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Abril 13, 2020

Recurso de Queja. Abuso sexual. Valoración integral de la prueba. Arbitrariedad. Derechos de los menores. Interés Superior del niño. Testimonio de la víctima menor de edad. Derecho a ser oído

Dictamen del Procurador General, Expte. N.° P 131523-1, “Altuve, Carlos -Agente Fiscal s/ recurso de queja", 12 de febrero de 2020

La Procuración General estimó que la Suprema Corte debía acoger el recurso interpuesto por el Fiscal ante el Tribunal de Casación, ya que la instancia casatoria no había procedido a la consideración integral y armónica de todos los elementos en juego en una totalidad hermenéutica probatoria. Al fundar su convicción en un análisis fragmentado de las probanzas, observó, el decisorio constituía una arbitraria valoración probatoria que no efectuaba un análisis completo de todos los elementos convictivos recolectados; ello autorizaba a dejar sin efecto la decisión recurrida con arreglo a la conocida doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en materia de arbitrariedad. 

 

Puntualmente, remarcó el Organismo, las apreciaciones del Tribunal de Casación violaban directamente la Constitución Nacional (art. 75, inc. 22) por ignorar el principio de prevalencia de los derechos de los niños (art. 3, CIDN), el postulado del interés superior del mismo y la fuerza conclusiva que merece el testimonio de una niña víctima de abuso sexual en el marco de un proceso judicial. 

 

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El pasado 29 de octubre se realizaron nueve allanamientos simultáneos en Vicente López, Tigre y Pilar, en el marco de la "Operación Fuera de Línea III", con la incautación de numeroso material digital.
Homicidio con dolo eventual. Principio in dubio pro reo. Inaplicabilidad de ley. Nulidad. Artículo 491 y 494 CPP. Derecho de defensa. Recurso extraordinario. Recurso de queja.
Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, "T. L., P. G. s/ Queja en causa N° 129.637 del Tribunal de Casación Penal, Sala IV", 21 de octubre de 2025
Condenan a 20 años de prisión a un empleado del Hospital Naval de Puerto Belgrano por drogar y abusar sexualmente de tres mujeres
El Tribunal Oral Criminal N.º 2 de Bahía Blanca, con la intervención de la jueza María Mercedes Rico, condenó a un hombre a la pena de veinte años de prisión por resultar autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal y hurto, cometidos en perjuicio de tres mujeres entre 2019 y 2023.
Pensión honorífica de veterano de guerra. ANSES. Decreto n.° 2364/90. Ley n.° 23.848. Control de constitucionalidad. Principio de igualdad. Facultades reglamentarias. Retroactividad. Derecho previsional. Categoría sospechosa.
Juzgado Federal en lo Civ., Com. y Cont. Adm. N.° 1 de San Martín, Secretaría n.° 1, Sala II, “E., F. D. c/ ANSES s/ Reajustes varios”, 2 de octubre de 2025.
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Puntualmente, remarcó el Organismo, las apreciaciones del Tribunal de Casación violaban directamente la Constitución Nacional (art. 75, inc. 22) por ignorar el principio de prevalencia de los derechos de los niños (art. 3, CIDN), el postulado del interés superior del mismo y la fuerza conclusiva que merece el testimonio de una niña víctima de abuso sexual en el marco de un proceso judicial. 

 

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