• Inicio
  • Buscador
  • Noticias
    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos

    • Obras Jurídicas

  • Doctrina
  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en Materia Disciplinaria

  • Contacto
Dictámenes Resoluciones
  • Noticias Jurídicas

    Logo
  • Volver

  • Inicio
  • Noticias Jurídicas
Agosto 09, 2021

Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley. Queja. Arbitrariedad de sentencia no demostrada. Garantía de la revisión amplia y doble conforme. Falta de fundamentación adecuada. Principio de inocencia e in dubio pro reo.

Dictamen Procurador General de la provincia de Buenos Aires, Expte. P-132713-1, “Miranda Avio, Gastón Andrés s/Queja en causa N.° 86.093 del Tribunal de Casación Penal, Sala III", 13 de julio de 2021

La Sala Tercera del Tribunal de Casación Penal rechazó el recurso de la especie interpuesto por el defensor particular de Gastón Andrés Miranda Avio contra la sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal N.° 5 del Departamento Judicial de San Isidro, que había condenado al mencionado a la pena de prisión perpetua, accesorias legales y costas, manteniendo la declaración de reincidencia, como coautor responsable del delito de homicidio agravado "criminis causae" en concurso real con robo simple

 

Contra dicha decisión, el Defensor Adjunto ante el Tribunal de Casación -Dr. Nolfi- interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, el que fue declarado inadmisible por el tribunal intermedio, y queja mediante, concedido por la Suprema Corte.

 

El recurrente denunció revisión aparente con relación a la verificación de la prueba en la que se fundara la autoría de la condena, vulneración a la garantía de la revisión amplia y doble conforme (art. 8.2.h. CADH y 14.5 PIDCP); además de la violación a la presunción de inocencia, derivada del derecho de defensa.

 

El Procurador General sostuvo que el tribunal revisor -a partir de la prueba reunida y del proceso indiciario realizado- logró confirmar que el imputado fue una de las personas que ingresó a la casa de la víctima, en la localidad de Boulogne, junto con otro sujeto del sexo masculino a la fecha no identificado, con la finalidad de proceder al desapoderamiento ilegítimo de los bienes que pudieran obrar en su interior, atando a la mujer quien falleció por anoxia y posterior asfixia por estrangulación.

 

Luego, advirtió que las alegaciones de la parte aparecían desprovistas de argumentos conducentes a demostrar la arbitrariedad endilgada al fallo de la Casación, y que los cuestionamientos del recurrente no pasaban de ser una mera opinión discrepante con el criterio sustentado por el órgano casatorio opuesto a su pretensión, sin demostrar que el razonamiento seguido para confirmarse la autoría del imputado haya configurado una grosera interpretación de las pruebas del caso, al punto de llegar a establecer conclusiones insostenibles o claramente contradictorias, a la luz de las circunstancias comprobadas de la causa.

 

De tal manera, consideró que la falta de fundamentación que denunció el recurrente, con expresa referencia a la utilización de aseveraciones dogmáticas y al apartamiento de las constancias de la causa, no constituían más que la expresión de su disconformidad con lo resuelto por el revisor, técnica recursiva manifiestamente insuficiente para acceder a la Corte. 

 

Por el contrario, opinó que el decisorio atacado manifestaban una fundada y sólida argumentación en el decisorio atacado, de este modo, el recurrente no logró demostrar la existencia de quiebre lógico alguno entre lo resuelto y las diversas consideraciones que formulara para atacar lo decidido.

 

Finalmente, encontró que, salvada la tacha de arbitrariedad de la sentencia y habiendo realizado el a quo el doble control necesario y con una revisión amplia del fallo de condena de acuerdo a la normativa convencional que se denunciaba vulnerada; la denuncia de afectación del principio de inocencia e in dubio pro relucen como meramente dogmáticos en tanto no logró establecerse una relación directa e inmediata entre lo sucedido efectivamente en el caso, lo resuelto por el intermedio y la denuncia efectuada.

 

 

Por todo lo expuesto, estimó que la Suprema Corte debería rechazar el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley presentado por el Defensor Adjunto ante el Tribunal de Casación Penal en favor de Gastón Andrés Miranda Avio

 

DESCARGAR DICTAMEN

Logo

Otras noticias destacadas

Prescripción quinquenal. Diferencias salariales. Empleo público. Atraso en haberes. Art. 4027 inc. 3 CC (ley n.°340). Cambio de doctrina. Seguridad jurídica.
Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires, "Ledesma, Martín Carmelo c/ Ministerio de Justicia y Otro/a s/ Pretensión Anulatoria. Recurso Extraordinario de Inaplicabilidad de Ley", 11 de septiembre de 2025
Avellaneda: investigación por robo en peluquería bajo modalidad “escruche”
El pasado 8 de septiembre de 2025, a las 23:15 horas, personal del Comando de Patrullas de Avellaneda acudió a un llamado en calle Laprida, donde se había activado una alarma en un comercio del rubro peluquería.
Avellaneda: investigación por homicidio de un hombre en situación de calle
El pasado 7 de septiembre de 2025, personal policial de la Comisaría 7.ª de Avellaneda intervino a raíz de un llamado al 911 que alertaba sobre la presencia de un hombre tendido en la vía pública, en inmediaciones de Centenario Uruguayo entre Casacuberta y De La Serna.
Suministro de material pornográfico a menores. Art. 128 CP. Tenencia ilegal de arma de fuego. Art. 189 bis CP. Concurso real. Prisión en suspenso. Cámara Gesell. Violencia intrafamiliar.
Cámara de Casación y Apelaciones en lo penal, penal juvenil, contravencional y de faltas – Sala IV, “Incidente de apelación en autos "T., A. N. Sobre 128 3 parr - delitos atinentes a la pornografía (facilitar acceso a espect. Pornogr. A menores 14)”, 10 de julio de 2025
  • Inicio

  • Buscador

  • Noticias

    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos 2025

    • Cuadernos temáticos 2024

    • Cuadernos temáticos 2023

    • Cuadernos temáticos 2022

    • Cuadernos temáticos 2021

    • Cuadernos temáticos 2020

  • Doctrina

  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en Materia Disciplinaria

  • Contacto

  • Noticias Jurídicas

  • Logo
Agosto 09, 2021

Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley. Queja. Arbitrariedad de sentencia no demostrada. Garantía de la revisión amplia y doble conforme. Falta de fundamentación adecuada. Principio de inocencia e in dubio pro reo.

Dictamen Procurador General de la provincia de Buenos Aires, Expte. P-132713-1, “Miranda Avio, Gastón Andrés s/Queja en causa N.° 86.093 del Tribunal de Casación Penal, Sala III", 13 de julio de 2021

La Sala Tercera del Tribunal de Casación Penal rechazó el recurso de la especie interpuesto por el defensor particular de Gastón Andrés Miranda Avio contra la sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal N.° 5 del Departamento Judicial de San Isidro, que había condenado al mencionado a la pena de prisión perpetua, accesorias legales y costas, manteniendo la declaración de reincidencia, como coautor responsable del delito de homicidio agravado "criminis causae" en concurso real con robo simple

 

Contra dicha decisión, el Defensor Adjunto ante el Tribunal de Casación -Dr. Nolfi- interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, el que fue declarado inadmisible por el tribunal intermedio, y queja mediante, concedido por la Suprema Corte.

 

El recurrente denunció revisión aparente con relación a la verificación de la prueba en la que se fundara la autoría de la condena, vulneración a la garantía de la revisión amplia y doble conforme (art. 8.2.h. CADH y 14.5 PIDCP); además de la violación a la presunción de inocencia, derivada del derecho de defensa.

 

El Procurador General sostuvo que el tribunal revisor -a partir de la prueba reunida y del proceso indiciario realizado- logró confirmar que el imputado fue una de las personas que ingresó a la casa de la víctima, en la localidad de Boulogne, junto con otro sujeto del sexo masculino a la fecha no identificado, con la finalidad de proceder al desapoderamiento ilegítimo de los bienes que pudieran obrar en su interior, atando a la mujer quien falleció por anoxia y posterior asfixia por estrangulación.

 

Luego, advirtió que las alegaciones de la parte aparecían desprovistas de argumentos conducentes a demostrar la arbitrariedad endilgada al fallo de la Casación, y que los cuestionamientos del recurrente no pasaban de ser una mera opinión discrepante con el criterio sustentado por el órgano casatorio opuesto a su pretensión, sin demostrar que el razonamiento seguido para confirmarse la autoría del imputado haya configurado una grosera interpretación de las pruebas del caso, al punto de llegar a establecer conclusiones insostenibles o claramente contradictorias, a la luz de las circunstancias comprobadas de la causa.

 

De tal manera, consideró que la falta de fundamentación que denunció el recurrente, con expresa referencia a la utilización de aseveraciones dogmáticas y al apartamiento de las constancias de la causa, no constituían más que la expresión de su disconformidad con lo resuelto por el revisor, técnica recursiva manifiestamente insuficiente para acceder a la Corte. 

 

Por el contrario, opinó que el decisorio atacado manifestaban una fundada y sólida argumentación en el decisorio atacado, de este modo, el recurrente no logró demostrar la existencia de quiebre lógico alguno entre lo resuelto y las diversas consideraciones que formulara para atacar lo decidido.

 

Finalmente, encontró que, salvada la tacha de arbitrariedad de la sentencia y habiendo realizado el a quo el doble control necesario y con una revisión amplia del fallo de condena de acuerdo a la normativa convencional que se denunciaba vulnerada; la denuncia de afectación del principio de inocencia e in dubio pro relucen como meramente dogmáticos en tanto no logró establecerse una relación directa e inmediata entre lo sucedido efectivamente en el caso, lo resuelto por el intermedio y la denuncia efectuada.

 

 

Por todo lo expuesto, estimó que la Suprema Corte debería rechazar el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley presentado por el Defensor Adjunto ante el Tribunal de Casación Penal en favor de Gastón Andrés Miranda Avio

 

DESCARGAR DICTAMEN

Logo

Otras noticias destacadas

Prescripción quinquenal. Diferencias salariales. Empleo público. Atraso en haberes. Art. 4027 inc. 3 CC (ley n.°340). Cambio de doctrina. Seguridad jurídica.
Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires, "Ledesma, Martín Carmelo c/ Ministerio de Justicia y Otro/a s/ Pretensión Anulatoria. Recurso Extraordinario de Inaplicabilidad de Ley", 11 de septiembre de 2025
Avellaneda: investigación por robo en peluquería bajo modalidad “escruche”
El pasado 8 de septiembre de 2025, a las 23:15 horas, personal del Comando de Patrullas de Avellaneda acudió a un llamado en calle Laprida, donde se había activado una alarma en un comercio del rubro peluquería.
Avellaneda: investigación por homicidio de un hombre en situación de calle
El pasado 7 de septiembre de 2025, personal policial de la Comisaría 7.ª de Avellaneda intervino a raíz de un llamado al 911 que alertaba sobre la presencia de un hombre tendido en la vía pública, en inmediaciones de Centenario Uruguayo entre Casacuberta y De La Serna.
Suministro de material pornográfico a menores. Art. 128 CP. Tenencia ilegal de arma de fuego. Art. 189 bis CP. Concurso real. Prisión en suspenso. Cámara Gesell. Violencia intrafamiliar.
Cámara de Casación y Apelaciones en lo penal, penal juvenil, contravencional y de faltas – Sala IV, “Incidente de apelación en autos "T., A. N. Sobre 128 3 parr - delitos atinentes a la pornografía (facilitar acceso a espect. Pornogr. A menores 14)”, 10 de julio de 2025

CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Jurídicas
Noticias Académicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en:
Jurisprudencia Nacional
Jurisprudencia Provincial
Actualidad en:
Normativa Nacional
Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Lejister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar



CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Académicas
Noticias Jurídicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en Jurisprudencia Nacional
Actualidad en Jurisprudencia Provincial
Actualidad en Normativa Nacional
Actualidad en Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Legister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar