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Mayo 16, 2019

La Sala III del Tribunal de Casación confirmó la sentencia condenatoria correspondiente a la causa Duffau

Tras la absolución dictada en dos oportunidades en un caso de tortura seguida de muerte, el Tribunal de Casación Penal dispuso la confirmación de la condena a prisión perpetua e inhabilitación absoluta y perpetua de los imputados.

El Tribunal Oral en lo Criminal N° 5 del Departamento Judicial La Matanza, con fecha 6 de mayo de 2009, dictó veredicto absolutorio respecto de los imputados, en relación al delito de tortura seguida de muerte en perjuicio de Gastón Duffau.


Contra dicho pronunciamiento, interpusieron recurso de casación los Agentes Fiscales del citado departamento judicial -Guillermo Gustavo Bordenave y María Cecilia Revello-, el cual fue sostenido por el Fiscal de Casación, Dr. Carlos Arturo Altuve.


El día 24 de agosto de 2010, la Sala Segunda del Tribunal de Casación dictó sentencia, declarando admisible el recurso interpuesto, anulando la sentencia absolutoria y reenviando los autos para la celebración de un nuevo juicio.


Luego de la celebración de un nuevo juicio, el 21 de mayo de 2013, el Tribunal Oral en lo Criminal N° 4 del mencionado Departamento Judicial dictó veredicto absolutorio. Ante ello, nuevamente los agentes fiscales interpusieron recurso de casación.


La sala V del Tribunal de Casación, con fecha 14 de julio de 2016, declaró admisible la impugnación interpuesta e hizo lugar a la misma, condenando a 3 personas como coautores penalmente responsables del delito de tortura seguida de muerte en perjuicio de Gastón Duffau, imponiéndoles la pena de prisión perpetua e inhabilitación absoluta y perpetua. Condenó también a otro de los imputados como partícipe necesario del delito de tortura seguida de muerte, imponiéndole la pena de prisión perpetua.


Contra dicha sentencia los defensores de los imputados interpusieron recurso de casación. Con fecha 23 de marzo de 2017, la Sala Sexta del Tribunal de Casación resolvió remitir los autos a la Presidencia de dicho Tribunal para que desinsacule nuevos jueces hábiles a fin de que lleven a cabo la revisión integral de la sentencia cuestionada. Por su parte, la Fiscalía de Casación penal presentó memorial solicitando se confirme la sentencia dictada.


Finalmente, el día 7 de mayo de 2019, la Sala Tercera del Tribunal de Casación dictó sentencia, rechazando los recursos de casación interpuestos por la defensa y confirmando la pena impuesta.


De esta forma, se tuvo por acreditado que el día 23 de febrero del año 2008, los efectivos policiales de la bonaerense -en funciones –(uno fallecido)- pertenecientes a una seccional distrital de la localidad de Ramos Mejía, procedieron a efectuar el traslado en el móvil policial de Gastón Duffau –cuando aún se encontraba con vida- el que se hallaba ilegítimamente privado de su libertad, colocándolo en la parte posterior, más específicamente, en la caja del vehículo oficial. En el trayecto, los funcionarios policiales aplicaron torturas a la víctima, mediante el empleo de golpes múltiples, lesiones fracturarias traumáticas y a consecuencia de éstas provocaron su deceso por traumatismos graves asociados a asfixia mecánica por un mecanismo combinado de comprensión extrínseca del cuello y de la región toraco-abdominal.


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El Tribunal Oral Criminal N.º 2 de Bahía Blanca, con la intervención de la jueza María Mercedes Rico, condenó a un hombre a la pena de veinte años de prisión por resultar autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal y hurto, cometidos en perjuicio de tres mujeres entre 2019 y 2023.
Pensión honorífica de veterano de guerra. ANSES. Decreto n.° 2364/90. Ley n.° 23.848. Control de constitucionalidad. Principio de igualdad. Facultades reglamentarias. Retroactividad. Derecho previsional. Categoría sospechosa.
Juzgado Federal en lo Civ., Com. y Cont. Adm. N.° 1 de San Martín, Secretaría n.° 1, Sala II, “E., F. D. c/ ANSES s/ Reajustes varios”, 2 de octubre de 2025.
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Contra dicho pronunciamiento, interpusieron recurso de casación los Agentes Fiscales del citado departamento judicial -Guillermo Gustavo Bordenave y María Cecilia Revello-, el cual fue sostenido por el Fiscal de Casación, Dr. Carlos Arturo Altuve.


El día 24 de agosto de 2010, la Sala Segunda del Tribunal de Casación dictó sentencia, declarando admisible el recurso interpuesto, anulando la sentencia absolutoria y reenviando los autos para la celebración de un nuevo juicio.


Luego de la celebración de un nuevo juicio, el 21 de mayo de 2013, el Tribunal Oral en lo Criminal N° 4 del mencionado Departamento Judicial dictó veredicto absolutorio. Ante ello, nuevamente los agentes fiscales interpusieron recurso de casación.


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