La Plata, Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo, Expte. N.º 25738-E, “Egger Argentina SAU C/ A.R.B.A S/ Medida cautelar autónoma o anticipada – Otros juicios”, 28 de julio de 2020
Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo con asiento en La Plata, Expte. N.º 25738-E, “Egger Argentina SAU C/ A.R.B.A S/ Medida cautelar autónoma o anticipada – Otros juicios”, 28 de julio de 2020
La empresa EGGER ARGENTINA S.A.U. solicitó el dictado de una medida cautelar con el objeto de obtener que la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) se abstuviera de aplicar los regímenes generales de percepción y retención, respecto del Impuesto sobre los ingresos brutos (IIBB). Ello, hasta tanto recayera sentencia definitiva en la demanda contencioso administrativa que, según indicó, deduciría. También reclamó que se ordenara al órgano recaudador la emisión inmediata del certificado de exclusión, hasta tanto lograra absorber los saldos a favor.
La Cámara rechazó el recurso de apelación de la firma demandante y confirmó la decisión de grado que desestimó la medida cautelar requerida por la parte actora.
Al respecto, juzgó que la enunciación general de aplicación del régimen de retención y el exceso de saldos a compensar, resultaban componentes insuficientes como fundamento precautorio, sin un acto singular, expreso o tácito, o un comportamiento con trazos suficientes, que permitiera advertir el impacto lesivo en el patrimonio de la actora, tal y como esta lo proponía.
La Plata, Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo, Expte. N.º 25738-E, “Egger Argentina SAU C/ A.R.B.A S/ Medida cautelar autónoma o anticipada – Otros juicios”, 28 de julio de 2020
Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo con asiento en La Plata, Expte. N.º 25738-E, “Egger Argentina SAU C/ A.R.B.A S/ Medida cautelar autónoma o anticipada – Otros juicios”, 28 de julio de 2020
La empresa EGGER ARGENTINA S.A.U. solicitó el dictado de una medida cautelar con el objeto de obtener que la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) se abstuviera de aplicar los regímenes generales de percepción y retención, respecto del Impuesto sobre los ingresos brutos (IIBB). Ello, hasta tanto recayera sentencia definitiva en la demanda contencioso administrativa que, según indicó, deduciría. También reclamó que se ordenara al órgano recaudador la emisión inmediata del certificado de exclusión, hasta tanto lograra absorber los saldos a favor.
La Cámara rechazó el recurso de apelación de la firma demandante y confirmó la decisión de grado que desestimó la medida cautelar requerida por la parte actora.
Al respecto, juzgó que la enunciación general de aplicación del régimen de retención y el exceso de saldos a compensar, resultaban componentes insuficientes como fundamento precautorio, sin un acto singular, expreso o tácito, o un comportamiento con trazos suficientes, que permitiera advertir el impacto lesivo en el patrimonio de la actora, tal y como esta lo proponía.
CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA
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