La investigación fue iniciada en el mes de septiembre del año 2021 y llevada adelante por la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N.° 11 del Departamento Judicial de La Matanza, actualmente a cargo de la Dra. Analía A. Córdoba, a raíz de una denuncia realizada por la firma Expreso del Oeste S.A., ubicada en la calle Millán 1258 de la localidad de Villa Madero, partido de La Matanza, contra empleados y/o agremiados a la Unión Tranviarios Automotor (U.T.A.), por el bloqueo de los accesos a dicha empresa durante los días 25 de febrero y 27 de agosto de 2021.
En la misma denuncia se indicó que, en simultáneo, también se suscitaron eventos similares en la sede ubicada en la Ciudad de Buenos Aires, respecto de los que tomó intervención la Fiscalía de los Distritos de los Barrios Saavedra y Nuñez, a cargo del Dr. José María Campagnolli.
En virtud de lo expuesto, se realizaron diligencias probatorias que consistieron en la toma de declaraciones testimoniales, análisis de material fílmico, intervención telefónica, informes de nosis, cruce de datos y apertura de antenas, a partir de las cuales se determinó "prima facie" la veracidad de los hechos denunciados y se logró identificar e individualizar a cinco sujetos que serían los autores de los ilícitos.
En razón de ello, se solicitó al juez a cargo del Juzgado de Garantías N.° 2 de La Matanza, Dr. Agustín Pablo Gossn, diversos allanamientos y la detención de los sindicados, concediendo el Magistrado la solicitud fiscal.
Materializada la orden con fecha 11 de mayo de 2022, el personal designado por el Departamento de Casos Especiales de la Provincia de Buenos Aires procedió a la detención de los identificados como presuntos autores y en uno de los domicilios se secuestró un arma de fuego calibre 12 con cartuchos de igual calibre.
Por su parte, a los encausados se les recibió declaración en los términos del art. 308, primer párrafo, del Código de rito, en orden a los delitos de lesiones leves, violación de morada ajena, impedimento de transporte por tierra, amenazas coactivas, extorsión, perturbación de transporte por tierra, asociación ilícita, todos ellos en concurso real entre si (Arts. 45,55,89,149 bis, 150, 168, 194, 210 del Código Penal). Los imputados hicieron uso del derecho que les asiste a negarse a declarar.
La investigación fue iniciada en el mes de septiembre del año 2021 y llevada adelante por la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N.° 11 del Departamento Judicial de La Matanza, actualmente a cargo de la Dra. Analía A. Córdoba, a raíz de una denuncia realizada por la firma Expreso del Oeste S.A., ubicada en la calle Millán 1258 de la localidad de Villa Madero, partido de La Matanza, contra empleados y/o agremiados a la Unión Tranviarios Automotor (U.T.A.), por el bloqueo de los accesos a dicha empresa durante los días 25 de febrero y 27 de agosto de 2021.
En la misma denuncia se indicó que, en simultáneo, también se suscitaron eventos similares en la sede ubicada en la Ciudad de Buenos Aires, respecto de los que tomó intervención la Fiscalía de los Distritos de los Barrios Saavedra y Nuñez, a cargo del Dr. José María Campagnolli.
En virtud de lo expuesto, se realizaron diligencias probatorias que consistieron en la toma de declaraciones testimoniales, análisis de material fílmico, intervención telefónica, informes de nosis, cruce de datos y apertura de antenas, a partir de las cuales se determinó "prima facie" la veracidad de los hechos denunciados y se logró identificar e individualizar a cinco sujetos que serían los autores de los ilícitos.
En razón de ello, se solicitó al juez a cargo del Juzgado de Garantías N.° 2 de La Matanza, Dr. Agustín Pablo Gossn, diversos allanamientos y la detención de los sindicados, concediendo el Magistrado la solicitud fiscal.
Materializada la orden con fecha 11 de mayo de 2022, el personal designado por el Departamento de Casos Especiales de la Provincia de Buenos Aires procedió a la detención de los identificados como presuntos autores y en uno de los domicilios se secuestró un arma de fuego calibre 12 con cartuchos de igual calibre.
Por su parte, a los encausados se les recibió declaración en los términos del art. 308, primer párrafo, del Código de rito, en orden a los delitos de lesiones leves, violación de morada ajena, impedimento de transporte por tierra, amenazas coactivas, extorsión, perturbación de transporte por tierra, asociación ilícita, todos ellos en concurso real entre si (Arts. 45,55,89,149 bis, 150, 168, 194, 210 del Código Penal). Los imputados hicieron uso del derecho que les asiste a negarse a declarar.
CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA
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