Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, Resolución 12/20, 22 de marzo de 2020
La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, mediante resolución N°12/20, prorroga prorrogó las medidas cautelares o de protección a mujeres víctimas de violencia y aquellas de restricción a la capacidad o adultos mayores. Esta resolución abarca todas las medidas de protección judicial tales como exclusión del hogar, restricción perimetral, prohibición de acercamiento y contacto, dispositivos de alerta y otras vinculadas a violencias por razones de género, las que continúan vigentes hasta el 31 de marzo y mientras se mantenga el aislamiento social dispuesto por el gobierno nacional.
Asimismo, la Corte autorizó a los Juzgados de Familia y de Paz en turno a recibir las denuncias por violencia familiar o de género provenientes de las comisarías por cualquier canal de comunicación en los teléfonos celulares oficiales, incluso utilizando la aplicación de WhatsApp.
En este sentido se tuvo en consideración que la situación de encierro puede dificultar a las víctimas a acceder a los medios habituales de denuncia y "la combinación de ambas situaciones, por el encierro y recrudecimiento de las violencias, constituirá un obstáculo grave para el acceso a la justicia de las personas que se vean sometidas a esas situaciones lo que exige adoptar medidas urgentes para garantizar su “derecho fundamental a la vida e integridad”.
Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, Resolución 12/20, 22 de marzo de 2020
La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, mediante resolución N°12/20, prorroga prorrogó las medidas cautelares o de protección a mujeres víctimas de violencia y aquellas de restricción a la capacidad o adultos mayores. Esta resolución abarca todas las medidas de protección judicial tales como exclusión del hogar, restricción perimetral, prohibición de acercamiento y contacto, dispositivos de alerta y otras vinculadas a violencias por razones de género, las que continúan vigentes hasta el 31 de marzo y mientras se mantenga el aislamiento social dispuesto por el gobierno nacional.
Asimismo, la Corte autorizó a los Juzgados de Familia y de Paz en turno a recibir las denuncias por violencia familiar o de género provenientes de las comisarías por cualquier canal de comunicación en los teléfonos celulares oficiales, incluso utilizando la aplicación de WhatsApp.
En este sentido se tuvo en consideración que la situación de encierro puede dificultar a las víctimas a acceder a los medios habituales de denuncia y "la combinación de ambas situaciones, por el encierro y recrudecimiento de las violencias, constituirá un obstáculo grave para el acceso a la justicia de las personas que se vean sometidas a esas situaciones lo que exige adoptar medidas urgentes para garantizar su “derecho fundamental a la vida e integridad”.
CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA
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