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Octubre 22, 2020

Amparo. Ley N.° 16.986. Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP). Decreto N. ° 332/2020. Procesos productivos. Emergencia sanitaria. Covid-19. Beneficio para empleadores y trabajadores. Disminución esencial de ventas. Acceso al beneficio. Condiciones. Interpretación a la luz de la finalidad del régimen jurídico implicado

Cámara Contencioso Administrativo Federal, Sala II, Expte. 10074/2020, “Aurelio Bar SA c/ EN - AFIP s/amparo ley 16.986”, 27 de agosto de 2020

Aurelio Bar SA inició una acción de amparo a efectos de que se le permitiera acceder a los beneficios contemplados en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), creado por el Decreto N.º 332/2020, con el propósito de morigerar el impacto de las medidas sanitarias adoptadas para mitigar la pandemia COVID-19 sobre los procesos productivos y el empleo, beneficiando a empleadores y trabajadores afectados por la emergencia sanitaria.

 

La solicitud de asistencia estatal le fue denegada por el juez de grado por aplicación de las directivas que emanan de las Decisiones administrativas N.º 483/2020, N.º 516/2020 y N.º 591/2020.

 

La Cámara Contencioso Administrativo Federal admitió la acción de amparo porque entendió que negarle a la accionante la posibilidad de acceder al programa de asistencia estatal en cuestión, en tanto entendió que el criterio aplicado por la Administración para la demostración de la merma de ingresos, carecía de razonabilidad y afectaba de manera manifiesta el derecho que la actora intentaba proteger.

 

Consideró al respecto que no podía perderse de vista que todo el régimen jurídico implicado ha sido dictado precisamente con la finalidad de morigerar el impacto negativo de las medidas sanitarias adoptadas para mitigar la pandemia COVID-19 sobre los procesos productivos y el empleo; y que de consiguiente, no parecía justa ni acertada una interpretación que otorgara prevalencia a obstáculos formales por sobre el concreto espíritu de los preceptos dictados con el fin de otorgar herramientas que permitan apenas, mantener a flote empresas que han debido cerrar sus puertas hace más de cinco meses.

 

 

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Homicidio con dolo eventual. Principio in dubio pro reo. Inaplicabilidad de ley. Nulidad. Artículo 491 y 494 CPP. Derecho de defensa. Recurso extraordinario. Recurso de queja.
Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, "T. L., P. G. s/ Queja en causa N° 129.637 del Tribunal de Casación Penal, Sala IV", 21 de octubre de 2025
Condenan a 20 años de prisión a un empleado del Hospital Naval de Puerto Belgrano por drogar y abusar sexualmente de tres mujeres
El Tribunal Oral Criminal N.º 2 de Bahía Blanca, con la intervención de la jueza María Mercedes Rico, condenó a un hombre a la pena de veinte años de prisión por resultar autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal y hurto, cometidos en perjuicio de tres mujeres entre 2019 y 2023.
Pensión honorífica de veterano de guerra. ANSES. Decreto n.° 2364/90. Ley n.° 23.848. Control de constitucionalidad. Principio de igualdad. Facultades reglamentarias. Retroactividad. Derecho previsional. Categoría sospechosa.
Juzgado Federal en lo Civ., Com. y Cont. Adm. N.° 1 de San Martín, Secretaría n.° 1, Sala II, “E., F. D. c/ ANSES s/ Reajustes varios”, 2 de octubre de 2025.
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Cámara Contencioso Administrativo Federal, Sala II, Expte. 10074/2020, “Aurelio Bar SA c/ EN - AFIP s/amparo ley 16.986”, 27 de agosto de 2020

Aurelio Bar SA inició una acción de amparo a efectos de que se le permitiera acceder a los beneficios contemplados en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), creado por el Decreto N.º 332/2020, con el propósito de morigerar el impacto de las medidas sanitarias adoptadas para mitigar la pandemia COVID-19 sobre los procesos productivos y el empleo, beneficiando a empleadores y trabajadores afectados por la emergencia sanitaria.

 

La solicitud de asistencia estatal le fue denegada por el juez de grado por aplicación de las directivas que emanan de las Decisiones administrativas N.º 483/2020, N.º 516/2020 y N.º 591/2020.

 

La Cámara Contencioso Administrativo Federal admitió la acción de amparo porque entendió que negarle a la accionante la posibilidad de acceder al programa de asistencia estatal en cuestión, en tanto entendió que el criterio aplicado por la Administración para la demostración de la merma de ingresos, carecía de razonabilidad y afectaba de manera manifiesta el derecho que la actora intentaba proteger.

 

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