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Diciembre 30, 2021

Resolución PG N.º 1198/21

Condiciones de prestación del servicio a partir del 1 de enero de 2022

En el marco de las diversas medidas adoptadas ante la emergencia sanitaria vigente, el Procurador General, Dr. Julio Conte-Grand, resolvió mediante el dictado de la Resolución PG N° 1198/21 adherir a la Resolución SCBA N° 2306/21 dictada por la Suprema Corte de Justicia que mantiene las condiciones y alcances en la habilitación y funcionamiento del servicio de justicia dispuestas por Resolución SCBA Nº 1651/21 y SCBA Nº 1928/21.

De tal forma, se reitera que, en el desarrollo de cualquier actividad jurisdiccional o de superintendencia, deberán respetarse las medidas de cuidado y prevención establecidas en el Protocolo General de Actuación para la Prevención y Seguimiento del Covid 19 en al ámbito de la jurisdicción Ministerio Público aprobado por Resolución SG N° 36/20, a excepción de las precisadas en el artículo 2° de la Resolución PG N° 799/21.

Además encomienda a la Fiscal interina del Tribunal de Casación de la Provincia, a la Defensora interina del Tribunal de Casación de la Provincia, a los Fiscales Generales, a los Defensores Generales, a los Asesores Coordinadores, a la Curadora General y a los Secretarios de la Procuración General, mantener la vigencia de los planes de trabajo destinados a la atención de las funciones del organismo en su respectivo ámbito competencial oportunamente informados y adoptar las medidas que estimen adecuadas para garantizar la efectiva prestación del servicio de justicia.

Ver Resolución PG N.º 1198/21
Ver Resolución SCBA N.º 2306/21

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Otras noticias destacadas

Amparo colectivo. ANMAT. Misoprostol. Protocolo ILE. Ley n.° 27.610. Derecho a la salud. Derecho a la vida. Discrecionalidad técnica. Nulidad de acto administrativo. Razonabilidad. Presunción de legitimidad. Interrupción voluntaria del embarazo.
Juzgado Contencioso Administrativo Federal n.° 11, “asociación civil portal de belen y OTRO c/ En-M Salud y desarrollo social y otro s/Amparo Ley 16.986 y asociación para la promoción de los derechos civiles c/ EN-ANMAT s/Amparo Ley 16.986”, 19 de septiembre de 2025.
Desbaratan un laboratorio clandestino de estupefacientes en San Justo
El pasado 29 de octubre de 2025, personal de la Seccional de San Justo se presentó en un domicilio ubicado sobre la calle Venezuela, luego de que la propietaria del lugar advirtiera la rotura de una puerta y diera aviso inmediato a las autoridades.
Avellaneda: hallaron en buen estado de salud a la adolescente que era buscada desde el domingo
La Comisaría 7.ª de Avellaneda, con intervención de la UFI N.º 1 del Departamento Judicial Avellaneda–Lanús, logró dar con el paradero de una joven de 17 años, cuya desaparición había sido denunciada por su madre el domingo 26 de octubre de 2025.
Recurso extraordinario. Desalojo. Falta de pago. Caducidad. Costas. Inactividad procesal. Perención. Rigor formal. Arbitrariedad.
Corte Suprema de Justicia de la Nación, “S. M. C. c/ L. M. del M. y otro s / desalojo - falta de pago - recurso de casación”, 28 de octubre de 2025.
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En el marco de las diversas medidas adoptadas ante la emergencia sanitaria vigente, el Procurador General, Dr. Julio Conte-Grand, resolvió mediante el dictado de la Resolución PG N° 1198/21 adherir a la Resolución SCBA N° 2306/21 dictada por la Suprema Corte de Justicia que mantiene las condiciones y alcances en la habilitación y funcionamiento del servicio de justicia dispuestas por Resolución SCBA Nº 1651/21 y SCBA Nº 1928/21.

De tal forma, se reitera que, en el desarrollo de cualquier actividad jurisdiccional o de superintendencia, deberán respetarse las medidas de cuidado y prevención establecidas en el Protocolo General de Actuación para la Prevención y Seguimiento del Covid 19 en al ámbito de la jurisdicción Ministerio Público aprobado por Resolución SG N° 36/20, a excepción de las precisadas en el artículo 2° de la Resolución PG N° 799/21.

Además encomienda a la Fiscal interina del Tribunal de Casación de la Provincia, a la Defensora interina del Tribunal de Casación de la Provincia, a los Fiscales Generales, a los Defensores Generales, a los Asesores Coordinadores, a la Curadora General y a los Secretarios de la Procuración General, mantener la vigencia de los planes de trabajo destinados a la atención de las funciones del organismo en su respectivo ámbito competencial oportunamente informados y adoptar las medidas que estimen adecuadas para garantizar la efectiva prestación del servicio de justicia.

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