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Marzo 22, 2019

Derecho a la reunificación familiar. Admisión excepcional de radicación en el país de personas que encuadren en supuestos de impedimento y aleguen razones humanitarias. Control de constitucionalidad y de convencionalidad. Tratados internacionales de derechos humanos. Proyecto de vida del niño y su familia

Cámara Federal de Mendoza, Sala B, “Dirección Nacional de Migraciones s/ recurso art. 69 septies, Ley Nº 25.871 (LIN YUYAN) y otro s/orden de retención- Migraciones”, Mendoza, 11 de febrero de 2019.

Contra la resolución de primera instancia que dispuso hacer lugar al recurso judicial deducido por la Sra. Yuyan Lin y revocó las resoluciones administrativas de la Dirección Nacional de Migraciones por las que se declaró irregular la permanencia de la señora Yuyan Lin, ordenando su expulsión del Territorio Nacional, con prohibición de reingreso al país por el término de 5 años, a partir del 9/5/2017, la Dirección Nacional de Migraciones dedujo recurso de apelación ante la Cámara Federal de Apelaciones de la provincia de Mendoza.

En ese marco, la Sala B de la mencionada Cámara afirmó el derecho a la reunificación familiar de la actora (de nacionalidad china, embarazada de seis meses en oportunidad de formular su recurso), confirmó la resolución de primera instancia y dispuso que el a quo solicitara a la Dirección Nacional de Migraciones que procediera de conformidad con lo dispuesto en el art 4, antepenúltimo y penúltimo párrafo del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 70/17, modificatorio de la Ley Nº 25.871.

Sostuvo la Sala que en el caso se encontraba en juego el derecho a la reunificación familiar de una persona menor nacida en este país, de padres extranjeros que conviven en este territorio. En cada una de las decisiones que se adoptan al respecto, está ínsita la responsabilidad internacional del Estado Argentino pero, por sobre todo, el proyecto de vida de una persona y su grupo familiar.

De tal suerte, prosiguió, de confirmarse la orden de retención de la Sra. Yuyan Lin, solicitada por la DNM, con la consiguiente expulsión y prohibición de reingreso al país por el término de 5 años, se privaría al niño del derecho a la reunificación familiar, ya que el padre Sr. Lin Ronghang habita en el país y convive con la actora Sra. Yuyan Lin, vulnerándose con ello, derechos consagrados por nuestra Constitución Nacional y tratados internacionales ratificados por nuestro país.


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El pasado 12 de septiembre de 2025, personal del Comando de Patrullas de Lanús intervino en un siniestro vial ocurrido en la intersección de Cavour y De la Cruz, donde fue hallado un motociclista sin vida junto a su rodado.
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El pasado 14 de septiembre de 2025, personal de la Comisaría 5.ª de Lanús intervino tras un llamado al 911 que alertaba sobre disparos de arma de fuego en la intersección de Balbín y Oliden.
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Contra la resolución de primera instancia que dispuso hacer lugar al recurso judicial deducido por la Sra. Yuyan Lin y revocó las resoluciones administrativas de la Dirección Nacional de Migraciones por las que se declaró irregular la permanencia de la señora Yuyan Lin, ordenando su expulsión del Territorio Nacional, con prohibición de reingreso al país por el término de 5 años, a partir del 9/5/2017, la Dirección Nacional de Migraciones dedujo recurso de apelación ante la Cámara Federal de Apelaciones de la provincia de Mendoza.

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