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Diciembre 27, 2021

Condenaron por asociación ilícita agravada a la denominada “banda de los fleteros” en Bahía Blanca

La jueza titular del Tribunal Oral Criminal N.° 3 de Bahía Blanca, Dra. Fabiana Castaño, condenó a los camioneros de la denominada “banda de los fleteros” por asociación ilícita agravada por el ánimo de lucro, coacción, daño, daño agravado y tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil, de acuerdo a la participación de cada uno.

El fiscal Mauricio Del Cero, a cargo de la Fiscalía N°18 fue el encargado de llevar adelante la investigación, luego de recibir denuncias y testimonios de varias víctimas de las maniobras extorsivas que realizaba esta banda con la intención de doblegar la voluntad de empresarios relacionados al transporte, la producción de productos agrícolas y fertilizantes, a fin de obligarlos a contratar sus servicios.

 

Los acusados son cinco miembros de la filial bahiense del Sindicato Único de Fleteros de la República Argentina y en la sentencia quedó probado que los mismos operaron, al menos, desde noviembre de 2018 hasta su desarticulación a fines de agosto del año 2020 cuando, en diversos allanamientos realizados en Bahía Blanca y General Cerri, efectivos policiales detuvieron a los mencionados y les secuestraron importantes sumas de dinero en efectivo en pesos y dólares, vehículos, teléfonos celulares y una casilla rodante con la inscripción del gremio, entre otros elementos.

 

Durante la instrucción pudo determinarse que operaban a través de amenazas, coacciones y daños con los que buscaban doblegar la voluntad de empresarios relacionados al transporte y/o producción de productos agrícolas e insumos necesarios para su producción, concretamente fertilizantes, con el propósito era obligarlos a contratar los servicios prestados por los imputados (propietarios de camiones o de empresas de transporte) o, bien, de otros transportistas vinculados a ellos y agrupadas bajo la bandera del Sindicato Único de Fleteros seccional Bahía Blanca”. 

 

Para lograr su cometido, coaccionaban a los propios tomadores de carga y/o sus choferes, y dañaban los vehículos con los que iban a retirar la mercadería en las terminales locales. Los destrozos se producían, por un lado, como represalia por no acatar los requerimientos de los miembros de la organización y, por el otro, como estrategia para generar inquietud y temor hacia los restantes camioneros, las empresas renuentes a sus exigencias, como una forma de acción ejemplificadora para quienes no obedecían o tenían pensado no acatar las exigencias ilegales o rebelarse.

 

Según pudo comprobarse en la investigación, los condenados controlaban el ingreso y egreso de camiones en las plantas de las firmas Sea White, en Loma Paraguaya, y Bunge Argentina, en el kilómetro 673 de la ruta 3. Si los transportistas se negaban a sus exigencias, arrojaban clavos 'Miguelito' sobre el pavimento para dañar los neumáticos de los rodados de carga.

 

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Texto: Personal de la Comisaría 5ta de Wilde, dependiente de la Policía Departamental de Seguridad Avellaneda (S.R. AMBA SUR I), llevó a cabo la efectivización de dos órdenes de allanamiento dispuestas en el marco de la Investigación Penal Preparatoria n.° 20-00-017479-24, caratulada “Homicidio agravado por el vínculo (femicidio)”, con intervención de la Unidad Funcional de Instrucción n.° 2 de Avellaneda, a cargo de la Dra. Carballal.
Tres personas aprehendidas por tentativa de ingreso a finca y secuestro de herramientas de forzamiento
Personal del Comando de Patrullas Avellaneda, perteneciente a la Policía Departamental de Seguridad Avellaneda (S.R. AMBA SUR I), logró la aprehensión de tres personas mayores de edad en el marco de una causa por averiguación de ilícito, bajo la modalidad de ingreso a finca, hecho que fuera advertido a través del sistema de monitoreo urbano.
Libertad condicional. Inconstitucionalidad. Artículo 14 inc. 10 del Código Penal. Ley n.° 27.375. Tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Narcomenudeo. Ejecución penal. Principio de igualdad. Progresividad de la pena. Resocialización. Derechos Humanos. Convención Americana sobre Derechos Humanos. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
Tribunal de Casación Penal de La Plata, Sala V, “S. S. V. I. s/ Recurso de Casación”, 25 de junio de 2025
Competencia originaria. Amparo por salud. Programa Federal Incluir Salud. Provincia de Entre Ríos. Renuncia tácita de jurisdicción. Artículo 117 Constitución Nacional. Ley n.° 16.986. Derecho a la salud. Vida digna. Tratados internacionales de Derechos Humanos. Discapacidad. Leyes n.° 22.431, 23.660, 23.661 y 24.901. Agencia Nacional de Discapacidad. Prórroga de jurisdicción.
Corte Suprema de Justicia de la Nación, “Giménez, Mirta Raquel c/ Programa Federal Incluir Salud y otro s/ amparo ley 16.986”, 25 de junio de 2025”
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El fiscal Mauricio Del Cero, a cargo de la Fiscalía N°18 fue el encargado de llevar adelante la investigación, luego de recibir denuncias y testimonios de varias víctimas de las maniobras extorsivas que realizaba esta banda con la intención de doblegar la voluntad de empresarios relacionados al transporte, la producción de productos agrícolas y fertilizantes, a fin de obligarlos a contratar sus servicios.

 

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