Corte Suprema de Justicia de la Nación, "Recurso de hecho deducido por ARCOR en la causa Barcia, Stella Maris c/ Telecentro y otros s/ supuesta infracción a la Ley Nacional N.° 24.240 y sus modificatorias", para decidir sobre su procedencia”, 17 de diciembre de 2019
La Corte Suprema confirmó la multa aplicada por el Superior Tribunal de Justicia de Chaco a una empresa fabricante de productos alimenticios, al declarar inadmisible el recurso de queja presentado por la compañía, en un caso en el que una usuaria denunció la existencia de una pieza dental en el interior de una barra de cereal.
El incidente tuvo lugar en la provincia de Chaco, cuando una consumidora encontró una pieza dentaria en el interior de una barra de cereal, lo que provocó que la justicia de esta provincia resolviera la denuncia de la afectada en su favor, sancionando administrativamente a la empresa cordobesa Arcor, al distribuidor del producto y al vendedor, en los términos de la ley de defensa del consumidor (ley 24.240 y sus modificatorias) al pago de una multa.
Arcor consideró que la autoridad administrativa había obrado en forma negligente al no verificar la existencia de la infracción a través de los medios probatorios pertinentes, negó los hechos y presentó un recurso de queja, el cual fue desestimado en su totalidad.
El acuerdo se resolvió con las firmas de Elena Highton de Nolasco, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti, quienes dejaron firmes el pronunciamiento de Superior Tribunal de la provincia de Chaco, exclusivamente con relación al fabricante del producto, por entender que tal anomalía solo podía haberse generado en el proceso de elaboración de la mercadería, excluyendo al resto de los imputados: el vendedor y el distribuidor de dicho alimento.
Corte Suprema de Justicia de la Nación, "Recurso de hecho deducido por ARCOR en la causa Barcia, Stella Maris c/ Telecentro y otros s/ supuesta infracción a la Ley Nacional N.° 24.240 y sus modificatorias", para decidir sobre su procedencia”, 17 de diciembre de 2019
La Corte Suprema confirmó la multa aplicada por el Superior Tribunal de Justicia de Chaco a una empresa fabricante de productos alimenticios, al declarar inadmisible el recurso de queja presentado por la compañía, en un caso en el que una usuaria denunció la existencia de una pieza dental en el interior de una barra de cereal.
El incidente tuvo lugar en la provincia de Chaco, cuando una consumidora encontró una pieza dentaria en el interior de una barra de cereal, lo que provocó que la justicia de esta provincia resolviera la denuncia de la afectada en su favor, sancionando administrativamente a la empresa cordobesa Arcor, al distribuidor del producto y al vendedor, en los términos de la ley de defensa del consumidor (ley 24.240 y sus modificatorias) al pago de una multa.
Arcor consideró que la autoridad administrativa había obrado en forma negligente al no verificar la existencia de la infracción a través de los medios probatorios pertinentes, negó los hechos y presentó un recurso de queja, el cual fue desestimado en su totalidad.
El acuerdo se resolvió con las firmas de Elena Highton de Nolasco, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti, quienes dejaron firmes el pronunciamiento de Superior Tribunal de la provincia de Chaco, exclusivamente con relación al fabricante del producto, por entender que tal anomalía solo podía haberse generado en el proceso de elaboración de la mercadería, excluyendo al resto de los imputados: el vendedor y el distribuidor de dicho alimento.
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