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Noviembre 25, 2019

Acceso a la información pública. Vía administrativa. Vía judicial: no procede la vía de amparo si ya se obtuvo resultado en sede administrativa

Ciudad de Buenos Aires, Juzgado Contencioso Administrativo Federal N. º 11, “Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) c/ EN-AFIP s/amparo Ley 16.986“, 13 de noviembre de 2019

La Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) promovió acción de amparo contra la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) con el objeto de obtener que se ordenara a esta cumplir con la resolución 2019-72-APN-AAIP del Director de la Agencia de Acceso a la información pública. Mediante esta resolución el Órgano recaudador había sido intimado a entregar a la ACIJ la información acerca de los beneficiarios, nombres y montos de los beneficios relacionados con los reembolsos por exportaciones por puertos patagónicos previstos en la ley 23.018 y el decreto 2229/15. 

 

El tribunal entendió que la opción ejercida por la (ACIJ) de ocurrir por la vía administrativa formulando ante la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA (AAIP), el reclamo administrativo previsto en el artículo 14 y regulado por los artículos 15, 16 y 17, que fuera oportunamente resuelto por la AAIP, tornaba inadmisible la acción de amparo intentada a la luz de lo establecido en la disposición legal. 

 

De consiguiente, resolvió rechazar la acción de amparo intentada por improcedente, por no ser la vía idónea para dar trámite al pedido de la actora.

 

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El pasado 29 de octubre se realizaron nueve allanamientos simultáneos en Vicente López, Tigre y Pilar, en el marco de la "Operación Fuera de Línea III", con la incautación de numeroso material digital.
Homicidio con dolo eventual. Principio in dubio pro reo. Inaplicabilidad de ley. Nulidad. Artículo 491 y 494 CPP. Derecho de defensa. Recurso extraordinario. Recurso de queja.
Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, "T. L., P. G. s/ Queja en causa N° 129.637 del Tribunal de Casación Penal, Sala IV", 21 de octubre de 2025
Condenan a 20 años de prisión a un empleado del Hospital Naval de Puerto Belgrano por drogar y abusar sexualmente de tres mujeres
El Tribunal Oral Criminal N.º 2 de Bahía Blanca, con la intervención de la jueza María Mercedes Rico, condenó a un hombre a la pena de veinte años de prisión por resultar autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal y hurto, cometidos en perjuicio de tres mujeres entre 2019 y 2023.
Pensión honorífica de veterano de guerra. ANSES. Decreto n.° 2364/90. Ley n.° 23.848. Control de constitucionalidad. Principio de igualdad. Facultades reglamentarias. Retroactividad. Derecho previsional. Categoría sospechosa.
Juzgado Federal en lo Civ., Com. y Cont. Adm. N.° 1 de San Martín, Secretaría n.° 1, Sala II, “E., F. D. c/ ANSES s/ Reajustes varios”, 2 de octubre de 2025.
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