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Febrero 08, 2019

La Secretaría de Control Disciplinario y Enjuiciamiento de la Procuración General de la provincia de Buenos Aires, en su carácter de autoridad de aplicación del Código de Ética aprobado como anexo único de la Resolución P. G. Nº 32/19, emitió, el 8 de febrero de 2019, la Disposición Nº 1/19.

La Secretaría de Control Disciplinario y Enjuiciamiento de la Procuración General de la provincia de Buenos Aires, en su carácter de autoridad de aplicación del Código de Ética aprobado como anexo único de la Resolución P. G. Nº 32/19, emitió, el 8 de febrero de 2019, la Disposición Nº 1/19.


Por el artículo 1º de este acto administrativo de alcance general se encomienda a los magistrados del Ministerio Público de la provincia de Buenos Aires, considerar en el ejercicio de sus facultades disciplinarias delegadas y en lo pertinente, a los principios, deberes y prohibiciones sistematizados en el referido Código de Ética como estándares de conducta al tiempo de proceder a la aplicación del régimen disciplinario.


DESCARGAR DISPOSICIÓN SCDyE Nº 1/19


DESCARGAR RESOLUCIÓN PG Nº 32/19


DESCARGAR RESOLUCIÓN PG Nº32/19 - ANEXO

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Suspensión. Vistas. Ministerio Público Fiscal. Acuerdo. Antecedente “Levinas”. Justicia Nacional. Tribunal Superior de Justicia. Intervención. Procuración General de la Nación.
Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Acordada ATSJ-2025-41-TSJ-TSJCABA, 25 de junio de 2025.
Desarticulan banda dedicada a la comercialización de estupefacientes en Berazategui: drogas, armas y detenciones en múltiples allanamientos
En el marco de la Investigación Penal Preparatoria n. ° 13-01-3507-25, personal de la comisaría cuarta de Berazategui llevó adelante un operativo de gran escala que permitió desarticular una organización criminal dedicada al tráfico de estupefacientes. La causa tramita ante la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio n.° 20 del Departamento Judicial de Quilmes, con intervención de la Ayudantía Fiscal de Estupefacientes de Berazategui, a cargo de la Dra. Clarissa Antonini, y supervisión del Juzgado de Garantías n.° 7, a cargo del Dr. Gustavo Mora.
El fiscal Rodolfo De Lucia, titular de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio n.° 20, solicitó 7 años de prisión en un juicio por tenencia y distribución de material de abuso sexual infantil
En el marco de un juicio oral y público llevado adelante ante el Tribunal en lo Criminal n.º 3 del Departamento Judicial de Bahía Blanca, el fiscal Rodolfo De Lucia, titular de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio n.º 20, solicitó una pena de siete (7) años de prisión para un hombre acusado de tenencia y distribución de material de abuso sexual infantil, agravado por la edad de las víctimas.
Suspensión de juicio a prueba. Probation. Homicidio culposo agravado. Pena de inhabilitación. Artículo 76 bis del Código Penal. Arbitrariedad. Ministerio Público Fiscal. Debido proceso. Inhabilitación profesional. Conducción imprudente. Interés público.
Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, “M.L.E.D ante el Tribunal de Casación penal s/Queja en causa n.° 111.168”, 23 de octubre de 2024”
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La Secretaría de Control Disciplinario y Enjuiciamiento de la Procuración General de la provincia de Buenos Aires, en su carácter de autoridad de aplicación del Código de Ética aprobado como anexo único de la Resolución P. G. Nº 32/19, emitió, el 8 de febrero de 2019, la Disposición Nº 1/19.

La Secretaría de Control Disciplinario y Enjuiciamiento de la Procuración General de la provincia de Buenos Aires, en su carácter de autoridad de aplicación del Código de Ética aprobado como anexo único de la Resolución P. G. Nº 32/19, emitió, el 8 de febrero de 2019, la Disposición Nº 1/19.


Por el artículo 1º de este acto administrativo de alcance general se encomienda a los magistrados del Ministerio Público de la provincia de Buenos Aires, considerar en el ejercicio de sus facultades disciplinarias delegadas y en lo pertinente, a los principios, deberes y prohibiciones sistematizados en el referido Código de Ética como estándares de conducta al tiempo de proceder a la aplicación del régimen disciplinario.


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