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Mayo 05, 2023

Fijan nuevas penas a los 4 fleteros condenados por coacción

El juez Julián Saldías, integrante del Tribunal en lo Criminal N° 3, resolvió condenar a 4 fleteros por distintos delitos ocurridos en torno a una causa iniciada en el año 2019, en una causa en la que el fiscal a cargo, Dr. Mauricio Del Cero, en su momento, sufrió muchas presiones en la puerta de Tribunales proveniente del gremio de "Fleteros", quien manifestó cada día en la puerta con bombos y cánticos ejerciendo presión así hasta con los testigos que debían declarar y atravesar esa presencia para ingresar al Palacio.

Colaboración Lic. Jesica V. Rípodas – Prensa Ministerio Público Fiscal Departamental Bahía Blanca

En el primer juicio, a fines de 2021, la jueza Daniela Castaño había sancionado a los fleteros con penas de entre 3 y 6 años y 6 meses de prisión, tras considerarlos como parte de una asociación ilícita por hechos registrados entre noviembre de 2018 hasta mediados de 2020 cuando los acusados, invocando representación del Sindicato Único de Fleteros, seccional Bahía Blanca, supuestamente amenazaban y coaccionaban a choferes y dueños de camiones de transporte de cereales y fertilizantes ajenos a la ciudad, para obligarlos a contratar sus servicios o relacionados con ellos.

 

Luego de que en aquel primer juicio fueran condenados, el Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires resolvió bajar la calificación, por entender que no se trataba de una asociación ilícita y ordenó establecer el monto de las penas en función de los delitos por los cuales se los condenó. 

 

De tal manera que el Tribunal en lo Criminal N.° 3 estableció este 2 de mayo pasado las sentencias para cada uno de los implicados. 

 

A Mariano Martín Llafar se lo condenó como coautor del delito de coacción en dos hechos, coautor de tentativa de daño, dos hechos de daño y dos hechos de daño agravado a la pena de 3 años y 7 meses de prisión.

 

A Mario Raúl Aguiar como coautor y autor de coacción, daño, tenencia ilegal de arma de uso civil a 3 años y 5 meses de prisión.

 

A Carlos Rodrigo Ciucci se lo condenó como coautor del delito de tentativa de daño, dos hechos de coacción, dos hechos de daño y dos de daño agravado a la pena de 3 años y 2 meses de prisión.

 

Y a Pablo Andrés Halberg se lo consideró coautor del delito de dos hechos de coacción, daño y dos hechos de daño agravado a la pena de 3 años y 2 meses de prisión.

 

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En fecha 9 de julio del corriente año, mientras se conmemoraba el Día de la Independencia, la ciudad de San Nicolás fue escenario de diversos episodios de violencia armada que demandaron la inmediata intervención del Ministerio Público Fiscal. En atención a la gravedad de los hechos y al riesgo para la integridad física de las víctimas, la titular de la Unidad Funcional de Instrucción n.° 1, Dra. María Verónica Marcantonio, dispuso una serie de medidas urgentes de investigación, con la colaboración de personal judicial y de las fuerzas de seguridad provinciales
Autonomía municipal. Resolución n.° 267/2024. Tasas municipales. Alumbrado público. Legitimación activa. Acción de amparo. Razonabilidad. Lealtad federal; principio de subsidiariedad; federalismo; facturación de servicios públicos.
Sala I, Cámara Federal de San Martín, "Municipalidad Pdo. de Escobar c/ Estado Nacional-Ministerio de Economía- Sec. de Industria y Comercio s/Amparo Ley n.° 16.986", 10 de julio de 2025.
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En el primer juicio, a fines de 2021, la jueza Daniela Castaño había sancionado a los fleteros con penas de entre 3 y 6 años y 6 meses de prisión, tras considerarlos como parte de una asociación ilícita por hechos registrados entre noviembre de 2018 hasta mediados de 2020 cuando los acusados, invocando representación del Sindicato Único de Fleteros, seccional Bahía Blanca, supuestamente amenazaban y coaccionaban a choferes y dueños de camiones de transporte de cereales y fertilizantes ajenos a la ciudad, para obligarlos a contratar sus servicios o relacionados con ellos.

 

Luego de que en aquel primer juicio fueran condenados, el Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires resolvió bajar la calificación, por entender que no se trataba de una asociación ilícita y ordenó establecer el monto de las penas en función de los delitos por los cuales se los condenó. 

 

De tal manera que el Tribunal en lo Criminal N.° 3 estableció este 2 de mayo pasado las sentencias para cada uno de los implicados. 

 

A Mariano Martín Llafar se lo condenó como coautor del delito de coacción en dos hechos, coautor de tentativa de daño, dos hechos de daño y dos hechos de daño agravado a la pena de 3 años y 7 meses de prisión.

 

A Mario Raúl Aguiar como coautor y autor de coacción, daño, tenencia ilegal de arma de uso civil a 3 años y 5 meses de prisión.

 

A Carlos Rodrigo Ciucci se lo condenó como coautor del delito de tentativa de daño, dos hechos de coacción, dos hechos de daño y dos de daño agravado a la pena de 3 años y 2 meses de prisión.

 

Y a Pablo Andrés Halberg se lo consideró coautor del delito de dos hechos de coacción, daño y dos hechos de daño agravado a la pena de 3 años y 2 meses de prisión.

 

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