• Inicio
  • Buscador
  • Noticias
    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos

    • Obras Jurídicas

  • Doctrina
  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en materia disciplinaria

  • Contacto
Dictámenes Resoluciones
  • Noticias Jurídicas

    Logo
  • Volver

  • Inicio
  • Noticias Jurídicas
Septiembre 15, 2022

Recurso extraordinario. Inaplicabilidad de ley. Bonificación especial docente. Pretensión anulatoria. Empleo público. Docentes municipales. Decreto 2272/2018. Validez. Aplicación. Regresividad. Principio de progresividad. Derecho de carácter alimentario. Rebaja salarial.

Procuración General de la provincia de Buenos Aires, Expte. A-78059-1, “García, María del Rosario y otros C/ Municipalidad de General Pueyrredón s/ Pretensión anulatoria – Empleo público – Recurso extraordinario de ley”, 13 de septiembre de 2022

Los recurrentes procuraban obtener el reconocimiento del derecho a la percepción de la bonificación especial docente prevista en el artículo 82 de la Ordenanza 20760 “ […] bajo el mismo método de cálculo que se venía aplicando hasta el dictado del acto dejado sin efecto […]” -esto es, en base a la diferencia entre el sueldo y bonificaciones asignadas por la Provincia de Buenos Aires para el cargo de maestro de grado y el del nivel 12 del escalafón municipal con una carga horaria de 35 h semanales- y el pago de las diferencias salariales correspondientes.

 

Entendieron que dicha norma contrariaba el artículo 39 inciso 3° de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires. Destacaron que el pago de ese concepto (que el Decreto 2272/2018 modificó) se venía dando en forma uniforme e ininterrumpida desde hacía más de veinte años (ya con la vigencia de la Ordenanza 5936 del 01-03-1984), lo cual tradujo un estado de cosas que se habría consolidado (con trascendencia jurídica) y que entonces no habría podido ser modificado en perjuicio de los trabajadores, puesto que ello conllevaría una irrazonable regresión en materia salarial con vulneración del principio de progresividad de rango constitucional (y convencional), receptado en una ley de orden público, como era la Ley provincial N.° 14656 que regula las relaciones de empleo de los municipios.

 

El juez de Primera Instancia, siguiendo el criterio de la Alzada, rechazó la pretensión. La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo con asiento en Mar del Plata rechazó el recurso de apelación interpuesto por la parte actora y confirmó el pronunciamiento de grado validando el decreto 2272/2018 cuestionado. 

 

Contra ese pronunciamiento la parte actora interpuso recurso extraordinario de inconstitucionalidad, el cual resultó formalmente admisible toda vez que el pronunciamiento recurrido era una sentencia definitiva dictada por la Cámara de Apelación que resuelve una cuestión constitucional -la planteada en relación al decreto 2272/2018, en cuanto los demandantes impugnaban la validez del mismo.

 

En su dictamen, el Procurador General propuso al Tribunal Superior hacer lugar al recurso extraordinario de inconstitucionalidad interpuesto (art. 302, CPCC).

 

Para así dictaminar, tuvo en consideración que del estudio pormenorizado de los hechos y el derecho les asistía razón a los recurrentes cuando afirmaban la regresividad del decreto municipal 2278/2018, en el entendimiento de que la progresividad imponía la obligación de avanzar en la plena efectividad de los derechos -en el supuesto de autos, de naturaleza laboral y, por ende, de carácter alimentario- y de no adoptar medidas regresivas tendientes a desmejorar la situación jurídica de sus titulares -en el caso, docentes municipales- y en atención a hacer real la vigencia del principio pro persona, centro sobre el que gira la organización de los derechos fundamentales de nuestro orden constitucional y del orden internacional inserto en éste.

 

En ese sentido, recordó el Procurador que dicho postulado estaba consagrado en la Constitución nacional a través del conducto del principio protectorio que surge del artículo 14 bis de la Constitución Argentina y especificó la legislación nacional e internacional, así como los precedentes jurisprudenciales que recogían este principio cardinal, especialmente operativo en materia laboral; que definía la improcedencia de la regresión normativa -regla derivada del aludido principio en la medida que se prohíbe al trabajador lo que antes no se vedaba, reduciendo claramente el nivel de intensidad de la tutela jurídica

 

Concluyó así que el decreto municipal 2278/2018 no pudo disponer la rebaja salarial en perjuicio de los trabajadores de la educación en ausencia de radical demostración de su razonabilidad constitucional. Máxime en el marco de una política salarial que procuraba la equiparación de la retribución de los docentes municipales y provinciales con el pago de una bonificación liquidada y abonada de manera ininterrumpida desde hacía aproximadamente tres décadas.

 

Por ello, concluyó que aun cuando la declaración de inconstitucionalidad era un remedio de última ratio que debía evitarse de ser posible mediante una interpretación de los textos en juego compatible con la Ley Fundamental pues siempre debe estarse a favor de la validez de las normas, en el caso el decreto cuestionado violentaba el principio de progresividad garantizado en la Constitución nacional a partir de la incorporación de la Convención Americana de Derechos Humanos y del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y expresamente establecido en el artículo 39 inciso 3° de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y no presenta los extremos que habilitarían su juridicidad constitucional (conf. arts. 1°, 11, 57 y 161 inc. 1°, Constitución de la Prov. de Bs. As.; arts. 2 y 27, CADH).

 

Por todo lo expuesto, el Procurador General propuso al Tribunal hacer lugar al recurso extraordinario.

 

DESCARGAR DICTAMEN

Logo

Otras noticias destacadas

Un menor aprehendido en la fuga luego del hurto de un automotor
Personal de Unidades de Policía de Prevención Local, perteneciente a la Policía Departamental de Seguridad Avellaneda (S.R. AMBA SUR I) logró la aprehensión de una persona menor de edad, tras tomar conocimiento de la sustracción de un rodado a un vecino de la localidad.
Prisión perpetua por doble homicidio agravado en el asalto a un camión blindado
El Tribunal Oral en lo Criminal n.° 2 del Departamento Judicial Zárate – Campana condenó a prisión perpetua a un hombre por su participación como coautor penalmente responsable de un doble homicidio agravado, cometido en ocasión de un asalto planificado a un camión blindado en la ciudad de General Rodríguez
Prisión perpetua para el autor de un femicidio cometido en San Antonio de Areco
El Tribunal Oral en lo Criminal n.° 4 del Departamento Judicial Mercedes condenó este martes 1° de julio a prisión perpetua a un hombre, hallándolo autor penalmente responsable del femicidio de una joven de 24 años ocurrido el 13 de noviembre de 2022 en la localidad de San Antonio de Areco. El veredicto fue unánime.
Detienen a un exempleado por el robo a un reconocido restaurante local
Un hombre de 41 años fue aprehendido en Mercedes el pasado domingo 29 de junio, acusado de cometer un robo a un conocido restaurante de la ciudad. El imputado, un exempleado del comercio, habría ingresado por la fuerza y sustraído mobiliario, mercadería y dinero en efectivo. Una parte de los elementos robados fue recuperada durante un allanamiento.
  • Inicio

  • Buscador

  • Noticias

    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos 2025

    • Cuadernos temáticos 2024

    • Cuadernos temáticos 2023

    • Cuadernos temáticos 2022

    • Cuadernos temáticos 2021

    • Cuadernos temáticos 2020

  • Doctrina

  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en materia disciplinaria

  • Contacto

  • Noticias Jurídicas

  • Logo
Septiembre 15, 2022

Recurso extraordinario. Inaplicabilidad de ley. Bonificación especial docente. Pretensión anulatoria. Empleo público. Docentes municipales. Decreto 2272/2018. Validez. Aplicación. Regresividad. Principio de progresividad. Derecho de carácter alimentario. Rebaja salarial.

Procuración General de la provincia de Buenos Aires, Expte. A-78059-1, “García, María del Rosario y otros C/ Municipalidad de General Pueyrredón s/ Pretensión anulatoria – Empleo público – Recurso extraordinario de ley”, 13 de septiembre de 2022

Los recurrentes procuraban obtener el reconocimiento del derecho a la percepción de la bonificación especial docente prevista en el artículo 82 de la Ordenanza 20760 “ […] bajo el mismo método de cálculo que se venía aplicando hasta el dictado del acto dejado sin efecto […]” -esto es, en base a la diferencia entre el sueldo y bonificaciones asignadas por la Provincia de Buenos Aires para el cargo de maestro de grado y el del nivel 12 del escalafón municipal con una carga horaria de 35 h semanales- y el pago de las diferencias salariales correspondientes.

 

Entendieron que dicha norma contrariaba el artículo 39 inciso 3° de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires. Destacaron que el pago de ese concepto (que el Decreto 2272/2018 modificó) se venía dando en forma uniforme e ininterrumpida desde hacía más de veinte años (ya con la vigencia de la Ordenanza 5936 del 01-03-1984), lo cual tradujo un estado de cosas que se habría consolidado (con trascendencia jurídica) y que entonces no habría podido ser modificado en perjuicio de los trabajadores, puesto que ello conllevaría una irrazonable regresión en materia salarial con vulneración del principio de progresividad de rango constitucional (y convencional), receptado en una ley de orden público, como era la Ley provincial N.° 14656 que regula las relaciones de empleo de los municipios.

 

El juez de Primera Instancia, siguiendo el criterio de la Alzada, rechazó la pretensión. La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo con asiento en Mar del Plata rechazó el recurso de apelación interpuesto por la parte actora y confirmó el pronunciamiento de grado validando el decreto 2272/2018 cuestionado. 

 

Contra ese pronunciamiento la parte actora interpuso recurso extraordinario de inconstitucionalidad, el cual resultó formalmente admisible toda vez que el pronunciamiento recurrido era una sentencia definitiva dictada por la Cámara de Apelación que resuelve una cuestión constitucional -la planteada en relación al decreto 2272/2018, en cuanto los demandantes impugnaban la validez del mismo.

 

En su dictamen, el Procurador General propuso al Tribunal Superior hacer lugar al recurso extraordinario de inconstitucionalidad interpuesto (art. 302, CPCC).

 

Para así dictaminar, tuvo en consideración que del estudio pormenorizado de los hechos y el derecho les asistía razón a los recurrentes cuando afirmaban la regresividad del decreto municipal 2278/2018, en el entendimiento de que la progresividad imponía la obligación de avanzar en la plena efectividad de los derechos -en el supuesto de autos, de naturaleza laboral y, por ende, de carácter alimentario- y de no adoptar medidas regresivas tendientes a desmejorar la situación jurídica de sus titulares -en el caso, docentes municipales- y en atención a hacer real la vigencia del principio pro persona, centro sobre el que gira la organización de los derechos fundamentales de nuestro orden constitucional y del orden internacional inserto en éste.

 

En ese sentido, recordó el Procurador que dicho postulado estaba consagrado en la Constitución nacional a través del conducto del principio protectorio que surge del artículo 14 bis de la Constitución Argentina y especificó la legislación nacional e internacional, así como los precedentes jurisprudenciales que recogían este principio cardinal, especialmente operativo en materia laboral; que definía la improcedencia de la regresión normativa -regla derivada del aludido principio en la medida que se prohíbe al trabajador lo que antes no se vedaba, reduciendo claramente el nivel de intensidad de la tutela jurídica

 

Concluyó así que el decreto municipal 2278/2018 no pudo disponer la rebaja salarial en perjuicio de los trabajadores de la educación en ausencia de radical demostración de su razonabilidad constitucional. Máxime en el marco de una política salarial que procuraba la equiparación de la retribución de los docentes municipales y provinciales con el pago de una bonificación liquidada y abonada de manera ininterrumpida desde hacía aproximadamente tres décadas.

 

Por ello, concluyó que aun cuando la declaración de inconstitucionalidad era un remedio de última ratio que debía evitarse de ser posible mediante una interpretación de los textos en juego compatible con la Ley Fundamental pues siempre debe estarse a favor de la validez de las normas, en el caso el decreto cuestionado violentaba el principio de progresividad garantizado en la Constitución nacional a partir de la incorporación de la Convención Americana de Derechos Humanos y del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y expresamente establecido en el artículo 39 inciso 3° de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y no presenta los extremos que habilitarían su juridicidad constitucional (conf. arts. 1°, 11, 57 y 161 inc. 1°, Constitución de la Prov. de Bs. As.; arts. 2 y 27, CADH).

 

Por todo lo expuesto, el Procurador General propuso al Tribunal hacer lugar al recurso extraordinario.

 

DESCARGAR DICTAMEN

Logo

Otras noticias destacadas

Un menor aprehendido en la fuga luego del hurto de un automotor
Personal de Unidades de Policía de Prevención Local, perteneciente a la Policía Departamental de Seguridad Avellaneda (S.R. AMBA SUR I) logró la aprehensión de una persona menor de edad, tras tomar conocimiento de la sustracción de un rodado a un vecino de la localidad.
Prisión perpetua por doble homicidio agravado en el asalto a un camión blindado
El Tribunal Oral en lo Criminal n.° 2 del Departamento Judicial Zárate – Campana condenó a prisión perpetua a un hombre por su participación como coautor penalmente responsable de un doble homicidio agravado, cometido en ocasión de un asalto planificado a un camión blindado en la ciudad de General Rodríguez
Prisión perpetua para el autor de un femicidio cometido en San Antonio de Areco
El Tribunal Oral en lo Criminal n.° 4 del Departamento Judicial Mercedes condenó este martes 1° de julio a prisión perpetua a un hombre, hallándolo autor penalmente responsable del femicidio de una joven de 24 años ocurrido el 13 de noviembre de 2022 en la localidad de San Antonio de Areco. El veredicto fue unánime.
Detienen a un exempleado por el robo a un reconocido restaurante local
Un hombre de 41 años fue aprehendido en Mercedes el pasado domingo 29 de junio, acusado de cometer un robo a un conocido restaurante de la ciudad. El imputado, un exempleado del comercio, habría ingresado por la fuerza y sustraído mobiliario, mercadería y dinero en efectivo. Una parte de los elementos robados fue recuperada durante un allanamiento.

CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Jurídicas
Noticias Académicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en:
Jurisprudencia Nacional
Jurisprudencia Provincial
Actualidad en:
Normativa Nacional
Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Lejister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar



CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Académicas
Noticias Jurídicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en Jurisprudencia Nacional
Actualidad en Jurisprudencia Provincial
Actualidad en Normativa Nacional
Actualidad en Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Legister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar