia familiar. Opinión del niño.
Procuración General de la Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires, dictamen n.° C-126662-1 "R. A. F. C/ I. F. E. S/ Cuidado Personal", 20 de agosto de 2025.
Avellaneda: dos aprehendidos, uno de ellos menor, por tentativa de robo de motocicleta
El 13 de octubre de 2025, personal de la Unidad de Prevención de la Policía Local (UPPL) de Avellaneda logró la aprehensión de un joven de 18 años y de un menor de 14, luego de frustrar el robo de una motocicleta en la vía pública.
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Al analizar el reclamo, el tribunal entendió que en este tipo de juicios existe un denominador común: el elevado quantum de las sumas que se reclaman, debido al tipo   de moneda de los respectivos fondos –dólares estadounidenses­ y la notable variación que sufrió el tipo cambiario desde el año 2002 como consecuencia de la crisis socio económica por la que atravesó nuestro país en esa época. 

 

Sin embargo, la segunda instancia recordó la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación a cuyo tenor frente a las sumas de la magnitud del monto del juicio, debe ponderarse la índole y extensión de la labor profesional cumplida en la causa, para así acordar una solución justa y mesurada, que concilie tales principios y que además tenga en cuenta que la regulación no depende exclusivamente de dicho monto, o de las escalas pertinentes, sino de todo un conjunto de pautas, entre las que se encuentran la naturaleza y complejidad del asunto, el mérito de la causa, la calidad, la eficacia y la extensión del trabajo.

 

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