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Mayo 14, 2020

Guarda judicial asistencial. Menor de edad. Abuela materna. Ausencia de los referentes parentales. Aislamiento social, preventivo y obligatorio. COVID-19. Derechos del niño. Interés superior

Juzgado de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género de 5.° Nominación de la Ciudad de Córdoba, Expte. N.º 7.039.308, “G., C. E.; G., U. X. – Control de legalidad, Ley N.º 9944- art. 56", 24 de abril de 2020

El tribunal resolvió otorgar la guarda judicial asistencial del infante, en los términos del art. 64 de la Ley Provincial N:º 9944, a su abuela materna, al tiempo que determinó que el niño continuará bajo su cuidado y responsabilidad, todo ello a los fines de garantizarle los beneficios sociales y asistenciales; hasta que esta última pueda canalizar su pretensión ante el Fuero de Familia. Asimismo, en la resolución se ordenó que el Registro Civil de la Ciudad de Córdoba agregara el apellido del padre en el nombre del niño, pero en segundo término, luego del apellido materno.  

 

EL decisorio fue dictado en el contexto de aislamiento social, preventivo y obligatorio por el que atraviesa la provincia, y tuvo en cuenta muy especialmente la total y absoluta falta de protección y cuidados por parte de los referentes parentales respecto al niño. 

 

En este sentido, el tribunal indicó que la madre no acreditó que hubiera iniciado algún tratamiento que la ayudara a superar el consumo problemático de estupefacientes. Y que el padre había reconocido en la última audiencia que no veía a su hijo desde hacía once meses, prestando conformidad a la permanencia del pequeño con la  abuela.

 

Para así resolver, el juez resaltó que el Estado tenía la obligación de constituirse en garante del ejercicio efectivo de los derechos de niñas, niños y adolescentes y de actuar en consecuencia, brindándoles –bajo cualquier cuadro fáctico- una efectiva y rápida respuesta en absoluto resguardo de los derechos que les asisten, en miras a su superior interés, de acuerdo al art. 3 de la CDN, ratificada por la Ley Nacional N.º 23849, el art. 3 de su similar N.º 26.061 y el art. 3 de la Ley Provincial N.º 9944. 

 

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Quilmes: desmantelan una organización dedicada a estafas digitales mediante la modalidad de “carding”
La Unidad Funcional de Instrucción y Juicio n.° 1 del Departamento Judicial Quilmes, especializada en delitos de extorsión, defraudación y estafas cometidos en entornos digitales, a cargo del Dr. Ariel Rivas y con la Secretaría de la Dra. Gisela Gorosito, logró el desmantelamiento de una red criminal dedicada al uso de datos robados de tarjetas de crédito para realizar compras fraudulentas a través de plataformas de comercio electrónico bajo la modalidad de carding
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Corte Suprema de Justicia de la Nación, “Recurso de hecho deducido por el Fisco Nacional A.F.I.P. - DGI en la causa Fisco Nacional A.F.I.P. - D.G.I. s/ incidente de revisión en autos: Instituto Privado Clínica y Cirugía de Lobos s/ concurso”, 23 de septiembre de 2025
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