• Inicio
  • Buscador
  • Noticias
    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos

    • Obras Jurídicas

  • Doctrina
  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en Materia Disciplinaria

  • Contacto
Dictámenes Resoluciones
  • Noticias Jurídicas

    Logo
  • Volver

  • Inicio
  • Noticias Jurídicas
Noviembre 11, 2020

Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley. Planteo de Inconstitucionalidad. Accidente de trabajo. Acción especial. Art. 4 de la Ley N.° 26.773. Resarcimiento integral.

Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, Expte. N.º L. 121.503, " Ciancio, María Cristina contra Las Estacas de Chacabuco S.A. y otros. Accidente de trabajo-acción especial”, de 2 de noviembre de 2020

La Suprema Corte de Justicia resolvió hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto y revocó la sentencia impugnada. En consecuencia, remitió los autos al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces, obrara  de conformidad con lo resuelto.

 

En el caso, la señora Ciancio procuró el resarcimiento integral derivado de la afección que atribuyó  a su trabajo; el Tribunal de Trabajo del Departamento Judicial de Junín desestimó el planteo de inconstitucionalidad que del art. 4 de la Ley N.º  26.773 formuló la parte actora en su escrito de demanda e intimó a esta última, mediante providencia, a que, previo a todo trámite, efectuara la opción que establece dicho precepto en cuanto obliga al trabajador a optar por alguno de los sistemas reparatorios (resarcimiento civil integral o tarifado mediante el sistema de riesgos del trabajo).

 

Contra dicho pronunciamiento la actora interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, en el que sostuvo que el art. 4 de la Ley N.º  26.773, al establecer la denominada "opción excluyente" para promover acciones judiciales en materia de responsabilidad por los perjuicios derivados de accidentes o enfermedades del trabajo, implica un retroceso legislativo que afecta el principio de progresividad y coloca al trabajador en la disyuntiva de tener que renunciar a las prestaciones que ofrece el régimen especial para reclamar una indemnización plena del daño, lo cual es política e ideológicamente reprochable. 

 

Al respecto la Corte consideró que el órgano jurisdiccional de grado había decidido sobre la cuestión constitucional llevada a su conocimiento en una etapa preliminar del proceso, y que si bien es cierto que los jueces se encuentran facultados para declarar de oficio la invalidez constitucional de las normas en el contexto definido por la existencia de un concreto planteo de parte, el sentenciante debió bilateralizar el trámite de conformidad al principio de contradicción, en salvaguarda del debido proceso adjetivo y el derecho de defensa en juicio. De forma tal que, una vez transitada la o las etapas del procedimiento que aseguren un debate pleno, pueda  arribarse a una decisión que abastezca la totalidad de los planteos formulados por las partes en el marco de las garantías constitucionales en juego.

 

El Tribunal Supremo concluyó que correspondía, en consecuencia, dejar sin efecto el pronunciamiento impugnado y devolver las actuaciones a la instancia de origen para que, en atención a las pretensiones que de modo principal y subsidiario fueron introducidas, se integrara  debidamente la litis a fin de garantizar el acabado debate de los planteos formulados, salvaguardando el debido proceso y el derecho de defensa de las partes (arts. 18, Const. nac. y 15, Const. prov.).

 

DESCARGAR SENTENCIA

Logo

Otras noticias destacadas

Baradero: allanamiento en un barrio privado y secuestro de más de tres kilos de cocaína
En el marco de la IPP N.º 5121/25, la Fiscalía N.º 1 del Departamento Judicial San Nicolás, a cargo de la Dra. María Verónica Marcantonio, llevó adelante un procedimiento en la ciudad de Baradero, que culminó con el allanamiento de un domicilio en un barrio privado, el secuestro de más de tres kilos de cocaína, diversos elementos de fraccionamiento y comunicación, y la detención de un hombre, principal imputado en la investigación.
Avellaneda: un joven falleció tras recibir un disparo mientras circulaba en motocicleta
El 20 de octubre de 2025, personal del Comando de Patrullas de Avellaneda intervino en un hecho ocurrido en la intersección de Polonia y San Isidro, donde fue hallado sin vida un joven de 19 años, quien presentaba una herida de arma de fuego en la región dorsal.
Competencia originaria. Acción declarativa. Libre circulación interprovincial. Comercio interjurisdiccional. Impuesto sobre los ingresos brutos. Aduanas interiores. Medida cautelar de no innovar.
Corte Suprema de Justicia de la Nación, “Agropedascoll S.A. c/ Formosa, Provincia de s/ acción declarativa”, 16 de octubre de 2025
Zárate: dos detenidos y más de un kilo y medio de marihuana y cocaína secuestrados tras un operativo de la Ayudantía Fiscal de Estupefacientes n.° 2
La Ayudantía Fiscal de Estupefacientes N.º 2 Departamental, a cargo del Agente Fiscal Dr. Matías Sebastián Ferreirós, con la colaboración del Ayudante Fiscal Dr. Javier Guevara, en el marco de la IPP N.º 18-02-000329-25/00 inició un proceso penal a partir de una denuncia anónima recibida a través del sistema Call Center 911, que alertaba sobre la existencia de un punto de venta de estupefacientes en la localidad de Zárate.
  • Inicio

  • Buscador

  • Noticias

    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos 2025

    • Cuadernos temáticos 2024

    • Cuadernos temáticos 2023

    • Cuadernos temáticos 2022

    • Cuadernos temáticos 2021

    • Cuadernos temáticos 2020

  • Doctrina

  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en Materia Disciplinaria

  • Contacto

  • Noticias Jurídicas

  • Logo
Noviembre 11, 2020

Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley. Planteo de Inconstitucionalidad. Accidente de trabajo. Acción especial. Art. 4 de la Ley N.° 26.773. Resarcimiento integral.

Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, Expte. N.º L. 121.503, " Ciancio, María Cristina contra Las Estacas de Chacabuco S.A. y otros. Accidente de trabajo-acción especial”, de 2 de noviembre de 2020

La Suprema Corte de Justicia resolvió hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto y revocó la sentencia impugnada. En consecuencia, remitió los autos al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces, obrara  de conformidad con lo resuelto.

 

En el caso, la señora Ciancio procuró el resarcimiento integral derivado de la afección que atribuyó  a su trabajo; el Tribunal de Trabajo del Departamento Judicial de Junín desestimó el planteo de inconstitucionalidad que del art. 4 de la Ley N.º  26.773 formuló la parte actora en su escrito de demanda e intimó a esta última, mediante providencia, a que, previo a todo trámite, efectuara la opción que establece dicho precepto en cuanto obliga al trabajador a optar por alguno de los sistemas reparatorios (resarcimiento civil integral o tarifado mediante el sistema de riesgos del trabajo).

 

Contra dicho pronunciamiento la actora interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, en el que sostuvo que el art. 4 de la Ley N.º  26.773, al establecer la denominada "opción excluyente" para promover acciones judiciales en materia de responsabilidad por los perjuicios derivados de accidentes o enfermedades del trabajo, implica un retroceso legislativo que afecta el principio de progresividad y coloca al trabajador en la disyuntiva de tener que renunciar a las prestaciones que ofrece el régimen especial para reclamar una indemnización plena del daño, lo cual es política e ideológicamente reprochable. 

 

Al respecto la Corte consideró que el órgano jurisdiccional de grado había decidido sobre la cuestión constitucional llevada a su conocimiento en una etapa preliminar del proceso, y que si bien es cierto que los jueces se encuentran facultados para declarar de oficio la invalidez constitucional de las normas en el contexto definido por la existencia de un concreto planteo de parte, el sentenciante debió bilateralizar el trámite de conformidad al principio de contradicción, en salvaguarda del debido proceso adjetivo y el derecho de defensa en juicio. De forma tal que, una vez transitada la o las etapas del procedimiento que aseguren un debate pleno, pueda  arribarse a una decisión que abastezca la totalidad de los planteos formulados por las partes en el marco de las garantías constitucionales en juego.

 

El Tribunal Supremo concluyó que correspondía, en consecuencia, dejar sin efecto el pronunciamiento impugnado y devolver las actuaciones a la instancia de origen para que, en atención a las pretensiones que de modo principal y subsidiario fueron introducidas, se integrara  debidamente la litis a fin de garantizar el acabado debate de los planteos formulados, salvaguardando el debido proceso y el derecho de defensa de las partes (arts. 18, Const. nac. y 15, Const. prov.).

 

DESCARGAR SENTENCIA

Logo

Otras noticias destacadas

Baradero: allanamiento en un barrio privado y secuestro de más de tres kilos de cocaína
En el marco de la IPP N.º 5121/25, la Fiscalía N.º 1 del Departamento Judicial San Nicolás, a cargo de la Dra. María Verónica Marcantonio, llevó adelante un procedimiento en la ciudad de Baradero, que culminó con el allanamiento de un domicilio en un barrio privado, el secuestro de más de tres kilos de cocaína, diversos elementos de fraccionamiento y comunicación, y la detención de un hombre, principal imputado en la investigación.
Avellaneda: un joven falleció tras recibir un disparo mientras circulaba en motocicleta
El 20 de octubre de 2025, personal del Comando de Patrullas de Avellaneda intervino en un hecho ocurrido en la intersección de Polonia y San Isidro, donde fue hallado sin vida un joven de 19 años, quien presentaba una herida de arma de fuego en la región dorsal.
Competencia originaria. Acción declarativa. Libre circulación interprovincial. Comercio interjurisdiccional. Impuesto sobre los ingresos brutos. Aduanas interiores. Medida cautelar de no innovar.
Corte Suprema de Justicia de la Nación, “Agropedascoll S.A. c/ Formosa, Provincia de s/ acción declarativa”, 16 de octubre de 2025
Zárate: dos detenidos y más de un kilo y medio de marihuana y cocaína secuestrados tras un operativo de la Ayudantía Fiscal de Estupefacientes n.° 2
La Ayudantía Fiscal de Estupefacientes N.º 2 Departamental, a cargo del Agente Fiscal Dr. Matías Sebastián Ferreirós, con la colaboración del Ayudante Fiscal Dr. Javier Guevara, en el marco de la IPP N.º 18-02-000329-25/00 inició un proceso penal a partir de una denuncia anónima recibida a través del sistema Call Center 911, que alertaba sobre la existencia de un punto de venta de estupefacientes en la localidad de Zárate.

CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Jurídicas
Noticias Académicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en:
Jurisprudencia Nacional
Jurisprudencia Provincial
Actualidad en:
Normativa Nacional
Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Lejister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar



CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Académicas
Noticias Jurídicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en Jurisprudencia Nacional
Actualidad en Jurisprudencia Provincial
Actualidad en Normativa Nacional
Actualidad en Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Legister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar