Dictamen del Procurador General, Expte. N.° P 135.436-1 “Galán, Fernando Luis -Fiscal ante el Tribunal de Casación Penal- s/ queja en causa N.° 103.806 del Tribunal de Casación Penal, sala IV, seguida a M., J. P.", 7 de octubre de 2021
La Sala IV del Tribunal de Casación Penal, el 28 de mayo de 2021, resolvió declarar procedente el recurso deducido por la defensa particular que asiste a J. P. M.; de ese modo, decidió casar la sentencia condenatoria dictada por el Tribunal en lo Criminal N.° 5 del Departamento Judicial La Plata que -en el marco de un juicio abreviado- había condenado al nombrado a la pena de once meses de prisión de cumplimiento efectivo y costas, por resultar instigador penalmente responsable del delito de compulsión a la huelga, y lo absolvió.
Frente a ese pronunciamiento, el Sr. Fiscal adjunto ante el Tribunal de Casación Penal -Dr. Galán-, interpuso un recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, que fue declarado inadmisible por el a quo. Ante ello, el Fiscal mencionado articuló queja y la Suprema Corte de Justicia resolvió admitirla y conceder la vía extraordinaria en lo relativo a la arbitrariedad.
El Procurador General en la intervención que le cupo de conformidad a la vista conferida, sostuvo el recurso articulado por el Sr. Fiscal de Casación Penal, pues compartió los fundamentos allí desarrollados a los que se remitió (arts. 487, CPP y 21 inc. 8, ley 14.442). De consiguiente estimó que correspondía que la Suprema Corte de Justicia hiciera lugar al recurso incoado por el Fiscal de Casación Penal y que revocara el pronunciamiento del Tribunal de Casación Penal.
Dictamen del Procurador General, Expte. N.° P 135.436-1 “Galán, Fernando Luis -Fiscal ante el Tribunal de Casación Penal- s/ queja en causa N.° 103.806 del Tribunal de Casación Penal, sala IV, seguida a M., J. P.", 7 de octubre de 2021
La Sala IV del Tribunal de Casación Penal, el 28 de mayo de 2021, resolvió declarar procedente el recurso deducido por la defensa particular que asiste a J. P. M.; de ese modo, decidió casar la sentencia condenatoria dictada por el Tribunal en lo Criminal N.° 5 del Departamento Judicial La Plata que -en el marco de un juicio abreviado- había condenado al nombrado a la pena de once meses de prisión de cumplimiento efectivo y costas, por resultar instigador penalmente responsable del delito de compulsión a la huelga, y lo absolvió.
Frente a ese pronunciamiento, el Sr. Fiscal adjunto ante el Tribunal de Casación Penal -Dr. Galán-, interpuso un recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, que fue declarado inadmisible por el a quo. Ante ello, el Fiscal mencionado articuló queja y la Suprema Corte de Justicia resolvió admitirla y conceder la vía extraordinaria en lo relativo a la arbitrariedad.
El Procurador General en la intervención que le cupo de conformidad a la vista conferida, sostuvo el recurso articulado por el Sr. Fiscal de Casación Penal, pues compartió los fundamentos allí desarrollados a los que se remitió (arts. 487, CPP y 21 inc. 8, ley 14.442). De consiguiente estimó que correspondía que la Suprema Corte de Justicia hiciera lugar al recurso incoado por el Fiscal de Casación Penal y que revocara el pronunciamiento del Tribunal de Casación Penal.
CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA
Contacto
CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA
Contacto