• Inicio
  • Buscador
  • Noticias
    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos

    • Obras Jurídicas

  • Doctrina
  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en Materia Disciplinaria

  • Contacto
Dictámenes Resoluciones
  • Noticias Jurídicas

    Logo
  • Volver

  • Inicio
  • Noticias Jurídicas
Noviembre 06, 2023

Recurso extraordinario. Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Competencia federal. Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados. Prestaciones médicas de beneficiarios de la demandada en hospitales provinciales. Derecho público local. Normas de procedimiento. Lugar de cumplimiento de la obligación. Entidad de derecho público.

Corte Suprema de Justicia de la Nación, Expte. CCF 4007/2020/CS1-CA1, “Fisco de la Provincia de Buenos Aires (0040005013) c/ Instituto Nac. de Serv. Soc. para Jubilados y Pensionados s/ proceso de ejecución”, 10 de octubre de 2023

La Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal confirmó la decisión de primera instancia que había declarado de oficio la incompetencia de la justicia federal para conocer en la ejecución de una deuda que se atribuye al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP) por prestaciones médicas brindadas a sus beneficiarios por la provincia actora; y que había dispuesto el archivo de las actuaciones.

 

Los magistrados precisaron que la Provincia de Buenos Aires fundó la acción en el decreto-ley 9122/78, que prevé la competencia de los tribunales civiles y comerciales provinciales que correspondan al lugar de cumplimiento de la obligación -domicilio del Ministerio de Salud provincial- o en donde se encuentren los bienes afectados, para los apremios de naturaleza no tributaria (art. 3).

 

Entendieron, por lo tanto, que correspondía confirmar el criterio sostenido por el Juzgado Nacional en lo Civil y Comercial Federal N.° 11 en cuanto a la improcedencia del fuero federal invocado por la Provincia con sustento en el artículo 38 de la ley 23.661, en razón de que la solución del pleito dependerá de la aplicación de derecho público local.

 

Contra dicho pronunciamiento, el Fisco de la Provincia de Buenos Aires interpuso recurso extraordinario, que fue concedido con sustento en que fue denegado el fuero federal (fs. 30/38 y 42).

 

La Corte resolvió revocar la sentencia y declarar la competencia de la justicia nacional en lo civil y comercial federal. 

 

Explicó el Supremo que el recurso resultaba formalmente admisible pues, aunque las cuestiones de competencia no habilitan la instancia del artículo 14 de la ley 48 por no estar satisfecho el recaudo de sentencia definitiva, tal regla admite excepción en los asuntos en los cuales, como ocurre en el sub lite, media denegación del fuero federal

 

Señaló que, más allá de que la acción iniciada tuviera su origen en normas de procedimiento local, la demandada era una entidad de derecho público, con personalidad jurídica e individualidad financiera y administrativa, que está sometida al fuero federal, salvo cuando actúa como parte actora y opta por sujetarse al juicio de los tribunales ordinarios, lo cual no acontecía en la causa en la que el INSSJP era la accionada.

 

Por lo tanto, decidió que era competente la justicia civil y comercial federal para entender en la acción iniciada por la Provincia de Buenos Aires contra el INSSJP por deudas originadas en prestaciones médicas de beneficiarios de la demandada en hospitales provinciales, pues más allá de que la acción tuviera su origen en normas de procedimiento local, se advierte que la accionada es una entidad de derecho público, con personalidad jurídica e individualidad financiera y administrativa, que está sometida al fuero federal, salvo cuando actúa como parte actora y opta por sujetarse al juicio de los tribunales ordinarios.

 

DECSARGAR SENTENCIA

DESCARGAR DICTAMEN

Logo

Otras noticias destacadas

Competencia originaria. Usucapión. Dominio público. Terrenos aluvionales. Relleno antrópico. Accesión. Prescripción adquisitiva.
Corte Suprema de Justicia de la Nación, “Altamira S.A. c/ Buenos Aires, Provincia de s/ usucapión”, 4 de noviembre de 2025.
Importante procedimiento de decomiso y destrucción de estupefacientes en el Departamento Judicial de Quilmes.
En cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nacional n.° 23.737, el pasado 3 de noviembre del corriente año se llevó a cabo un importante operativo de decomiso y destrucción de estupefacientes en las instalaciones del Cementerio Parque de Ranelagh, dependiente del Municipio de Berazategui
Avellaneda: un hombre fue aprehendido por agredir físicamente a su pareja en un contexto de violencia de género
La Unidad de Prevención de Policía Local (UPPL) de Avellaneda, dependiente de la Superintendencia AMBA SUR I, aprehendió a un hombre, de 36 años, por el delito de lesiones agravadas por el vínculo y por haber sido cometidas en un contexto de violencia de género, en perjuicio de una mujer de 27 años
Derecho a la salud. Amparo. Obra social provincial. Prestaciones médicas. Discapacidad. Internación. Pericia médica. Cobertura integral. Recurso de apelación.
Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de San Nicolás, ““B., E. R. c/ Instituto Obra Médico Asistencial (IOMA) s/ amparo””, 26 de septiembre de 2025.
  • Inicio

  • Buscador

  • Noticias

    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos 2025

    • Cuadernos temáticos 2024

    • Cuadernos temáticos 2023

    • Cuadernos temáticos 2022

    • Cuadernos temáticos 2021

    • Cuadernos temáticos 2020

  • Doctrina

  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en Materia Disciplinaria

  • Contacto

  • Noticias Jurídicas

  • Logo
Noviembre 06, 2023

Recurso extraordinario. Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Competencia federal. Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados. Prestaciones médicas de beneficiarios de la demandada en hospitales provinciales. Derecho público local. Normas de procedimiento. Lugar de cumplimiento de la obligación. Entidad de derecho público.

Corte Suprema de Justicia de la Nación, Expte. CCF 4007/2020/CS1-CA1, “Fisco de la Provincia de Buenos Aires (0040005013) c/ Instituto Nac. de Serv. Soc. para Jubilados y Pensionados s/ proceso de ejecución”, 10 de octubre de 2023

La Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal confirmó la decisión de primera instancia que había declarado de oficio la incompetencia de la justicia federal para conocer en la ejecución de una deuda que se atribuye al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP) por prestaciones médicas brindadas a sus beneficiarios por la provincia actora; y que había dispuesto el archivo de las actuaciones.

 

Los magistrados precisaron que la Provincia de Buenos Aires fundó la acción en el decreto-ley 9122/78, que prevé la competencia de los tribunales civiles y comerciales provinciales que correspondan al lugar de cumplimiento de la obligación -domicilio del Ministerio de Salud provincial- o en donde se encuentren los bienes afectados, para los apremios de naturaleza no tributaria (art. 3).

 

Entendieron, por lo tanto, que correspondía confirmar el criterio sostenido por el Juzgado Nacional en lo Civil y Comercial Federal N.° 11 en cuanto a la improcedencia del fuero federal invocado por la Provincia con sustento en el artículo 38 de la ley 23.661, en razón de que la solución del pleito dependerá de la aplicación de derecho público local.

 

Contra dicho pronunciamiento, el Fisco de la Provincia de Buenos Aires interpuso recurso extraordinario, que fue concedido con sustento en que fue denegado el fuero federal (fs. 30/38 y 42).

 

La Corte resolvió revocar la sentencia y declarar la competencia de la justicia nacional en lo civil y comercial federal. 

 

Explicó el Supremo que el recurso resultaba formalmente admisible pues, aunque las cuestiones de competencia no habilitan la instancia del artículo 14 de la ley 48 por no estar satisfecho el recaudo de sentencia definitiva, tal regla admite excepción en los asuntos en los cuales, como ocurre en el sub lite, media denegación del fuero federal

 

Señaló que, más allá de que la acción iniciada tuviera su origen en normas de procedimiento local, la demandada era una entidad de derecho público, con personalidad jurídica e individualidad financiera y administrativa, que está sometida al fuero federal, salvo cuando actúa como parte actora y opta por sujetarse al juicio de los tribunales ordinarios, lo cual no acontecía en la causa en la que el INSSJP era la accionada.

 

Por lo tanto, decidió que era competente la justicia civil y comercial federal para entender en la acción iniciada por la Provincia de Buenos Aires contra el INSSJP por deudas originadas en prestaciones médicas de beneficiarios de la demandada en hospitales provinciales, pues más allá de que la acción tuviera su origen en normas de procedimiento local, se advierte que la accionada es una entidad de derecho público, con personalidad jurídica e individualidad financiera y administrativa, que está sometida al fuero federal, salvo cuando actúa como parte actora y opta por sujetarse al juicio de los tribunales ordinarios.

 

DECSARGAR SENTENCIA

DESCARGAR DICTAMEN

Logo

Otras noticias destacadas

Competencia originaria. Usucapión. Dominio público. Terrenos aluvionales. Relleno antrópico. Accesión. Prescripción adquisitiva.
Corte Suprema de Justicia de la Nación, “Altamira S.A. c/ Buenos Aires, Provincia de s/ usucapión”, 4 de noviembre de 2025.
Importante procedimiento de decomiso y destrucción de estupefacientes en el Departamento Judicial de Quilmes.
En cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nacional n.° 23.737, el pasado 3 de noviembre del corriente año se llevó a cabo un importante operativo de decomiso y destrucción de estupefacientes en las instalaciones del Cementerio Parque de Ranelagh, dependiente del Municipio de Berazategui
Avellaneda: un hombre fue aprehendido por agredir físicamente a su pareja en un contexto de violencia de género
La Unidad de Prevención de Policía Local (UPPL) de Avellaneda, dependiente de la Superintendencia AMBA SUR I, aprehendió a un hombre, de 36 años, por el delito de lesiones agravadas por el vínculo y por haber sido cometidas en un contexto de violencia de género, en perjuicio de una mujer de 27 años
Derecho a la salud. Amparo. Obra social provincial. Prestaciones médicas. Discapacidad. Internación. Pericia médica. Cobertura integral. Recurso de apelación.
Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de San Nicolás, ““B., E. R. c/ Instituto Obra Médico Asistencial (IOMA) s/ amparo””, 26 de septiembre de 2025.

CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Jurídicas
Noticias Académicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en:
Jurisprudencia Nacional
Jurisprudencia Provincial
Actualidad en:
Normativa Nacional
Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Lejister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar



CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Académicas
Noticias Jurídicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en Jurisprudencia Nacional
Actualidad en Jurisprudencia Provincial
Actualidad en Normativa Nacional
Actualidad en Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Legister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar