• Inicio
  • Buscador
  • Noticias
    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos

    • Obras Jurídicas

  • Doctrina
  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en Materia Disciplinaria

  • Contacto
Dictámenes Resoluciones
  • Noticias Jurídicas

    Logo
  • Volver

  • Inicio
  • Noticias Jurídicas
Noviembre 05, 2019

Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley. Extinción por prescripción de la acción penal. Actos interruptivos

Dictamen del Procurador General, Expte. N. º P 130.208, “Ferreyra Jorge Ramón s/ Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley", 22 de octubre de 2019

La Sala I del Tribunal de Casación Penal resolvió no hacer lugar al requerimiento de la defensa respecto de que se declarara la extinción por prescripción de la acción penal derivada del delito de tenencia ilegítima de arma de guerra por el que fuera condenado Jorge Ramón Ferreyra. 

 

Contra ese pronunciamiento, el Defensor ante el Tribunal de Casación interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley; este fue declarado inadmisible por el órgano intermedio. Ante ello, la parte dedujo queja, la cual fue admitida por la Suprema Corte.

 

El Procurador, en la intervención que le cupo, observó que Ferreyra, entre los varios ilícitos que le fueron endilgados, había sido condenado por el tribunal de origen como autor del delito de tenencia ilegal de arma de guerra (art. 189 bis, 2do. apartado, párr. 2do. del Código Penal), al que corresponde una pena de "DOS (2) a SEIS (6) años de prisión". 

 

De acuerdo al art. 62 del mismo cuerpo legal, prosiguió, la acción penal debía prescribir " [d]espués de transcurrido el máximo de duración de la pena señalada para el delito..." siempre y cuando no se verificara una causal que suspendiera o interrumpiera la acción penal (v. art. 67, CP). 

 

En ese contexto de referencia, destacó el Procurador que al haber sido Ferreyra condenado mediante sentencia no firme el 14 de marzo de 2007, a partir de esa fecha se renovó el plazo para contabilizar la prescripción de seis (6) años.

 

Refirió que dos días antes de que se prescribiera la acción penal con relación al delito de tenencia de arma de guerra (art. 189 bis, apartado 2do, párrafo 2°), el Tribunal de Casación Penal emitió pronunciamiento el 12 de marzo de 2013. 

 

En tal orden de ideas, el Procurador sostuvo que ya fuera tomando la sentencia dictada el 12 de marzo de 2013 a la actualidad o desde los pronunciamientos emitidos en los actuados el 9 de mayo de 2014, el 19 de febrero de 2015 o especialmente el del 27 de septiembre de 2017 -por ser integrantes del de fecha 12 de marzo de 2013-, hacia el anterior acto interruptor producido el 14 de marzo de 2007, habían transcurridos los seis (6) años que exige la norma de fondo para dar por extinguida por prescripción la acción penal. 

 

Remarcó en tal sentido que "un" acto interruptivo no puede tener más de una fecha válida, debiéndose tornar una u otra, pero siempre “una”, a los efectos de brindar seguridad jurídica. Resaltó que la particularidad de la sentencia casatoria emitida en autos residía en que exhibía un desdoblamiento temporal. Ello toda vez que el pronunciamiento emitido el 12 de marzo de 2013 había descartado el planteo referido a la calificación legal; y la readecuación de la pena -por haber prescripto el delito de resistencia a la autoridad agravada- que la sentencia casatoria había anticipado que correspondía realizar, recién se había efectuado el 27 de septiembre de 2017. 

 

Por consiguiente, concluyó que la acción penal se encontraba prescripta con sustento en los arts. 59, 62, 67 y 189 bis de CP, y que la Suprema Corte debía hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por el Defensor adjunto ante el Tribunal de Casación Penal, declarar prescripto el delito previsto en el art. 189 bis, apartado 2°, inciso 2 del Código Penal -tenencia de arma de guerra- y remitir las actuaciones a la instancia inferior para que adecuara la pena a imponer a Ferreyra. 

 

 

DESCARGAR DICTAMEN

Logo

Otras noticias destacadas

Homicidio agravado por el vínculo. Tentativa. Desistimiento voluntario. Imputación objetiva. Arbitrariedad judicial. Plazo razonable. Responsabilidad penal juvenil. Artículos 42, 43 y 80 del Código Penal.
Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, "D'Gregorio, María Laura E. -Fiscal Adjunta interinamente a cargo de la Fiscalía de Casación- s/ Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, en causa n.° 93.092 del Tribunal de Casación Penal, Sala I, seguida a R. P., E. S.", 17 de septiembre de 2025
Quilmes: desmantelan una organización dedicada a estafas digitales mediante la modalidad de “carding”
La Unidad Funcional de Instrucción y Juicio n.° 1 del Departamento Judicial Quilmes, especializada en delitos de extorsión, defraudación y estafas cometidos en entornos digitales, a cargo del Dr. Ariel Rivas y con la Secretaría de la Dra. Gisela Gorosito, logró el desmantelamiento de una red criminal dedicada al uso de datos robados de tarjetas de crédito para realizar compras fraudulentas a través de plataformas de comercio electrónico bajo la modalidad de carding
Avellaneda: tres aprehendidos, entre ellos un menor, por robo en grado de tentativa
El 27 de septiembre de 2025, personal del Comando de Patrullas de Avellaneda concretó la aprehensión de tres individuos, uno de ellos menor de edad, en el marco de una tentativa de robo ocurrida en la vía pública.
Recurso de queja. Concurso preventivo. Arbitrariedad de sentencia. Garantías constitucionales. Defensa en juicio. Sentencia definitiva.
Corte Suprema de Justicia de la Nación, “Recurso de hecho deducido por el Fisco Nacional A.F.I.P. - DGI en la causa Fisco Nacional A.F.I.P. - D.G.I. s/ incidente de revisión en autos: Instituto Privado Clínica y Cirugía de Lobos s/ concurso”, 23 de septiembre de 2025
  • Inicio

  • Buscador

  • Noticias

    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos 2025

    • Cuadernos temáticos 2024

    • Cuadernos temáticos 2023

    • Cuadernos temáticos 2022

    • Cuadernos temáticos 2021

    • Cuadernos temáticos 2020

  • Doctrina

  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en Materia Disciplinaria

  • Contacto

  • Noticias Jurídicas

  • Logo
Noviembre 05, 2019

Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley. Extinción por prescripción de la acción penal. Actos interruptivos

Dictamen del Procurador General, Expte. N. º P 130.208, “Ferreyra Jorge Ramón s/ Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley", 22 de octubre de 2019

La Sala I del Tribunal de Casación Penal resolvió no hacer lugar al requerimiento de la defensa respecto de que se declarara la extinción por prescripción de la acción penal derivada del delito de tenencia ilegítima de arma de guerra por el que fuera condenado Jorge Ramón Ferreyra. 

 

Contra ese pronunciamiento, el Defensor ante el Tribunal de Casación interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley; este fue declarado inadmisible por el órgano intermedio. Ante ello, la parte dedujo queja, la cual fue admitida por la Suprema Corte.

 

El Procurador, en la intervención que le cupo, observó que Ferreyra, entre los varios ilícitos que le fueron endilgados, había sido condenado por el tribunal de origen como autor del delito de tenencia ilegal de arma de guerra (art. 189 bis, 2do. apartado, párr. 2do. del Código Penal), al que corresponde una pena de "DOS (2) a SEIS (6) años de prisión". 

 

De acuerdo al art. 62 del mismo cuerpo legal, prosiguió, la acción penal debía prescribir " [d]espués de transcurrido el máximo de duración de la pena señalada para el delito..." siempre y cuando no se verificara una causal que suspendiera o interrumpiera la acción penal (v. art. 67, CP). 

 

En ese contexto de referencia, destacó el Procurador que al haber sido Ferreyra condenado mediante sentencia no firme el 14 de marzo de 2007, a partir de esa fecha se renovó el plazo para contabilizar la prescripción de seis (6) años.

 

Refirió que dos días antes de que se prescribiera la acción penal con relación al delito de tenencia de arma de guerra (art. 189 bis, apartado 2do, párrafo 2°), el Tribunal de Casación Penal emitió pronunciamiento el 12 de marzo de 2013. 

 

En tal orden de ideas, el Procurador sostuvo que ya fuera tomando la sentencia dictada el 12 de marzo de 2013 a la actualidad o desde los pronunciamientos emitidos en los actuados el 9 de mayo de 2014, el 19 de febrero de 2015 o especialmente el del 27 de septiembre de 2017 -por ser integrantes del de fecha 12 de marzo de 2013-, hacia el anterior acto interruptor producido el 14 de marzo de 2007, habían transcurridos los seis (6) años que exige la norma de fondo para dar por extinguida por prescripción la acción penal. 

 

Remarcó en tal sentido que "un" acto interruptivo no puede tener más de una fecha válida, debiéndose tornar una u otra, pero siempre “una”, a los efectos de brindar seguridad jurídica. Resaltó que la particularidad de la sentencia casatoria emitida en autos residía en que exhibía un desdoblamiento temporal. Ello toda vez que el pronunciamiento emitido el 12 de marzo de 2013 había descartado el planteo referido a la calificación legal; y la readecuación de la pena -por haber prescripto el delito de resistencia a la autoridad agravada- que la sentencia casatoria había anticipado que correspondía realizar, recién se había efectuado el 27 de septiembre de 2017. 

 

Por consiguiente, concluyó que la acción penal se encontraba prescripta con sustento en los arts. 59, 62, 67 y 189 bis de CP, y que la Suprema Corte debía hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por el Defensor adjunto ante el Tribunal de Casación Penal, declarar prescripto el delito previsto en el art. 189 bis, apartado 2°, inciso 2 del Código Penal -tenencia de arma de guerra- y remitir las actuaciones a la instancia inferior para que adecuara la pena a imponer a Ferreyra. 

 

 

DESCARGAR DICTAMEN

Logo

Otras noticias destacadas

Homicidio agravado por el vínculo. Tentativa. Desistimiento voluntario. Imputación objetiva. Arbitrariedad judicial. Plazo razonable. Responsabilidad penal juvenil. Artículos 42, 43 y 80 del Código Penal.
Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, "D'Gregorio, María Laura E. -Fiscal Adjunta interinamente a cargo de la Fiscalía de Casación- s/ Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, en causa n.° 93.092 del Tribunal de Casación Penal, Sala I, seguida a R. P., E. S.", 17 de septiembre de 2025
Quilmes: desmantelan una organización dedicada a estafas digitales mediante la modalidad de “carding”
La Unidad Funcional de Instrucción y Juicio n.° 1 del Departamento Judicial Quilmes, especializada en delitos de extorsión, defraudación y estafas cometidos en entornos digitales, a cargo del Dr. Ariel Rivas y con la Secretaría de la Dra. Gisela Gorosito, logró el desmantelamiento de una red criminal dedicada al uso de datos robados de tarjetas de crédito para realizar compras fraudulentas a través de plataformas de comercio electrónico bajo la modalidad de carding
Avellaneda: tres aprehendidos, entre ellos un menor, por robo en grado de tentativa
El 27 de septiembre de 2025, personal del Comando de Patrullas de Avellaneda concretó la aprehensión de tres individuos, uno de ellos menor de edad, en el marco de una tentativa de robo ocurrida en la vía pública.
Recurso de queja. Concurso preventivo. Arbitrariedad de sentencia. Garantías constitucionales. Defensa en juicio. Sentencia definitiva.
Corte Suprema de Justicia de la Nación, “Recurso de hecho deducido por el Fisco Nacional A.F.I.P. - DGI en la causa Fisco Nacional A.F.I.P. - D.G.I. s/ incidente de revisión en autos: Instituto Privado Clínica y Cirugía de Lobos s/ concurso”, 23 de septiembre de 2025

CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Jurídicas
Noticias Académicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en:
Jurisprudencia Nacional
Jurisprudencia Provincial
Actualidad en:
Normativa Nacional
Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Lejister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar



CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Académicas
Noticias Jurídicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en Jurisprudencia Nacional
Actualidad en Jurisprudencia Provincial
Actualidad en Normativa Nacional
Actualidad en Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Legister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar