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Diciembre 27, 2021

Condenaron por asociación ilícita agravada a la denominada “banda de los fleteros” en Bahía Blanca

La jueza titular del Tribunal Oral Criminal N.° 3 de Bahía Blanca, Dra. Fabiana Castaño, condenó a los camioneros de la denominada “banda de los fleteros” por asociación ilícita agravada por el ánimo de lucro, coacción, daño, daño agravado y tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil, de acuerdo a la participación de cada uno.

El fiscal Mauricio Del Cero, a cargo de la Fiscalía N°18 fue el encargado de llevar adelante la investigación, luego de recibir denuncias y testimonios de varias víctimas de las maniobras extorsivas que realizaba esta banda con la intención de doblegar la voluntad de empresarios relacionados al transporte, la producción de productos agrícolas y fertilizantes, a fin de obligarlos a contratar sus servicios.

 

Los acusados son cinco miembros de la filial bahiense del Sindicato Único de Fleteros de la República Argentina y en la sentencia quedó probado que los mismos operaron, al menos, desde noviembre de 2018 hasta su desarticulación a fines de agosto del año 2020 cuando, en diversos allanamientos realizados en Bahía Blanca y General Cerri, efectivos policiales detuvieron a los mencionados y les secuestraron importantes sumas de dinero en efectivo en pesos y dólares, vehículos, teléfonos celulares y una casilla rodante con la inscripción del gremio, entre otros elementos.

 

Durante la instrucción pudo determinarse que operaban a través de amenazas, coacciones y daños con los que buscaban doblegar la voluntad de empresarios relacionados al transporte y/o producción de productos agrícolas e insumos necesarios para su producción, concretamente fertilizantes, con el propósito era obligarlos a contratar los servicios prestados por los imputados (propietarios de camiones o de empresas de transporte) o, bien, de otros transportistas vinculados a ellos y agrupadas bajo la bandera del Sindicato Único de Fleteros seccional Bahía Blanca”. 

 

Para lograr su cometido, coaccionaban a los propios tomadores de carga y/o sus choferes, y dañaban los vehículos con los que iban a retirar la mercadería en las terminales locales. Los destrozos se producían, por un lado, como represalia por no acatar los requerimientos de los miembros de la organización y, por el otro, como estrategia para generar inquietud y temor hacia los restantes camioneros, las empresas renuentes a sus exigencias, como una forma de acción ejemplificadora para quienes no obedecían o tenían pensado no acatar las exigencias ilegales o rebelarse.

 

Según pudo comprobarse en la investigación, los condenados controlaban el ingreso y egreso de camiones en las plantas de las firmas Sea White, en Loma Paraguaya, y Bunge Argentina, en el kilómetro 673 de la ruta 3. Si los transportistas se negaban a sus exigencias, arrojaban clavos 'Miguelito' sobre el pavimento para dañar los neumáticos de los rodados de carga.

 

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Pensión honorífica de veterano de guerra. ANSES. Decreto n.° 2364/90. Ley n.° 23.848. Control de constitucionalidad. Principio de igualdad. Facultades reglamentarias. Retroactividad. Derecho previsional. Categoría sospechosa.
Juzgado Federal en lo Civ., Com. y Cont. Adm. N.° 1 de San Martín, Secretaría n.° 1, Sala II, “E., F. D. c/ ANSES s/ Reajustes varios”, 2 de octubre de 2025.
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