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Mayo 10, 2023

Condenan a un hombre a 34 años de prisión por abuso sexual a varias víctimas en Mercedes

El lunes 8 de mayo del corriente se dio a conocer el veredicto del Tribunal Oral en lo Criminal N.° 2 del Departamento Judicial Mercedes, en el marco del debate oral y público contra un hombre de 44 años oriundo de Carmen de Areco por abuso sexual agravado reiterado (tres víctimas), hechos ocurridos dentro del seno intrafamiliar del acusado entre los años 2001 y 2019

Colaboración Yesica Landola - Área Comunicacional - Ministerio Público Fiscal Dpto. Judicial Mercedes

Tras las respectivas denuncias de las víctimas tomó intervención la Unidad Funcional N.° 6 del Departamento Judicial Mercedes por lo que en su oportunidad se detuvo al imputado e instruyó la causa con los elementos necesarios para arribar a la etapa del debate oral, para lo cual se llevaron adelante una serie de pericias y medidas probatorias que sustentaron la acusación. 

 

Para los jueces Dres. Juan Tillet, Juan Manuel Renaud Más y Jorge Pablo Vieiro, la imputación sostenida por el fiscal de Juicio Dr. Adrián Landini fue legal y debidamente fundada.

 

De acuerdo a ello, los magistrados resolvieron por unanimidad condenar al imputado a la pena de 34 años de prisión, accesorias legales y costas del proceso al encontrarlo autor penalmente responsable de los delitos de “Abuso sexual agravado por mediar acceso carnal (hechos reiterados), calificado por ser cometido por el encargado de la guarda, en concurso ideal con promoción de la corrupción de menores agravada por la convivencia y por ser cometidas por el encargado de la guarda; abuso sexual agravado por configurar un sometimiento sexual gravemente ultrajante para la víctima en razón de sus circunstancias de realización, calificado por ser cometido por el encargado de la guarda; abuso sexual agravado por configurar un sometimiento gravemente ultrajante para la víctima en razón de su duración y circunstancias de realización, en concurso ideal con promoción de la corrupción de menores agravada; y desobediencia”.

 

Para arribar a dicha resolución se basaron en los diversos elementos que se adjuntaron a la causa, los cuales se ventilaron durante el debate oral llevado a cabo los días 19 y 27 de abril pasados.

 

 

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Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, "T. L., P. G. s/ Queja en causa N° 129.637 del Tribunal de Casación Penal, Sala IV", 21 de octubre de 2025
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Pensión honorífica de veterano de guerra. ANSES. Decreto n.° 2364/90. Ley n.° 23.848. Control de constitucionalidad. Principio de igualdad. Facultades reglamentarias. Retroactividad. Derecho previsional. Categoría sospechosa.
Juzgado Federal en lo Civ., Com. y Cont. Adm. N.° 1 de San Martín, Secretaría n.° 1, Sala II, “E., F. D. c/ ANSES s/ Reajustes varios”, 2 de octubre de 2025.
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Tras las respectivas denuncias de las víctimas tomó intervención la Unidad Funcional N.° 6 del Departamento Judicial Mercedes por lo que en su oportunidad se detuvo al imputado e instruyó la causa con los elementos necesarios para arribar a la etapa del debate oral, para lo cual se llevaron adelante una serie de pericias y medidas probatorias que sustentaron la acusación. 

 

Para los jueces Dres. Juan Tillet, Juan Manuel Renaud Más y Jorge Pablo Vieiro, la imputación sostenida por el fiscal de Juicio Dr. Adrián Landini fue legal y debidamente fundada.

 

De acuerdo a ello, los magistrados resolvieron por unanimidad condenar al imputado a la pena de 34 años de prisión, accesorias legales y costas del proceso al encontrarlo autor penalmente responsable de los delitos de “Abuso sexual agravado por mediar acceso carnal (hechos reiterados), calificado por ser cometido por el encargado de la guarda, en concurso ideal con promoción de la corrupción de menores agravada por la convivencia y por ser cometidas por el encargado de la guarda; abuso sexual agravado por configurar un sometimiento sexual gravemente ultrajante para la víctima en razón de sus circunstancias de realización, calificado por ser cometido por el encargado de la guarda; abuso sexual agravado por configurar un sometimiento gravemente ultrajante para la víctima en razón de su duración y circunstancias de realización, en concurso ideal con promoción de la corrupción de menores agravada; y desobediencia”.

 

Para arribar a dicha resolución se basaron en los diversos elementos que se adjuntaron a la causa, los cuales se ventilaron durante el debate oral llevado a cabo los días 19 y 27 de abril pasados.

 

 

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