• Inicio
  • Buscador
  • Noticias
    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos

    • Obras Jurídicas

  • Doctrina
  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en Materia Disciplinaria

  • Contacto
Dictámenes Resoluciones
  • Noticias Jurídicas

    Logo
  • Volver

  • Inicio
  • Noticias Jurídicas
Julio 13, 2020

Servicios de salud. Medicina Prepaga. Incumplimiento de prestación. Cambio de plan médico. Derecho a la salud. Responsabilidad contractual. Régimen de defensa del consumidor. Abuso de derecho

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal Sala I, Expte. N.º 2.667/2014/CA2 -S I, "W., D. c/ Omint S.A. de Servicios s/ incumplimiento de prestación de obra social/medicina prepaga”, 18 de mayo de 2020

El tribunal confirmó la sentencia de grado que condenó a Omint S.A. al reintegro de los gastos en que incurrió el accionante como consecuencia de la negativa de la entidad de medicina prepaga  respecto de su solicitud de cambio de plan médico. Y ordenó disponer el cambio de plan peticionado oportunamente a raíz de diversos tratamientos a los que debió someterse el actor. 

 

El juez de primera instancia al fallar en favor del accionante tuvo en cuenta la cláusula 4.3 del Reglamento de Servicios, que es parte integrante del contrato que vincula a la empresa demandada con sus afiliados, y que  establece que aquellos pueden manifestar sus intenciones de cambio de plan una vez al año entre el 1 y el 20 de abril. 

 

En el decisorio, la Cámara hizo especial hincapié en la jurisprudencia de   la Corte Suprema de Justicia de la Nación a cuyo tenor la obligación del Estado Nacional de garantizar el derecho a la salud con acciones positivas no excluye ni dispensa las obligaciones que deben asumir en su cumplimiento las entidades de la medicina prepaga. En base a ese estándar, sostuvo, la predicada ajenidad de la demandada respecto de la salud del actor, no resultaba un argumento atendible. Máxime, si se pondera que la prestación de servicios de salud es la actividad comercial a la que se dedica.

 

En este orden de ideas, opinó que no se trataba de obligar a la demandada a asumir una prestación médica no convenida contractualmente, sino de dirimir si su negativa a encuadrar al actor en un plan superador al que tenían contratado había sido legítima. Desde ese ángulo, estimó que el régimen de defensa del consumidor resultaba plenamente aplicable al contrato de medicina prepaga y que, de consiguiente, la interpretación de las cláusulas y prerrogativas insertas en el contrato o reglamento debía ser efectuadas con arreglo a los principios de la normativa consumeril.

 

DESCARGAR SENTENCIA

Logo

Otras noticias destacadas

Avellaneda: dos aprehendidos por robo modalidad “salidera bancaria”
El 13 de octubre de 2025, personal de la Comisaría 2.ª de Piñeyro (Avellaneda), dependiente de la Policía Departamental de Seguridad Avellaneda, aprehendió a dos hombres mayores de edad acusados de haber cometido un robo modalidad salidera en la vía pública
Estafa. Fraude informático. Procesamiento. Mulero informático. Transferencias electrónicas. Cibercrimen. Responsabilidad penal. Aporte esencial.
Cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional, Sala VII, "A. M. Procesamiento. Estafa", 19 de septiembre de 2025
Mercedes: dos aprehendidos por estafas bajo la modalidad del “cuento del tío”
El Ministerio Público Fiscal del Departamento Judicial Mercedes informó la aprehensión de dos hombres acusados de cometer al menos dos hechos de estafa bajo la modalidad del “cuento del tío”, ocurridos en perjuicio de adultos mayores residentes en esa ciudad.
Interés superior del niño. Particular damnificado. Suspensión de responsabilidad parental. Representación legal. Asesoría de incapaces. Convención sobre los Derechos del Niño. Proceso penal juvenil. Institucionalización.
Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Lomas de Zamora, Sala III, “Causa n.° 07-00-029403-24 de trámite por ante el Juzgado de Garantías del Joven n.° 3 Departamental”, octubre de 2025
  • Inicio

  • Buscador

  • Noticias

    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos 2025

    • Cuadernos temáticos 2024

    • Cuadernos temáticos 2023

    • Cuadernos temáticos 2022

    • Cuadernos temáticos 2021

    • Cuadernos temáticos 2020

  • Doctrina

  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en Materia Disciplinaria

  • Contacto

  • Noticias Jurídicas

  • Logo
Julio 13, 2020

Servicios de salud. Medicina Prepaga. Incumplimiento de prestación. Cambio de plan médico. Derecho a la salud. Responsabilidad contractual. Régimen de defensa del consumidor. Abuso de derecho

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal Sala I, Expte. N.º 2.667/2014/CA2 -S I, "W., D. c/ Omint S.A. de Servicios s/ incumplimiento de prestación de obra social/medicina prepaga”, 18 de mayo de 2020

El tribunal confirmó la sentencia de grado que condenó a Omint S.A. al reintegro de los gastos en que incurrió el accionante como consecuencia de la negativa de la entidad de medicina prepaga  respecto de su solicitud de cambio de plan médico. Y ordenó disponer el cambio de plan peticionado oportunamente a raíz de diversos tratamientos a los que debió someterse el actor. 

 

El juez de primera instancia al fallar en favor del accionante tuvo en cuenta la cláusula 4.3 del Reglamento de Servicios, que es parte integrante del contrato que vincula a la empresa demandada con sus afiliados, y que  establece que aquellos pueden manifestar sus intenciones de cambio de plan una vez al año entre el 1 y el 20 de abril. 

 

En el decisorio, la Cámara hizo especial hincapié en la jurisprudencia de   la Corte Suprema de Justicia de la Nación a cuyo tenor la obligación del Estado Nacional de garantizar el derecho a la salud con acciones positivas no excluye ni dispensa las obligaciones que deben asumir en su cumplimiento las entidades de la medicina prepaga. En base a ese estándar, sostuvo, la predicada ajenidad de la demandada respecto de la salud del actor, no resultaba un argumento atendible. Máxime, si se pondera que la prestación de servicios de salud es la actividad comercial a la que se dedica.

 

En este orden de ideas, opinó que no se trataba de obligar a la demandada a asumir una prestación médica no convenida contractualmente, sino de dirimir si su negativa a encuadrar al actor en un plan superador al que tenían contratado había sido legítima. Desde ese ángulo, estimó que el régimen de defensa del consumidor resultaba plenamente aplicable al contrato de medicina prepaga y que, de consiguiente, la interpretación de las cláusulas y prerrogativas insertas en el contrato o reglamento debía ser efectuadas con arreglo a los principios de la normativa consumeril.

 

DESCARGAR SENTENCIA

Logo

Otras noticias destacadas

Avellaneda: dos aprehendidos por robo modalidad “salidera bancaria”
El 13 de octubre de 2025, personal de la Comisaría 2.ª de Piñeyro (Avellaneda), dependiente de la Policía Departamental de Seguridad Avellaneda, aprehendió a dos hombres mayores de edad acusados de haber cometido un robo modalidad salidera en la vía pública
Estafa. Fraude informático. Procesamiento. Mulero informático. Transferencias electrónicas. Cibercrimen. Responsabilidad penal. Aporte esencial.
Cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional, Sala VII, "A. M. Procesamiento. Estafa", 19 de septiembre de 2025
Mercedes: dos aprehendidos por estafas bajo la modalidad del “cuento del tío”
El Ministerio Público Fiscal del Departamento Judicial Mercedes informó la aprehensión de dos hombres acusados de cometer al menos dos hechos de estafa bajo la modalidad del “cuento del tío”, ocurridos en perjuicio de adultos mayores residentes en esa ciudad.
Interés superior del niño. Particular damnificado. Suspensión de responsabilidad parental. Representación legal. Asesoría de incapaces. Convención sobre los Derechos del Niño. Proceso penal juvenil. Institucionalización.
Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Lomas de Zamora, Sala III, “Causa n.° 07-00-029403-24 de trámite por ante el Juzgado de Garantías del Joven n.° 3 Departamental”, octubre de 2025

CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Jurídicas
Noticias Académicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en:
Jurisprudencia Nacional
Jurisprudencia Provincial
Actualidad en:
Normativa Nacional
Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Lejister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar



CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Académicas
Noticias Jurídicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en Jurisprudencia Nacional
Actualidad en Jurisprudencia Provincial
Actualidad en Normativa Nacional
Actualidad en Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Legister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar