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Diciembre 30, 2021

Resolución PG N.º 1198/21

Condiciones de prestación del servicio a partir del 1 de enero de 2022

En el marco de las diversas medidas adoptadas ante la emergencia sanitaria vigente, el Procurador General, Dr. Julio Conte-Grand, resolvió mediante el dictado de la Resolución PG N° 1198/21 adherir a la Resolución SCBA N° 2306/21 dictada por la Suprema Corte de Justicia que mantiene las condiciones y alcances en la habilitación y funcionamiento del servicio de justicia dispuestas por Resolución SCBA Nº 1651/21 y SCBA Nº 1928/21.

De tal forma, se reitera que, en el desarrollo de cualquier actividad jurisdiccional o de superintendencia, deberán respetarse las medidas de cuidado y prevención establecidas en el Protocolo General de Actuación para la Prevención y Seguimiento del Covid 19 en al ámbito de la jurisdicción Ministerio Público aprobado por Resolución SG N° 36/20, a excepción de las precisadas en el artículo 2° de la Resolución PG N° 799/21.

Además encomienda a la Fiscal interina del Tribunal de Casación de la Provincia, a la Defensora interina del Tribunal de Casación de la Provincia, a los Fiscales Generales, a los Defensores Generales, a los Asesores Coordinadores, a la Curadora General y a los Secretarios de la Procuración General, mantener la vigencia de los planes de trabajo destinados a la atención de las funciones del organismo en su respectivo ámbito competencial oportunamente informados y adoptar las medidas que estimen adecuadas para garantizar la efectiva prestación del servicio de justicia.

Ver Resolución PG N.º 1198/21
Ver Resolución SCBA N.º 2306/21

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El pasado 15 de septiembre de 2025, personal de la Unidad de Prevención de la Policía Local (UPPL) de Avellaneda aprehendió a un joven de 20 años en la zona de Homero y Vértiz, Dock Sud, en el marco de un procedimiento iniciado tras un llamado al 911 por disparos de arma de fuego.
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El pasado 13 de septiembre de 2025, personal del Comando de Patrullas de Avellaneda logró la aprehensión de tres hombres y el secuestro de armas de fuego y un vehículo con pedido de captura, en el marco de un procedimiento realizado en la jurisdicción de la Comisaría 6.ª de Gerli
Amparo. Ley n.° 16.986. Acceso a la información pública. Ley n.° 27.275. Banco de la Nación Argentina. Resolución AAIP RESOL-2024-21-APN-AAIP. Caducidad. Principio de máxima divulgación. Transparencia y publicidad de la gestión pública. Acto administrativo firme y ejecutorio. Excepciones legales. Artículo 8 Ley n.° 27.275
Cámara Contencioso Administrativo Federal, Sala I," BANFI, KARINA VERONICA c/ BANCO DE LA NACION ARGENTINA s/AMPARO LEY 16.986 “, 16 de septiembre de 2025
Conflicto de competencia. Delitos informáticos. Suplantación de identidad digital. Estafa y fraude (arts. 172 y 173 CP). Acceso ilegítimo a red social (art. 153 y 153 bis CP). Regla de subsidiariedad.
Corte Suprema de Justicia de la Nación, “Belsito, Noemi s/ incidente de incompetencia”, 16 de septiembre de 2025
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De tal forma, se reitera que, en el desarrollo de cualquier actividad jurisdiccional o de superintendencia, deberán respetarse las medidas de cuidado y prevención establecidas en el Protocolo General de Actuación para la Prevención y Seguimiento del Covid 19 en al ámbito de la jurisdicción Ministerio Público aprobado por Resolución SG N° 36/20, a excepción de las precisadas en el artículo 2° de la Resolución PG N° 799/21.

Además encomienda a la Fiscal interina del Tribunal de Casación de la Provincia, a la Defensora interina del Tribunal de Casación de la Provincia, a los Fiscales Generales, a los Defensores Generales, a los Asesores Coordinadores, a la Curadora General y a los Secretarios de la Procuración General, mantener la vigencia de los planes de trabajo destinados a la atención de las funciones del organismo en su respectivo ámbito competencial oportunamente informados y adoptar las medidas que estimen adecuadas para garantizar la efectiva prestación del servicio de justicia.

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