• Inicio
  • Buscador
  • Noticias
    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos

    • Obras Jurídicas

  • Doctrina
  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en materia disciplinaria

  • Contacto
Dictámenes Resoluciones
  • Noticias Jurídicas

    Logo
  • Volver

  • Inicio
  • Noticias Jurídicas
Agosto 09, 2024

Registro de la Propiedad automotor. Resolución N.° 133/24 Ministerio de Justicia. Nulidad absoluta. Legitimación activa. Caso o causa. Acto administrativo de alcance general. Amparo. Vía excepcional. Dictamen. Servicio Jurídico permanente.

Juzgado Contencioso Administrativo Federal N.° 5, “Asociación Argentina de Encargados de Registros de la Propiedad Automotor y otros c/ EN-M Justicia – Resol 133/24 s/ Amparo Ley 16986”, 6 de agosto de 2024.

La Asociación Argentina de Encargados de Registros de la Propiedad Automotor planteó la nulidad de la Resolución N.° 133/24 del Ministerio de Justicia por considerarla poseedora de vicios de nulidad absoluta e insanable en el marco de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos (LNPA), particularmente en lo que respecta al art. 2, que regula los emolumentos que perciben los encargados de Registros de la Propiedad Automotor.

 

El Estado Nacional se presentó solicitando se rechace tal planteo por la inexistencia de caso o controversia, toda vez que señaló que la actora no tenía legitimación activa y la demanda era general y abstracta, sin existir daño concreto y específico.

 

El Juzgado analizó en primer lugar la existencia de caso o causa, toda vez que su comprobación es ineludible para habilitar la intervención del Poder Judicial, en el marco del art. 116 de la Constitución Nacional. En este caso, entendió que existía un interés concreto y real para reclamar, que radicaba en la posible afectación de los emolumentos de los actores con motivo de haberse dejado sin efecto la Resolución N.° 122/24.

 

Respecto de la vía de amparo, el Juez consideró que era improcedente toda vez que la resolución que se impugna revistía el carácter de un acto administrativo de alcance general, para lo cual la LNPA ya estableció un régimen específico para habilitar la vía judicial. En ese sentido, sostuvo que el amparo no era la vía idónea toda vez que no se pueden suplantar procedimientos establecidos por el legislador de forma específica, con el sustento en la tutela de supuestos derechos constitucionales vulnerados. Asimismo, afirmó que la actora debió demostrar que su pretensión no encontraba tutela adecuada en procedimientos ordinarios, y que no se advertía la existencia de circunstancias graves e impostergables que ameritaran la vía excepcional del amparo.

 

Por otra parte, el Juzgado puso de relieve que tampoco se acreditó la alteración de la ecuación económica financiera de sus emolumentos, como planteó la parte actora. En tal sentido, remarcó que tampoco era procedente el amparo porque no surgía en el caso arbitrariedad o ilegalidad manifiesta sino que ser requería mayor debate y aporte probatorio.

 

Por último, respecto del planteo de falta de dictamen del servicio jurídico permanente, el Juez recordó la “teoría de la subsanación judicial” por la que se considera que la vulneración en sede administrativa del debido proceso adjetivo es subsanable en sede administrativa en instancia recursiva, o en sede judicial si en esa oportunidad el particular tiene ocasión de ejercer la defensa de sus derechos.

 

Por todo lo expuesto, consideró que correspondía rechazar la acción de amparo.

 

DESCARGAR SENTENCIA

Logo

Otras noticias destacadas

Aprehendida una mujer por hurto bajo la modalidad "viuda negra" en Florencio Varela
Personal policial realizó dos allanamientos y detuvo a una cuidadora acusada de sustraer una notebook, teléfonos y objetos personales a la víctima, a quien habría drogado para facilitar el robo. En los operativos se secuestraron varios elementos vinculados al delito.
Acción de amparo. DNU n.° 340/2025. Artículo 3. Derecho de huelga. Libertad sindical. Medida cautelar. Verosimilitud del derecho. Peligro en la demora. Justicia Nacional del Trabajo. Legitimación activa. Suspensión de efectos. Competencia. Justicia Nacional del Trabajo. Personería gremial. Legitimación activa. Sindicatos. Derechos colectivos. Tutela judicial. Suspensión de efectos
Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo n.° 3, Expte. 19424/2025, “Asociación Trabajadores del Estado (en adelante A.T.E.) c/ Poder Ejecutivo de la Nación s / acción de amparo”, 2 de junio de 2025
Tres hombres fueron aprehendidos en Avellaneda por tenencia ilegal de arma de fuego y marihuana
El procedimiento se realizó tras ser detectados por las cámaras de monitoreo cuando manipulaban un arma en la vía pública.
Allanamientos por robo tipo escruche
Recuperaron objetos robados en dos departamentos de Gerli tras dos allanamientos: una consola de videojuegos, dos joysticks y un celular.
  • Inicio

  • Buscador

  • Noticias

    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos 2024

    • Cuadernos temáticos 2023

    • Cuadernos temáticos 2022

    • Cuadernos temáticos 2021

    • Cuadernos temáticos 2020

    • Cuadernos temáticos 2019

  • Doctrina

  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en materia disciplinaria

  • Contacto

  • Noticias Jurídicas

  • Logo
Agosto 09, 2024

Registro de la Propiedad automotor. Resolución N.° 133/24 Ministerio de Justicia. Nulidad absoluta. Legitimación activa. Caso o causa. Acto administrativo de alcance general. Amparo. Vía excepcional. Dictamen. Servicio Jurídico permanente.

Juzgado Contencioso Administrativo Federal N.° 5, “Asociación Argentina de Encargados de Registros de la Propiedad Automotor y otros c/ EN-M Justicia – Resol 133/24 s/ Amparo Ley 16986”, 6 de agosto de 2024.

La Asociación Argentina de Encargados de Registros de la Propiedad Automotor planteó la nulidad de la Resolución N.° 133/24 del Ministerio de Justicia por considerarla poseedora de vicios de nulidad absoluta e insanable en el marco de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos (LNPA), particularmente en lo que respecta al art. 2, que regula los emolumentos que perciben los encargados de Registros de la Propiedad Automotor.

 

El Estado Nacional se presentó solicitando se rechace tal planteo por la inexistencia de caso o controversia, toda vez que señaló que la actora no tenía legitimación activa y la demanda era general y abstracta, sin existir daño concreto y específico.

 

El Juzgado analizó en primer lugar la existencia de caso o causa, toda vez que su comprobación es ineludible para habilitar la intervención del Poder Judicial, en el marco del art. 116 de la Constitución Nacional. En este caso, entendió que existía un interés concreto y real para reclamar, que radicaba en la posible afectación de los emolumentos de los actores con motivo de haberse dejado sin efecto la Resolución N.° 122/24.

 

Respecto de la vía de amparo, el Juez consideró que era improcedente toda vez que la resolución que se impugna revistía el carácter de un acto administrativo de alcance general, para lo cual la LNPA ya estableció un régimen específico para habilitar la vía judicial. En ese sentido, sostuvo que el amparo no era la vía idónea toda vez que no se pueden suplantar procedimientos establecidos por el legislador de forma específica, con el sustento en la tutela de supuestos derechos constitucionales vulnerados. Asimismo, afirmó que la actora debió demostrar que su pretensión no encontraba tutela adecuada en procedimientos ordinarios, y que no se advertía la existencia de circunstancias graves e impostergables que ameritaran la vía excepcional del amparo.

 

Por otra parte, el Juzgado puso de relieve que tampoco se acreditó la alteración de la ecuación económica financiera de sus emolumentos, como planteó la parte actora. En tal sentido, remarcó que tampoco era procedente el amparo porque no surgía en el caso arbitrariedad o ilegalidad manifiesta sino que ser requería mayor debate y aporte probatorio.

 

Por último, respecto del planteo de falta de dictamen del servicio jurídico permanente, el Juez recordó la “teoría de la subsanación judicial” por la que se considera que la vulneración en sede administrativa del debido proceso adjetivo es subsanable en sede administrativa en instancia recursiva, o en sede judicial si en esa oportunidad el particular tiene ocasión de ejercer la defensa de sus derechos.

 

Por todo lo expuesto, consideró que correspondía rechazar la acción de amparo.

 

DESCARGAR SENTENCIA

Logo

Otras noticias destacadas

Aprehendida una mujer por hurto bajo la modalidad "viuda negra" en Florencio Varela
Personal policial realizó dos allanamientos y detuvo a una cuidadora acusada de sustraer una notebook, teléfonos y objetos personales a la víctima, a quien habría drogado para facilitar el robo. En los operativos se secuestraron varios elementos vinculados al delito.
Acción de amparo. DNU n.° 340/2025. Artículo 3. Derecho de huelga. Libertad sindical. Medida cautelar. Verosimilitud del derecho. Peligro en la demora. Justicia Nacional del Trabajo. Legitimación activa. Suspensión de efectos. Competencia. Justicia Nacional del Trabajo. Personería gremial. Legitimación activa. Sindicatos. Derechos colectivos. Tutela judicial. Suspensión de efectos
Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo n.° 3, Expte. 19424/2025, “Asociación Trabajadores del Estado (en adelante A.T.E.) c/ Poder Ejecutivo de la Nación s / acción de amparo”, 2 de junio de 2025
Tres hombres fueron aprehendidos en Avellaneda por tenencia ilegal de arma de fuego y marihuana
El procedimiento se realizó tras ser detectados por las cámaras de monitoreo cuando manipulaban un arma en la vía pública.
Allanamientos por robo tipo escruche
Recuperaron objetos robados en dos departamentos de Gerli tras dos allanamientos: una consola de videojuegos, dos joysticks y un celular.

CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Jurídicas
Noticias Académicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en:
Jurisprudencia Nacional
Jurisprudencia Provincial
Actualidad en:
Normativa Nacional
Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Lejister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar



CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Académicas
Noticias Jurídicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en Jurisprudencia Nacional
Actualidad en Jurisprudencia Provincial
Actualidad en Normativa Nacional
Actualidad en Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Legister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar