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Mayo 25, 2020

Resolución PG N.° 258/20

Prorroga los términos de la Resolución PG N.° 179/20

En el marco de las diversas medidas adoptadas ante la emergencia sanitaria vigente, el Procurador General, Dr. Julio Conte-Grand, dispuso mediante el dictado de la Resolución PG 258/20 prorrogar los términos de la Resolución PG N° 179/20 hasta el dictado de nueva normativa al efecto, de conformidad con el anuncio del Poder Ejecutivo Nacional sobre la nueva prórroga de la medida de "aislamiento social, preventivo y obligatorio", dispuesta por Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N.° 297/20, hasta el 7 de junio del corriente.

Que, en efecto, la normativa se dictó con carácter provisorio, ante el vencimiento en el dia de la fecha de los planes de trabajo presentados en el marco de la Resolución PG N.° 215/20, hasta tanto se dicte nueva normativa reglamentaria al efecto.

Es dable recordar que por Resolución PG N.° 179/20 se dispuso la suspensión de los términos administrativos para todas las actividades de dicha índole que se desenvuelven en el ámbito del Ministerio Público, sin perjuicio de la validez de los actos que se cumplan durante la vigencia del asueto dispuesto por Resolución N° 386/20.

Se reiteró asimismo la vigencia de las Resoluciones PG N.° 206/20, PG N° 158, PG N° 183, PG N.° 14/20 del Registro Digital Complementario, PG N.° 193, y de las normas
dictadas en consecuencia.

Como particularidad, se requirió al Fiscal del Tribunal de Casación de la Provincia, al Defensor del Tribunal de Casación de la Provincia, a los Fiscales Generales, a los
Defensores Generales, a los Asesores Coordinadores, a la Curadora General y a los Secretarios de la Procuración General, la ratificación o rectificación, por correo electrónico (informespgen@mpba.gov.ar), hasta el 27 de mayo del corriente, inclusive, del plan de trabajo oportunamente elevado en los términos de la Resolución PG N.° 215/20, basado en el sistema de teletrabajo, destinado a la atención de la totalidad de las funciones del organismo en su respectivo ámbito competencial -que comprenda pero no limitado a la atención de asuntos esenciales y urgentes- hasta el 7 de junio del corriente.


Ver Resolución PG N.° 258/20

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Corte Suprema de Justicia de la Nación, “Belsito, Noemi s/ incidente de incompetencia”, 16 de septiembre de 2025
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Que, en efecto, la normativa se dictó con carácter provisorio, ante el vencimiento en el dia de la fecha de los planes de trabajo presentados en el marco de la Resolución PG N.° 215/20, hasta tanto se dicte nueva normativa reglamentaria al efecto.

Es dable recordar que por Resolución PG N.° 179/20 se dispuso la suspensión de los términos administrativos para todas las actividades de dicha índole que se desenvuelven en el ámbito del Ministerio Público, sin perjuicio de la validez de los actos que se cumplan durante la vigencia del asueto dispuesto por Resolución N° 386/20.

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