• Inicio
  • Buscador
  • Noticias
    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos

    • Obras Jurídicas

  • Doctrina
  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en materia disciplinaria

  • Contacto
Dictámenes Resoluciones
  • Noticias Jurídicas

    Logo
  • Volver

  • Inicio
  • Noticias Jurídicas
Enero 12, 2024

Responsabilidad. Peligro. Riesgo o Vicio de la cosa. Indemnización. Perjuicios. Agravios. Poder de Policía. Deber de Seguridad. Reparación. Acreditación.

Cámara Nacional Civil Capital Federal, “Klein, Enrique c/ Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires s/ Daños y Perjuicios”, 14 de diciembre de 2023.

Los hechos que dieron origen al caso, sucedieron cuando el actor - al bajar de las escaleras de un Centro de Gestión y Participación- resbaló a causa de granos de arroz que se encontraban en el piso. Esto provocó su caída y lesiones gravísimas, teniendo que ser trasladado e intervenido quirúrgicamente. 

 

La Cámara analizó que resulta aplicable al caso el artículo 1757 del Código Civil y Comercial de la Nación que dispone que: “Toda persona responde por el daño causado por el riesgo o vicio de las cosas, o de las actividades que sean riesgosas o peligrosas por su naturaleza, por los medios empleados o por las circunstancias de su realización. La responsabilidad es objetiva. No son eximentes la autorización administrativa para el uso de la cosa o la realización de la actividad, ni el cumplimiento de las técnicas de prevención”.

 

En ese sentido el Tribunal entendió que los daños fueron causados por el riesgo o vicio de la cosa, y que la víctima logró cumplir con la carga de probar la relación causal entre el daño sufrido y la intervención de la cosa, toda vez que existían suficientes elementos probatorios para tener acreditado el hecho. 

 

En ese mismo orden de ideas, se destacó que el Gobierno de la Ciudad omitió su deber de seguridad para evitar que la cosa inerte se tornase un peligro para terceros, y en consecuencia es responsable por los daños y perjuicios padecidos por la parte actora. El Tribunal señaló que el Estado se encuentra obligado a adoptar medidas atinentes a la prevención de riesgos de accidentes de quienes ingresen en los edificios públicos, en este caso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 

 

Por lo expuesto, en la sentencia se concluyó que quedó probado que el Gobierno de la Ciudad no ejerció el poder de policía de forma adecuada, lo que provocó un daño y perjuicio que debe ser reparado, confirmando así lo manifestado por el magistrado de primera instancia. 

 

Por último, el Tribunal analizó las cuestiones de partidas indemnizatorias, la franquicia, la tasa de interés, las costas, entre otras cosas, declarando desiertos los recursos respectos de algunas cuestiones. 


DESCARGAR SENTENCIA

Logo

Otras noticias destacadas

Allanamientos por robo tipo escruche
Recuperaron objetos robados en dos departamentos de Gerli tras dos allanamientos: una consola de videojuegos, dos joysticks y un celular.
Amparo. DNU N.° 340/25. Marina Mercante. Inconstitucionalidad. división de poderes. Libertad sindical. Medida cautelar. Competencia de la Justicia Nacional del Trabajo. Defensa del Estado. Inhibitoria. Improcedencia de cuestiones de competencia en amparo. Derecho colectivo del trabajo. Legitimación activa de la CGT. Vía procesal adecuada. Arbitrariedad e ilegalidad manifiesta. Evaluación de la urgencia del DNU. Suspensión de artículos impugnados. Protección de derechos fundamentales. Otorgamiento de medida cautelar.
Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo n.º 3, Expte 19024/2025, “Confederación General del Trabajo de la República Argentina c/ Poder Ejecutivo Nacional s/ Acción de Amparo”, 2 de junio de 2025
Condena a 20 años de prisión por abusar de su hija y distribuir material de abuso infantil
Luego de que un jurado popular declarara culpable a un hombre por abusar de su hija, el juez Hugo De Rosa -integrante del Tribunal en lo Criminal n.º 1- lo condenó a la pena de 20 años de prisión, por este hecho y por la tenencia y distribución de material de abuso sexual infantil.
Robo en una vivienda de Lanús a una pareja de adultos mayores
Una pareja de adultos mayores fue víctima de un violento robo durante la madrugada del pasado domingo 1 de junio, en una vivienda ubicada sobre la calle Chaco al 3400, en Lanús Oeste. Los asaltantes irrumpieron mientras las víctimas dormían, las maniataron y se llevaron varias armas de fuego y electrodomésticos.
  • Inicio

  • Buscador

  • Noticias

    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos 2024

    • Cuadernos temáticos 2023

    • Cuadernos temáticos 2022

    • Cuadernos temáticos 2021

    • Cuadernos temáticos 2020

    • Cuadernos temáticos 2019

  • Doctrina

  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en materia disciplinaria

  • Contacto

  • Noticias Jurídicas

  • Logo
Enero 12, 2024

Responsabilidad. Peligro. Riesgo o Vicio de la cosa. Indemnización. Perjuicios. Agravios. Poder de Policía. Deber de Seguridad. Reparación. Acreditación.

Cámara Nacional Civil Capital Federal, “Klein, Enrique c/ Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires s/ Daños y Perjuicios”, 14 de diciembre de 2023.

Los hechos que dieron origen al caso, sucedieron cuando el actor - al bajar de las escaleras de un Centro de Gestión y Participación- resbaló a causa de granos de arroz que se encontraban en el piso. Esto provocó su caída y lesiones gravísimas, teniendo que ser trasladado e intervenido quirúrgicamente. 

 

La Cámara analizó que resulta aplicable al caso el artículo 1757 del Código Civil y Comercial de la Nación que dispone que: “Toda persona responde por el daño causado por el riesgo o vicio de las cosas, o de las actividades que sean riesgosas o peligrosas por su naturaleza, por los medios empleados o por las circunstancias de su realización. La responsabilidad es objetiva. No son eximentes la autorización administrativa para el uso de la cosa o la realización de la actividad, ni el cumplimiento de las técnicas de prevención”.

 

En ese sentido el Tribunal entendió que los daños fueron causados por el riesgo o vicio de la cosa, y que la víctima logró cumplir con la carga de probar la relación causal entre el daño sufrido y la intervención de la cosa, toda vez que existían suficientes elementos probatorios para tener acreditado el hecho. 

 

En ese mismo orden de ideas, se destacó que el Gobierno de la Ciudad omitió su deber de seguridad para evitar que la cosa inerte se tornase un peligro para terceros, y en consecuencia es responsable por los daños y perjuicios padecidos por la parte actora. El Tribunal señaló que el Estado se encuentra obligado a adoptar medidas atinentes a la prevención de riesgos de accidentes de quienes ingresen en los edificios públicos, en este caso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 

 

Por lo expuesto, en la sentencia se concluyó que quedó probado que el Gobierno de la Ciudad no ejerció el poder de policía de forma adecuada, lo que provocó un daño y perjuicio que debe ser reparado, confirmando así lo manifestado por el magistrado de primera instancia. 

 

Por último, el Tribunal analizó las cuestiones de partidas indemnizatorias, la franquicia, la tasa de interés, las costas, entre otras cosas, declarando desiertos los recursos respectos de algunas cuestiones. 


DESCARGAR SENTENCIA

Logo

Otras noticias destacadas

Allanamientos por robo tipo escruche
Recuperaron objetos robados en dos departamentos de Gerli tras dos allanamientos: una consola de videojuegos, dos joysticks y un celular.
Amparo. DNU N.° 340/25. Marina Mercante. Inconstitucionalidad. división de poderes. Libertad sindical. Medida cautelar. Competencia de la Justicia Nacional del Trabajo. Defensa del Estado. Inhibitoria. Improcedencia de cuestiones de competencia en amparo. Derecho colectivo del trabajo. Legitimación activa de la CGT. Vía procesal adecuada. Arbitrariedad e ilegalidad manifiesta. Evaluación de la urgencia del DNU. Suspensión de artículos impugnados. Protección de derechos fundamentales. Otorgamiento de medida cautelar.
Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo n.º 3, Expte 19024/2025, “Confederación General del Trabajo de la República Argentina c/ Poder Ejecutivo Nacional s/ Acción de Amparo”, 2 de junio de 2025
Condena a 20 años de prisión por abusar de su hija y distribuir material de abuso infantil
Luego de que un jurado popular declarara culpable a un hombre por abusar de su hija, el juez Hugo De Rosa -integrante del Tribunal en lo Criminal n.º 1- lo condenó a la pena de 20 años de prisión, por este hecho y por la tenencia y distribución de material de abuso sexual infantil.
Robo en una vivienda de Lanús a una pareja de adultos mayores
Una pareja de adultos mayores fue víctima de un violento robo durante la madrugada del pasado domingo 1 de junio, en una vivienda ubicada sobre la calle Chaco al 3400, en Lanús Oeste. Los asaltantes irrumpieron mientras las víctimas dormían, las maniataron y se llevaron varias armas de fuego y electrodomésticos.

CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Jurídicas
Noticias Académicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en:
Jurisprudencia Nacional
Jurisprudencia Provincial
Actualidad en:
Normativa Nacional
Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Lejister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar



CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Académicas
Noticias Jurídicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en Jurisprudencia Nacional
Actualidad en Jurisprudencia Provincial
Actualidad en Normativa Nacional
Actualidad en Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Legister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar