• Inicio
  • Buscador
  • Noticias
    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos

    • Obras Jurídicas

  • Doctrina
  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en Materia Disciplinaria

  • Contacto
Dictámenes Resoluciones
  • Noticias Jurídicas

    Logo
  • Volver

  • Inicio
  • Noticias Jurídicas
Marzo 21, 2024

Tribunal de Justicia. Unión europea. Derecho laboral. Compensación económica. Vacaciones no gozadas. Política social. Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Término de la relación laboral. Caso de renuncia voluntaria de un empleado público. Control del gasto público.

Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Primera), Asunto C-218/22, “BU vs Comune di Copertino, 18 de enero de 2024

La petición se centra en la interpretación del artículo 7 de la Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la ordenación del tiempo de trabajo, así como del artículo 31, apartado 2, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. En el caso, surge en un litigio entre un antiguo empleado público italiano y el Ayuntamiento de Copertino sobre la compensación económica por días de vacaciones no disfrutados tras la renuncia voluntaria del empleado para acogerse a la jubilación anticipada. 

 

Un empleado público trabajó como director gerente para el Ayuntamiento de Copertino (Italia) desde febrero de 1992 hasta octubre de 2016. Dimitió para acogerse a la jubilación anticipada y solicitó una compensación económica por los 79 días de vacaciones anuales retribuidas no disfrutados durante su relación laboral. El Ayuntamiento de Copertino, invocando la norma establecida en la legislación italiana según la cual los empleados públicos no tienen derecho en ningún caso a una compensación económica en lugar de los días de vacaciones anuales retribuidas no disfrutados al término de la relación laboral, se opuso a dicha pretensión.

 

El órgano jurisdiccional italiano que conoce del litigio entre el empleado público y el Ayuntamiento de Copertino alberga dudas acerca de la compatibilidad de esta norma con el Derecho de la Unión. Según la Directiva sobre el tiempo de trabajo, el trabajador que no haya tenido la posibilidad de disfrutar de todos sus derechos a vacaciones anuales retribuidas antes de que finalice su relación laboral tendrá derecho a una compensación económica en concepto de vacaciones anuales retribuidas no disfrutadas.

 

En su sentencia, el Tribunal de Justicia de la UE confirma que el Derecho de la Unión se opone a una normativa nacional que prohíbe el pago a un trabajador de una compensación económica por los días de vacaciones anuales retribuidas no disfrutados cuando dicho trabajador pone fin voluntariamente a su relación laboral. Sostiene que el trabajador que no haya podido disfrutar de todos los días de sus vacaciones anuales retribuidas antes de dimitir tiene derecho a una compensación económica. Los Estados miembros no pueden limitar este derecho por motivos relacionados con el control del gasto público

 

En cuanto a los objetivos perseguidos por el legislador italiano al adoptar la normativa nacional controvertida, el Tribunal de Justicia señala que el derecho de los trabajadores a vacaciones anuales retribuidas, incluida su eventual sustitución por una compensación económica, no puede subordinarse a consideraciones de carácter puramente económico, como el control del gasto público. Por el contrario, el Tribunal de Justicia declara que el objetivo vinculado a las necesidades organizativas del empleador público para la planificación racional del período de vacaciones responde efectivamente a la finalidad de la Directiva, que es permitir el descanso de los trabajadores, fomentando al mismo tiempo el disfrute de sus días de vacaciones. 

 

Así pues, el Tribunal de Justicia concluye que el único caso en que el Derecho de la Unión no se opone a la pérdida de ese derecho es aquel en que el trabajador se haya abstenido deliberadamente de disfrutar de sus días de vacaciones, pese a que el empleador le haya animado a hacerlo informándole del riesgo de perderlos al término de un período de referencia o de prórroga autorizado. 

 

De ello se deduce que, si el empleador no puede acreditar que ejerció toda la diligencia debida para garantizar que el trabajador pudiera disfrutar efectivamente de los días de vacaciones anuales retribuidas a los que tenía derecho, extremo que corresponde comprobar al tribunal italiano, procede declarar que el derecho a esas vacaciones se extingue al término del período de referencia o de prórroga autorizado y, en caso de extinción de la relación laboral, la correlativa inexistencia de compensación económica por los días de vacaciones anuales no disfrutados infringe, respectivamente, el artículo 7, apartados 1 y 2, de la Directiva y el artículo 31, apartado 2, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

 

DESCARGAR SENTENCIA

Logo

Otras noticias destacadas

Corte Interamericana de Derechos Humanos. Opinión Consultiva. Derecho al cuidado. Autonomía personal. Igualdad sustantiva. Derechos interdependientes. Derecho a cuidar. Derecho a ser cuidado. Derecho al autocuidado. Corresponsabilidad social. Políticas públicas. Sistemas integrales de cuidado. Grupos vulnerables. Enfoque interseccional. Obligaciones estatales. Exigibilidad judicial.
Corte Interamericana de Derechos Humanos, “Opinión Consultiva OC-31/25”, 12 de junio de 2025 solicitada por la República Argentina.
Bahía Blanca: condena en juicio abreviado por distribución agravada de material de abuso sexual infantil
A instancias del Ministerio Público Fiscal, el Tribunal Oral en lo Criminal n.° 1 dictó sentencia condenatoria —en el marco de un juicio abreviado— contra una persona adulta por cinco hechos de distribución y/o facilitación de representaciones de menores de 18 años en actividades sexuales explícitas, agravados por tratarse de víctimas menores de 13 años, en concurso real. La pena impuesta fue de cuatro (4) años y seis (6) meses de prisión, con accesorias legales
Avellaneda: dos aprehendidos por encubrimiento tras hallazgo de motocicleta con pedido activo
En un operativo coordinado por la Unidad de Prevención de la Policía Local (UPPL) de Avellaneda, y bajo la dirección de la Unidad Funcional de Instrucción n.° 3 del Departamento Judicial Avellaneda–Lanús, se procedió a la aprehensión de dos personas adultas por el delito de encubrimiento, tras el secuestro de un motovehículo que presentaba pedido de secuestro activo
Ministerio Público Fiscal. Defensa del consumidor. Intervención. Competencia. Autonomía funcional. Legalidad. Interés general. Artículo 120 Constitución Nacional. Artículo 52 Ley n.° 24.240. Ley n.° 27.148. Daño punitivo. Asimetría. Proceso sumarísimo. Arbitrariedad de sentencia.
Corte Suprema de Justicia de la Nación, “Cáceres Carrera, Facundo Ariel y otro c/ Ford Argentina S.C.A. y otro s/ sumarísimo”, 7 de agosto de 2025
  • Inicio

  • Buscador

  • Noticias

    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos 2025

    • Cuadernos temáticos 2024

    • Cuadernos temáticos 2023

    • Cuadernos temáticos 2022

    • Cuadernos temáticos 2021

    • Cuadernos temáticos 2020

  • Doctrina

  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en Materia Disciplinaria

  • Contacto

  • Noticias Jurídicas

  • Logo
Marzo 21, 2024

Tribunal de Justicia. Unión europea. Derecho laboral. Compensación económica. Vacaciones no gozadas. Política social. Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Término de la relación laboral. Caso de renuncia voluntaria de un empleado público. Control del gasto público.

Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Primera), Asunto C-218/22, “BU vs Comune di Copertino, 18 de enero de 2024

La petición se centra en la interpretación del artículo 7 de la Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la ordenación del tiempo de trabajo, así como del artículo 31, apartado 2, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. En el caso, surge en un litigio entre un antiguo empleado público italiano y el Ayuntamiento de Copertino sobre la compensación económica por días de vacaciones no disfrutados tras la renuncia voluntaria del empleado para acogerse a la jubilación anticipada. 

 

Un empleado público trabajó como director gerente para el Ayuntamiento de Copertino (Italia) desde febrero de 1992 hasta octubre de 2016. Dimitió para acogerse a la jubilación anticipada y solicitó una compensación económica por los 79 días de vacaciones anuales retribuidas no disfrutados durante su relación laboral. El Ayuntamiento de Copertino, invocando la norma establecida en la legislación italiana según la cual los empleados públicos no tienen derecho en ningún caso a una compensación económica en lugar de los días de vacaciones anuales retribuidas no disfrutados al término de la relación laboral, se opuso a dicha pretensión.

 

El órgano jurisdiccional italiano que conoce del litigio entre el empleado público y el Ayuntamiento de Copertino alberga dudas acerca de la compatibilidad de esta norma con el Derecho de la Unión. Según la Directiva sobre el tiempo de trabajo, el trabajador que no haya tenido la posibilidad de disfrutar de todos sus derechos a vacaciones anuales retribuidas antes de que finalice su relación laboral tendrá derecho a una compensación económica en concepto de vacaciones anuales retribuidas no disfrutadas.

 

En su sentencia, el Tribunal de Justicia de la UE confirma que el Derecho de la Unión se opone a una normativa nacional que prohíbe el pago a un trabajador de una compensación económica por los días de vacaciones anuales retribuidas no disfrutados cuando dicho trabajador pone fin voluntariamente a su relación laboral. Sostiene que el trabajador que no haya podido disfrutar de todos los días de sus vacaciones anuales retribuidas antes de dimitir tiene derecho a una compensación económica. Los Estados miembros no pueden limitar este derecho por motivos relacionados con el control del gasto público

 

En cuanto a los objetivos perseguidos por el legislador italiano al adoptar la normativa nacional controvertida, el Tribunal de Justicia señala que el derecho de los trabajadores a vacaciones anuales retribuidas, incluida su eventual sustitución por una compensación económica, no puede subordinarse a consideraciones de carácter puramente económico, como el control del gasto público. Por el contrario, el Tribunal de Justicia declara que el objetivo vinculado a las necesidades organizativas del empleador público para la planificación racional del período de vacaciones responde efectivamente a la finalidad de la Directiva, que es permitir el descanso de los trabajadores, fomentando al mismo tiempo el disfrute de sus días de vacaciones. 

 

Así pues, el Tribunal de Justicia concluye que el único caso en que el Derecho de la Unión no se opone a la pérdida de ese derecho es aquel en que el trabajador se haya abstenido deliberadamente de disfrutar de sus días de vacaciones, pese a que el empleador le haya animado a hacerlo informándole del riesgo de perderlos al término de un período de referencia o de prórroga autorizado. 

 

De ello se deduce que, si el empleador no puede acreditar que ejerció toda la diligencia debida para garantizar que el trabajador pudiera disfrutar efectivamente de los días de vacaciones anuales retribuidas a los que tenía derecho, extremo que corresponde comprobar al tribunal italiano, procede declarar que el derecho a esas vacaciones se extingue al término del período de referencia o de prórroga autorizado y, en caso de extinción de la relación laboral, la correlativa inexistencia de compensación económica por los días de vacaciones anuales no disfrutados infringe, respectivamente, el artículo 7, apartados 1 y 2, de la Directiva y el artículo 31, apartado 2, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

 

DESCARGAR SENTENCIA

Logo

Otras noticias destacadas

Corte Interamericana de Derechos Humanos. Opinión Consultiva. Derecho al cuidado. Autonomía personal. Igualdad sustantiva. Derechos interdependientes. Derecho a cuidar. Derecho a ser cuidado. Derecho al autocuidado. Corresponsabilidad social. Políticas públicas. Sistemas integrales de cuidado. Grupos vulnerables. Enfoque interseccional. Obligaciones estatales. Exigibilidad judicial.
Corte Interamericana de Derechos Humanos, “Opinión Consultiva OC-31/25”, 12 de junio de 2025 solicitada por la República Argentina.
Bahía Blanca: condena en juicio abreviado por distribución agravada de material de abuso sexual infantil
A instancias del Ministerio Público Fiscal, el Tribunal Oral en lo Criminal n.° 1 dictó sentencia condenatoria —en el marco de un juicio abreviado— contra una persona adulta por cinco hechos de distribución y/o facilitación de representaciones de menores de 18 años en actividades sexuales explícitas, agravados por tratarse de víctimas menores de 13 años, en concurso real. La pena impuesta fue de cuatro (4) años y seis (6) meses de prisión, con accesorias legales
Avellaneda: dos aprehendidos por encubrimiento tras hallazgo de motocicleta con pedido activo
En un operativo coordinado por la Unidad de Prevención de la Policía Local (UPPL) de Avellaneda, y bajo la dirección de la Unidad Funcional de Instrucción n.° 3 del Departamento Judicial Avellaneda–Lanús, se procedió a la aprehensión de dos personas adultas por el delito de encubrimiento, tras el secuestro de un motovehículo que presentaba pedido de secuestro activo
Ministerio Público Fiscal. Defensa del consumidor. Intervención. Competencia. Autonomía funcional. Legalidad. Interés general. Artículo 120 Constitución Nacional. Artículo 52 Ley n.° 24.240. Ley n.° 27.148. Daño punitivo. Asimetría. Proceso sumarísimo. Arbitrariedad de sentencia.
Corte Suprema de Justicia de la Nación, “Cáceres Carrera, Facundo Ariel y otro c/ Ford Argentina S.C.A. y otro s/ sumarísimo”, 7 de agosto de 2025

CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Jurídicas
Noticias Académicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en:
Jurisprudencia Nacional
Jurisprudencia Provincial
Actualidad en:
Normativa Nacional
Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Lejister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar



CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Académicas
Noticias Jurídicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en Jurisprudencia Nacional
Actualidad en Jurisprudencia Provincial
Actualidad en Normativa Nacional
Actualidad en Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Legister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar