El Tribunal en lo Criminal n° 2 de Mar del Plata dictó la condena sobre la base de la investigación conducida por el Agente Fiscal Mariano Moyano, titular de la Fiscalía especializada en Robos Calificados
El Tribunal en lo Criminal n° 2 de Mar del Plata condenó a una persona de 31 años de edad a la pena única de 12 años y seis meses de prisión, con más su declaración de reincidencia, y a otra persona de 36 años de edad y de nacionalidad chilena a la pena única de catorce años y diez meses de prisión, conmás su declaración de reincidencia, accesorias legales y costas del proceso, por el delito de robo agravado por el uso de arma de fuego en grado de tentativa.
El Juez interviniente, Néstor Conti, hizo lugar al acuerdo de juicio abreviado promovido por el Agente Fiscal Mariano Moyano, titular de la Fiscalía especializada en Robos Calificados, y consideró acreditado conforme la investigación realizada conjuntamente con el gabinete de robos calificados de la Dirección Departamental de Investigaciones (DDI) que el pasado 11 de septiembre del 2018 a las 7:45 horas, dos personas abordaron al morador de una vivienda ubicada en la ciudad de Mar del Plata en momentos en que salía de la misma en su automóvil, intimidándolo con una pistola que le colocaron en la cabeza y obligándolo a ingresar nuevamente a la finca.
Una vez en el interior de la casa, los luego condenados intimidaron con el arma de fuego a los demás integrantes de la familia exigiéndoles la entrega de dinero y bienes. Con los elementos sustraídos a las víctimas escaparon de la casa siendo aprehendidos en la vía pública por personal policial y secuestrándose en su poder las pertenencias de los damnificados.
De manera concordante con lo valorado por la Fiscalía, el Tribunal Criminal n° 2 consideró como circunstancia agravante la presencia de personas de tercera edad durante el robo. Cabe señalar también que el Tribunal admitió el pedido del Agente Fiscal y ordenó -una vez que quede la firme la sentencia condenatoria y de conformidad con lo establecido en el art. 3 de la Ley de Migraciones N° 25.871- la expulsión de uno de los imputados a la República de Chile y la pertinente prohibición de reingreso a la República Argentina.
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El Tribunal en lo Criminal n° 2 de Mar del Plata dictó la condena sobre la base de la investigación conducida por el Agente Fiscal Mariano Moyano, titular de la Fiscalía especializada en Robos Calificados
El Tribunal en lo Criminal n° 2 de Mar del Plata condenó a una persona de 31 años de edad a la pena única de 12 años y seis meses de prisión, con más su declaración de reincidencia, y a otra persona de 36 años de edad y de nacionalidad chilena a la pena única de catorce años y diez meses de prisión, conmás su declaración de reincidencia, accesorias legales y costas del proceso, por el delito de robo agravado por el uso de arma de fuego en grado de tentativa.
El Juez interviniente, Néstor Conti, hizo lugar al acuerdo de juicio abreviado promovido por el Agente Fiscal Mariano Moyano, titular de la Fiscalía especializada en Robos Calificados, y consideró acreditado conforme la investigación realizada conjuntamente con el gabinete de robos calificados de la Dirección Departamental de Investigaciones (DDI) que el pasado 11 de septiembre del 2018 a las 7:45 horas, dos personas abordaron al morador de una vivienda ubicada en la ciudad de Mar del Plata en momentos en que salía de la misma en su automóvil, intimidándolo con una pistola que le colocaron en la cabeza y obligándolo a ingresar nuevamente a la finca.
Una vez en el interior de la casa, los luego condenados intimidaron con el arma de fuego a los demás integrantes de la familia exigiéndoles la entrega de dinero y bienes. Con los elementos sustraídos a las víctimas escaparon de la casa siendo aprehendidos en la vía pública por personal policial y secuestrándose en su poder las pertenencias de los damnificados.
De manera concordante con lo valorado por la Fiscalía, el Tribunal Criminal n° 2 consideró como circunstancia agravante la presencia de personas de tercera edad durante el robo. Cabe señalar también que el Tribunal admitió el pedido del Agente Fiscal y ordenó -una vez que quede la firme la sentencia condenatoria y de conformidad con lo establecido en el art. 3 de la Ley de Migraciones N° 25.871- la expulsión de uno de los imputados a la República de Chile y la pertinente prohibición de reingreso a la República Argentina.
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