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Enero 10, 2024

Inconstitucionalidad. Art. 267 y 269 Decreto de Necesidad y Urgencia N.° 70/2023. Ley N.° 26682. Servicios de Salud. Derecho a la Salud. Amparo Colectivo. Orden Público.

Juzgado Civil y Comercial y Federal N.°3, “Wilson, Eduardo Santiago c/Estado Nacional Poder Ejecutivo Nacional s/ Amparo”, 29 de diciembre de 2023.

El día 29 de diciembre, el Juzgado Civil y Comercial Federal N.° 3, admitió un amparo colectivo presentado contra el Decreto de Necesidad y Urgencia N.° 70/23, ordenando la correspondiente inscripción en el Registro de Procesos Colectivos.

 

El actor había planteado la inconstitucionalidad de los art. 267 y 269 del mencionado Decreto en su carácter de asociado a una empresa de medicina prepaga y requirió hasta tanto se dicte la sentencia definitiva, se disponga una medida de no innovar.

 

El Juez Juan Rafael Stinco analizó que en el caso objeto de estudio, se encontraba tutelado el bien jurídico “Salud”, que por su propia naturaleza es colectivo, toda vez que pertenece a toda la comunidad, siendo indivisible y no admitiendo exclusión. 

 

Por otra parte, trajo a colación lo dicho por la Corte Suprema de Justicia de la Nación respecto de la acción de amparo contemplada en el art. 43 de la Constitución Nacional. En ese sentido, el Juzgado recordó que esta acción es el procedimiento judicial simple y breve para tutelar verdaderamente los derechos consagrados en la CN, cuyo objeto es la efectiva protección de los mismos, y la salvaguarda del derecho fundamental de la vida y de la salud. 

 

Posteriormente, el Juez destacó que teniendo en cuenta que el DNU en cuestión modifica normas de materias muy diversas, el control judicial debe realizarse en relación a cada materia en concreto, ya que las decisiones sobre su validez pueden ser diferentes según el caso. 

 

En ese orden de ideas, se recordó también la doctrina de la CSJN, de la que resulta que el fuero Civil y Comercial Federal es el competente en cuestiones en que se hallan en juego normas y principios institucionales y constitucionales del sistema de salud implementado por el Estado Nacional, que incluye a las obras sociales y empresas privadas de prestaciones médicas. 

 

Por todo lo expuesto, se resolvió admitir tratar la acción como un amparo colectivo en los términos del art. 43 de la CN. 

 

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Detención por homicidio agravado por el vínculo: se efectivizaron dos allanamientos en el marco de la investigación por femicidio
Texto: Personal de la Comisaría 5ta de Wilde, dependiente de la Policía Departamental de Seguridad Avellaneda (S.R. AMBA SUR I), llevó a cabo la efectivización de dos órdenes de allanamiento dispuestas en el marco de la Investigación Penal Preparatoria n.° 20-00-017479-24, caratulada “Homicidio agravado por el vínculo (femicidio)”, con intervención de la Unidad Funcional de Instrucción n.° 2 de Avellaneda, a cargo de la Dra. Carballal.
Tres personas aprehendidas por tentativa de ingreso a finca y secuestro de herramientas de forzamiento
Personal del Comando de Patrullas Avellaneda, perteneciente a la Policía Departamental de Seguridad Avellaneda (S.R. AMBA SUR I), logró la aprehensión de tres personas mayores de edad en el marco de una causa por averiguación de ilícito, bajo la modalidad de ingreso a finca, hecho que fuera advertido a través del sistema de monitoreo urbano.
Libertad condicional. Inconstitucionalidad. Artículo 14 inc. 10 del Código Penal. Ley n.° 27.375. Tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Narcomenudeo. Ejecución penal. Principio de igualdad. Progresividad de la pena. Resocialización. Derechos Humanos. Convención Americana sobre Derechos Humanos. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
Tribunal de Casación Penal de La Plata, Sala V, “S. S. V. I. s/ Recurso de Casación”, 25 de junio de 2025
Competencia originaria. Amparo por salud. Programa Federal Incluir Salud. Provincia de Entre Ríos. Renuncia tácita de jurisdicción. Artículo 117 Constitución Nacional. Ley n.° 16.986. Derecho a la salud. Vida digna. Tratados internacionales de Derechos Humanos. Discapacidad. Leyes n.° 22.431, 23.660, 23.661 y 24.901. Agencia Nacional de Discapacidad. Prórroga de jurisdicción.
Corte Suprema de Justicia de la Nación, “Giménez, Mirta Raquel c/ Programa Federal Incluir Salud y otro s/ amparo ley 16.986”, 25 de junio de 2025”
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