El fallo, dictado por los jueces Dres. Guillermo M. Burrone, Marcela A. Santoro e Ignacio Uthurry, valoró especialmente el trabajo llevado adelante por la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio n.° 3, a cargo del Dr. Nelson Mastorchio, quien dirigió la investigación desde sus primeras etapas y sostuvo la acusación durante el juicio oral, en el que logró acreditar los hechos, más allá de toda duda razonable.
Colaboración José María Cifuentes Villanueva – Fiscalía de Cámara Pergamino
El Tribunal en lo Criminal n.°1 del Departamento Judicial Pergamino dictó sentencia condenatoria contra un hombre imputado por gravísimos delitos contra la integridad sexual, imponiéndole la pena de trece (13) años de prisión de efectivo cumplimiento, al hallarlo penalmente responsable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado por la convivencia y corrupción de menores doblemente agravada por la edad y por la guarda, en concurso real entre sí (arts. 119, 3° y 4° párrafo inc. "f", 125, 2° y 3° párrafo, 45, 55 del Código Penal).
El caso abordó hechos que se extendieron durante varios años, perpetrados en el contexto de convivencia familiar, donde el imputado, aprovechando su posición de poder y autoridad, sometió a las víctimas a continuos abusos sexuales y actos de corrupción. La labor fiscal fue determinante en el desarrollo de la causa, destacándose la adecuada recolección y análisis de pruebas, el acompañamiento a las víctimas en situación de vulnerabilidad y la incorporación de perspectiva de género en la construcción del caso.
Durante el debate, la Fiscalía presentó un robusto cuerpo probatorio, integrado por declaraciones testimoniales, informes psicológicos y psiquiátricos, estudios médicos y pericias forenses, que permitieron acreditar la materialidad ilícita de los hechos y la autoría penalmente responsable del acusado. En ese marco, se destacaron las declaraciones en Cámara Gesell de las víctimas, brindadas en estricto resguardo de sus derechos y con los debidos cuidados, las cuales resultaron concordantes, precisas y coherentes, siendo validadas por los distintos profesionales intervinientes.
El tribunal, al analizar la prueba incorporada al proceso, subrayó la importancia de valorar los testimonios de las víctimas como prueba central en este tipo de delitos, conforme lo establece la doctrina y jurisprudencia vigente, así como los estándares internacionales en la materia, incluyendo la Convención de Belém do Pará y la Ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
Asimismo, se puso de relieve la especial situación de vulnerabilidad de las víctimas, niñas al momento de los hechos, sometidas a un contexto de violencia física, psicológica y sexual continuada, lo que exigió al tribunal adoptar una perspectiva acorde a los compromisos internacionales asumidos por el Estado Argentino en materia de derechos humanos.
En este sentido, el tribunal concluyó que las declaraciones de las víctimas, analizadas en conjunto con los demás elementos de prueba, permitieron reconstruir los hechos con certeza suficiente para enervar la presunción de inocencia del imputado. La sentencia enfatiza que, tratándose de delitos sexuales intrafamiliares, resulta crucial aplicar criterios probatorios que reconozcan la particularidad de este tipo de hechos, que suelen acontecer en ámbitos de privacidad y sometimiento, donde las pruebas directas suelen ser de difícil o imposible obtención.
La Fiscalía de Instrucción a cargo del Dr. Mastorchio no solo realizó un pormenorizado análisis de la prueba durante el juicio, sino que también garantizó la protección integral de las víctimas, en coordinación con los equipos interdisciplinarios que brindaron apoyo profesional y contención, asegurando así el respeto de los derechos de niñas, niños y adolescentes en procesos judiciales.
Con esta sentencia, se reafirma el compromiso del Ministerio Público Fiscal de la Provincia de Buenos Aires en la investigación, persecución y sanción de delitos contra la integridad sexual, especialmente aquellos que afectan a personas en situación de vulnerabilidad, destacando la necesidad de continuar fortaleciendo las políticas públicas que promuevan la prevención, asistencia y acceso a la justicia de las víctimas, así como la importancia de juzgar estos hechos con perspectiva de género, conforme a los estándares constitucionales y convencionales.
El fallo, dictado por los jueces Dres. Guillermo M. Burrone, Marcela A. Santoro e Ignacio Uthurry, valoró especialmente el trabajo llevado adelante por la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio n.° 3, a cargo del Dr. Nelson Mastorchio, quien dirigió la investigación desde sus primeras etapas y sostuvo la acusación durante el juicio oral, en el que logró acreditar los hechos, más allá de toda duda razonable.
El Tribunal en lo Criminal n.°1 del Departamento Judicial Pergamino dictó sentencia condenatoria contra un hombre imputado por gravísimos delitos contra la integridad sexual, imponiéndole la pena de trece (13) años de prisión de efectivo cumplimiento, al hallarlo penalmente responsable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado por la convivencia y corrupción de menores doblemente agravada por la edad y por la guarda, en concurso real entre sí (arts. 119, 3° y 4° párrafo inc. "f", 125, 2° y 3° párrafo, 45, 55 del Código Penal).
El caso abordó hechos que se extendieron durante varios años, perpetrados en el contexto de convivencia familiar, donde el imputado, aprovechando su posición de poder y autoridad, sometió a las víctimas a continuos abusos sexuales y actos de corrupción. La labor fiscal fue determinante en el desarrollo de la causa, destacándose la adecuada recolección y análisis de pruebas, el acompañamiento a las víctimas en situación de vulnerabilidad y la incorporación de perspectiva de género en la construcción del caso.
Durante el debate, la Fiscalía presentó un robusto cuerpo probatorio, integrado por declaraciones testimoniales, informes psicológicos y psiquiátricos, estudios médicos y pericias forenses, que permitieron acreditar la materialidad ilícita de los hechos y la autoría penalmente responsable del acusado. En ese marco, se destacaron las declaraciones en Cámara Gesell de las víctimas, brindadas en estricto resguardo de sus derechos y con los debidos cuidados, las cuales resultaron concordantes, precisas y coherentes, siendo validadas por los distintos profesionales intervinientes.
El tribunal, al analizar la prueba incorporada al proceso, subrayó la importancia de valorar los testimonios de las víctimas como prueba central en este tipo de delitos, conforme lo establece la doctrina y jurisprudencia vigente, así como los estándares internacionales en la materia, incluyendo la Convención de Belém do Pará y la Ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
Asimismo, se puso de relieve la especial situación de vulnerabilidad de las víctimas, niñas al momento de los hechos, sometidas a un contexto de violencia física, psicológica y sexual continuada, lo que exigió al tribunal adoptar una perspectiva acorde a los compromisos internacionales asumidos por el Estado Argentino en materia de derechos humanos.
En este sentido, el tribunal concluyó que las declaraciones de las víctimas, analizadas en conjunto con los demás elementos de prueba, permitieron reconstruir los hechos con certeza suficiente para enervar la presunción de inocencia del imputado. La sentencia enfatiza que, tratándose de delitos sexuales intrafamiliares, resulta crucial aplicar criterios probatorios que reconozcan la particularidad de este tipo de hechos, que suelen acontecer en ámbitos de privacidad y sometimiento, donde las pruebas directas suelen ser de difícil o imposible obtención.
La Fiscalía de Instrucción a cargo del Dr. Mastorchio no solo realizó un pormenorizado análisis de la prueba durante el juicio, sino que también garantizó la protección integral de las víctimas, en coordinación con los equipos interdisciplinarios que brindaron apoyo profesional y contención, asegurando así el respeto de los derechos de niñas, niños y adolescentes en procesos judiciales.
Con esta sentencia, se reafirma el compromiso del Ministerio Público Fiscal de la Provincia de Buenos Aires en la investigación, persecución y sanción de delitos contra la integridad sexual, especialmente aquellos que afectan a personas en situación de vulnerabilidad, destacando la necesidad de continuar fortaleciendo las políticas públicas que promuevan la prevención, asistencia y acceso a la justicia de las víctimas, así como la importancia de juzgar estos hechos con perspectiva de género, conforme a los estándares constitucionales y convencionales.
CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA
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