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Junio 14, 2019

La Corte Suprema dejó sin efecto una sentencia laboral que había fijado una indemnización por accidente de trabajo en una suma que calificó como irrazonable y desmesurada

CSJN, CNT 43075/2013/2/RH1 y otro, “Cannao, Néstor Fabián c/ Congeladores Patagónicos S.A. y otro s/ accidente - acción civil”, sentencia del 11 de junio de 2019

La Corte Suprema de Justicia de la Nación, en la causa “Cannao, Néstor Fabián c/ Congeladores Patagónicos S.A. y otro s/ accidente - acción civil”, resolvió dejar sin efecto la sentencia de la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que condenó a la empleadora y a la ART en forma solidaria a pagar una indemnización por daño moral y material de $8.016.552 aproximadamente, sobre la base de que el accidente que sufrió el trabajador en un dedo, le provocó una incapacidad del 26,44% de la total obrera.

 

El fallo fue apelado por las dos demandadas; la Corte solo admitió la queja de la empleadora, en tanto esta cuestionó el modo en que se fijó la indemnización y su importe, y declaró la inadmisibilidad del recurso deducido por la ART. 

 

El máximo Tribunal observó que la Cámara había fijado el resarcimiento en la suma solicitada en la demanda sin brindar ningún fundamento que lo sustentara y sobre la consideración de un porcentaje de incapacidad exorbitante. Destacó, además, que el decisorio no hacía mérito de la lesión causada por otro siniestro en el mismo dedo que había sufrido el actor antes de vincularse laboralmente con la demandada.

 

La sentencia fue rubricada por los jueces Carlos Rosenkrantz, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda. El juez Rosatti desestimó los dos recursos extraordinarios deducidos con cita del art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

 

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Homicidio con dolo eventual. Principio in dubio pro reo. Inaplicabilidad de ley. Nulidad. Artículo 491 y 494 CPP. Derecho de defensa. Recurso extraordinario. Recurso de queja.
Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, "T. L., P. G. s/ Queja en causa N° 129.637 del Tribunal de Casación Penal, Sala IV", 21 de octubre de 2025
Condenan a 20 años de prisión a un empleado del Hospital Naval de Puerto Belgrano por drogar y abusar sexualmente de tres mujeres
El Tribunal Oral Criminal N.º 2 de Bahía Blanca, con la intervención de la jueza María Mercedes Rico, condenó a un hombre a la pena de veinte años de prisión por resultar autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal y hurto, cometidos en perjuicio de tres mujeres entre 2019 y 2023.
Pensión honorífica de veterano de guerra. ANSES. Decreto n.° 2364/90. Ley n.° 23.848. Control de constitucionalidad. Principio de igualdad. Facultades reglamentarias. Retroactividad. Derecho previsional. Categoría sospechosa.
Juzgado Federal en lo Civ., Com. y Cont. Adm. N.° 1 de San Martín, Secretaría n.° 1, Sala II, “E., F. D. c/ ANSES s/ Reajustes varios”, 2 de octubre de 2025.
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El máximo Tribunal observó que la Cámara había fijado el resarcimiento en la suma solicitada en la demanda sin brindar ningún fundamento que lo sustentara y sobre la consideración de un porcentaje de incapacidad exorbitante. Destacó, además, que el decisorio no hacía mérito de la lesión causada por otro siniestro en el mismo dedo que había sufrido el actor antes de vincularse laboralmente con la demandada.

 

La sentencia fue rubricada por los jueces Carlos Rosenkrantz, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda. El juez Rosatti desestimó los dos recursos extraordinarios deducidos con cita del art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

 

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