• Inicio
  • Buscador
  • Noticias
    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos

    • Obras Jurídicas

  • Doctrina
  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en Materia Disciplinaria

  • Contacto
Dictámenes Resoluciones
  • Noticias Jurídicas

    Logo
  • Volver

  • Inicio
  • Noticias Jurídicas
Marzo 09, 2023

Disolución de sociedad conyugal. División de bienes. Uso exclusivo del inmueble. Compensación. Falta de reclamo fehaciente. Consentimiento tácito del uso gratuito. Interpretación de los arts. 444 y 484 del Código Civil y Comercial.

Cámara Segunda Civil y Comercial (Sala I) de La Plata, Expte. N.º 133.497, "T. M. L. c / R. J. A. s / Materia a categorizar", 28 de febrero de 2023

El Sr. Juez de grado hizo lugar al pedido de canon locativo solicitado por la Sra. T., que determinó en la suma de pesos veinte mil ($ 20.000) mensuales, pagaderos del 1 a la 10 de cada mes, desde la promoción de los presentes y hasta tanto se ponga fin a la indivisión postcomunitaria o cesen las circunstancias que determinan su otorgamiento. Agregó que los períodos anteriores se deberían cancelar dentro de los diez días de notificada la decisión, sin intereses, por tratarse de un monto actualizado a la fecha de la sentencia, los períodos anteriores a la misma no devengarán intereses, sino a partir de la mora, que operará a los diez días de notificado tal pronunciamiento.

 

Además hizo lugar al pedido de reintegro de gastos del Sr. R. a la Sra.T. por la suma de pesos dieciseis mil doscientos diez con noventa y siete centavos ($ 16.210,97) que debería cancelarse dentro de los diez días de notificada la decisión.

 

Contra esta decisión el demandado interpuso apelación en la que se agravió por la fecha desde donde procede el reclamo, por considerar excesivo el monto del canon locativo y la imposición de las costas por esa pretensión.

 

A su vez, la actora apeló, agraviándose por el monto del canon considerándolo exiguo y por la imposición de las costas del reintegro de gastos por reparaciones al inmueble.

 

La Cámara Segunda Civil y Comercial (Sala I) de La Plata resolvió acoger parcialmente la apelación de la demandada, por cuanto el cannon se adeuda desde la notificación de la demanda practicada en el presente expediente mediante la cédula recibida el 5-11-2020; y se acoge parcialmente la apelación de la actora, modificando el canon locativo que deberá abonar el Sr. R. que se fija en la suma de $25.000 mensuales, el que se actualizará anualmente aplicando el índice elaborado y publicado por el Banco Central de la República Argentina.

 

Para así resolver consideró que el ejercicio de la facultad que tiene el condómino excluido para exigir que el condómino que usa el bien le abone un canon, exige la realización del requerimiento respectivo -intimación al deudor- ya que, mientras no se exteriorice, se considera que la tolerancia en la ocupación exclusiva comporta una tácita admisión del carácter gratuito. 

 

Es decir que, tanto en la indivisión post-comunitaria como en la del acervo sucesorio, la falta de reclamo del canon por el uso exclusivo implica consentimiento del uso gratuito. El canon se debe desde el momento que se hace saber la oposición al uso y goce exclusivo del bien por otro cónyuge y se requiere una contraprestación cierta y concreta. 

 

La Cámara entendió que le asistía razón al apelante en que la interposición de la demanda carece de efectos para comunicar esta pretensión al demandado, efecto que sólo se logró con la notificación (art. 331 CPCC), puesto que en el presente caso no existió notificación anterior de tal requerimiento (art. 484 CCCN).

 

Subrayó que la notificación configuraba la interpelación desde el momento que el deudor de la obligación se encuentra, por ese acto, suficientemente esclarecido sobre la consistencia de su obligación, sin perjuicio que el quantum solo se determine en la sentencia. El requerimiento no existió hasta la fecha de la notificación de la demanda.

 

DESCARGAR SENTENCIA

Logo

Otras noticias destacadas

Corte Interamericana de Derechos Humanos. Opinión Consultiva. Derecho al cuidado. Autonomía personal. Igualdad sustantiva. Derechos interdependientes. Derecho a cuidar. Derecho a ser cuidado. Derecho al autocuidado. Corresponsabilidad social. Políticas públicas. Sistemas integrales de cuidado. Grupos vulnerables. Enfoque interseccional. Obligaciones estatales. Exigibilidad judicial.
Corte Interamericana de Derechos Humanos, “Opinión Consultiva OC-31/25”, 12 de junio de 2025 solicitada por la República Argentina.
Bahía Blanca: condena en juicio abreviado por distribución agravada de material de abuso sexual infantil
A instancias del Ministerio Público Fiscal, el Tribunal Oral en lo Criminal n.° 1 dictó sentencia condenatoria —en el marco de un juicio abreviado— contra una persona adulta por cinco hechos de distribución y/o facilitación de representaciones de menores de 18 años en actividades sexuales explícitas, agravados por tratarse de víctimas menores de 13 años, en concurso real. La pena impuesta fue de cuatro (4) años y seis (6) meses de prisión, con accesorias legales
Avellaneda: dos aprehendidos por encubrimiento tras hallazgo de motocicleta con pedido activo
En un operativo coordinado por la Unidad de Prevención de la Policía Local (UPPL) de Avellaneda, y bajo la dirección de la Unidad Funcional de Instrucción n.° 3 del Departamento Judicial Avellaneda–Lanús, se procedió a la aprehensión de dos personas adultas por el delito de encubrimiento, tras el secuestro de un motovehículo que presentaba pedido de secuestro activo
Ministerio Público Fiscal. Defensa del consumidor. Intervención. Competencia. Autonomía funcional. Legalidad. Interés general. Artículo 120 Constitución Nacional. Artículo 52 Ley n.° 24.240. Ley n.° 27.148. Daño punitivo. Asimetría. Proceso sumarísimo. Arbitrariedad de sentencia.
Corte Suprema de Justicia de la Nación, “Cáceres Carrera, Facundo Ariel y otro c/ Ford Argentina S.C.A. y otro s/ sumarísimo”, 7 de agosto de 2025
  • Inicio

  • Buscador

  • Noticias

    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos 2025

    • Cuadernos temáticos 2024

    • Cuadernos temáticos 2023

    • Cuadernos temáticos 2022

    • Cuadernos temáticos 2021

    • Cuadernos temáticos 2020

  • Doctrina

  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en Materia Disciplinaria

  • Contacto

  • Noticias Jurídicas

  • Logo
Marzo 09, 2023

Disolución de sociedad conyugal. División de bienes. Uso exclusivo del inmueble. Compensación. Falta de reclamo fehaciente. Consentimiento tácito del uso gratuito. Interpretación de los arts. 444 y 484 del Código Civil y Comercial.

Cámara Segunda Civil y Comercial (Sala I) de La Plata, Expte. N.º 133.497, "T. M. L. c / R. J. A. s / Materia a categorizar", 28 de febrero de 2023

El Sr. Juez de grado hizo lugar al pedido de canon locativo solicitado por la Sra. T., que determinó en la suma de pesos veinte mil ($ 20.000) mensuales, pagaderos del 1 a la 10 de cada mes, desde la promoción de los presentes y hasta tanto se ponga fin a la indivisión postcomunitaria o cesen las circunstancias que determinan su otorgamiento. Agregó que los períodos anteriores se deberían cancelar dentro de los diez días de notificada la decisión, sin intereses, por tratarse de un monto actualizado a la fecha de la sentencia, los períodos anteriores a la misma no devengarán intereses, sino a partir de la mora, que operará a los diez días de notificado tal pronunciamiento.

 

Además hizo lugar al pedido de reintegro de gastos del Sr. R. a la Sra.T. por la suma de pesos dieciseis mil doscientos diez con noventa y siete centavos ($ 16.210,97) que debería cancelarse dentro de los diez días de notificada la decisión.

 

Contra esta decisión el demandado interpuso apelación en la que se agravió por la fecha desde donde procede el reclamo, por considerar excesivo el monto del canon locativo y la imposición de las costas por esa pretensión.

 

A su vez, la actora apeló, agraviándose por el monto del canon considerándolo exiguo y por la imposición de las costas del reintegro de gastos por reparaciones al inmueble.

 

La Cámara Segunda Civil y Comercial (Sala I) de La Plata resolvió acoger parcialmente la apelación de la demandada, por cuanto el cannon se adeuda desde la notificación de la demanda practicada en el presente expediente mediante la cédula recibida el 5-11-2020; y se acoge parcialmente la apelación de la actora, modificando el canon locativo que deberá abonar el Sr. R. que se fija en la suma de $25.000 mensuales, el que se actualizará anualmente aplicando el índice elaborado y publicado por el Banco Central de la República Argentina.

 

Para así resolver consideró que el ejercicio de la facultad que tiene el condómino excluido para exigir que el condómino que usa el bien le abone un canon, exige la realización del requerimiento respectivo -intimación al deudor- ya que, mientras no se exteriorice, se considera que la tolerancia en la ocupación exclusiva comporta una tácita admisión del carácter gratuito. 

 

Es decir que, tanto en la indivisión post-comunitaria como en la del acervo sucesorio, la falta de reclamo del canon por el uso exclusivo implica consentimiento del uso gratuito. El canon se debe desde el momento que se hace saber la oposición al uso y goce exclusivo del bien por otro cónyuge y se requiere una contraprestación cierta y concreta. 

 

La Cámara entendió que le asistía razón al apelante en que la interposición de la demanda carece de efectos para comunicar esta pretensión al demandado, efecto que sólo se logró con la notificación (art. 331 CPCC), puesto que en el presente caso no existió notificación anterior de tal requerimiento (art. 484 CCCN).

 

Subrayó que la notificación configuraba la interpelación desde el momento que el deudor de la obligación se encuentra, por ese acto, suficientemente esclarecido sobre la consistencia de su obligación, sin perjuicio que el quantum solo se determine en la sentencia. El requerimiento no existió hasta la fecha de la notificación de la demanda.

 

DESCARGAR SENTENCIA

Logo

Otras noticias destacadas

Corte Interamericana de Derechos Humanos. Opinión Consultiva. Derecho al cuidado. Autonomía personal. Igualdad sustantiva. Derechos interdependientes. Derecho a cuidar. Derecho a ser cuidado. Derecho al autocuidado. Corresponsabilidad social. Políticas públicas. Sistemas integrales de cuidado. Grupos vulnerables. Enfoque interseccional. Obligaciones estatales. Exigibilidad judicial.
Corte Interamericana de Derechos Humanos, “Opinión Consultiva OC-31/25”, 12 de junio de 2025 solicitada por la República Argentina.
Bahía Blanca: condena en juicio abreviado por distribución agravada de material de abuso sexual infantil
A instancias del Ministerio Público Fiscal, el Tribunal Oral en lo Criminal n.° 1 dictó sentencia condenatoria —en el marco de un juicio abreviado— contra una persona adulta por cinco hechos de distribución y/o facilitación de representaciones de menores de 18 años en actividades sexuales explícitas, agravados por tratarse de víctimas menores de 13 años, en concurso real. La pena impuesta fue de cuatro (4) años y seis (6) meses de prisión, con accesorias legales
Avellaneda: dos aprehendidos por encubrimiento tras hallazgo de motocicleta con pedido activo
En un operativo coordinado por la Unidad de Prevención de la Policía Local (UPPL) de Avellaneda, y bajo la dirección de la Unidad Funcional de Instrucción n.° 3 del Departamento Judicial Avellaneda–Lanús, se procedió a la aprehensión de dos personas adultas por el delito de encubrimiento, tras el secuestro de un motovehículo que presentaba pedido de secuestro activo
Ministerio Público Fiscal. Defensa del consumidor. Intervención. Competencia. Autonomía funcional. Legalidad. Interés general. Artículo 120 Constitución Nacional. Artículo 52 Ley n.° 24.240. Ley n.° 27.148. Daño punitivo. Asimetría. Proceso sumarísimo. Arbitrariedad de sentencia.
Corte Suprema de Justicia de la Nación, “Cáceres Carrera, Facundo Ariel y otro c/ Ford Argentina S.C.A. y otro s/ sumarísimo”, 7 de agosto de 2025

CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Jurídicas
Noticias Académicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en:
Jurisprudencia Nacional
Jurisprudencia Provincial
Actualidad en:
Normativa Nacional
Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Lejister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar



CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Académicas
Noticias Jurídicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en Jurisprudencia Nacional
Actualidad en Jurisprudencia Provincial
Actualidad en Normativa Nacional
Actualidad en Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Legister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar