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Junio 26, 2020

Competencia originaria de SCBA. Pretensión declarativa de certeza. Concejo Deliberante. Concejal Suplente. Art. 196 de la CP y art. 261 y siguientes de la Ley Orgánica de las Municipalidades. Rechazo de la pretensión

La Plata, Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires, Expte. N.º B 76,424 “Gonzalez Graciela Mabel s/ pretensión declarativa de certeza – otros juicios. Cuestión de competencia”, 13 de mayo de 2020

En estos autos, la titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo N.° 1 de Morón se declaró incompetente para decidir por considerar que se trataba de un conflicto producido "en el seno" del Concejo Deliberante y, como tal, propio de la competencia originaria de la Suprema Corte. Tomó esa decisión ante una pretensión declarativa de certeza deducida por Mabel Graciela González, quien fue electa concejal suplente en el Concejo Deliberante de Merlo y adujo encontrarse en un estado de incertidumbre en punto a su derecho a ocupar la banca que en ese órgano deliberativo había quedado vacante ante la renuncia que presentara quien fuera titular en cuarto lugar en la misma lista, la edil Ana Graciela Ferreyra.

 

Por su parte, la Suprema Corte declaró que, en el caso, no se encontraba comprometida su competencia originaria y exclusiva en materia de conflictos municipales, ya que quien promovía la demanda no era estrictamente un concejal, sino alguien que, sobre la base de cierta interpretación de las normas electorales vigentes, pretendía incorporarse al Concejo Deliberante de Merlo. Desde tal suerte, consideró que la competencia que al Tribunal le confieren los art. 196 de la Constitución provincial y 261 y siguientes de la Ley Orgánica de las Municipalidades no se encontraba afectada en el caso.

 

El Alto Tribunal destacó que no se denunciaba ni se advertía que los hechos que motivaron  la demanda hubieran generado en el Concejo Deliberante de Merlo alguna situación que alterara, obstruyera o impidiera el funcionamiento institucional del cuerpo o de la Municipalidad. Siendo así, conforme los precedentes citados y, en particular, al caso resuelto en B 71.070, "Piriz", concluyó que  en el caso no se encontraba involucrada la competencia originaria y exclusiva del Tribunal y que correspondía radicar el expediente ante el órgano ante el que se había deducido  la demanda.

 

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El pasado 29 de octubre se realizaron nueve allanamientos simultáneos en Vicente López, Tigre y Pilar, en el marco de la "Operación Fuera de Línea III", con la incautación de numeroso material digital.
Homicidio con dolo eventual. Principio in dubio pro reo. Inaplicabilidad de ley. Nulidad. Artículo 491 y 494 CPP. Derecho de defensa. Recurso extraordinario. Recurso de queja.
Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, "T. L., P. G. s/ Queja en causa N° 129.637 del Tribunal de Casación Penal, Sala IV", 21 de octubre de 2025
Condenan a 20 años de prisión a un empleado del Hospital Naval de Puerto Belgrano por drogar y abusar sexualmente de tres mujeres
El Tribunal Oral Criminal N.º 2 de Bahía Blanca, con la intervención de la jueza María Mercedes Rico, condenó a un hombre a la pena de veinte años de prisión por resultar autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal y hurto, cometidos en perjuicio de tres mujeres entre 2019 y 2023.
Pensión honorífica de veterano de guerra. ANSES. Decreto n.° 2364/90. Ley n.° 23.848. Control de constitucionalidad. Principio de igualdad. Facultades reglamentarias. Retroactividad. Derecho previsional. Categoría sospechosa.
Juzgado Federal en lo Civ., Com. y Cont. Adm. N.° 1 de San Martín, Secretaría n.° 1, Sala II, “E., F. D. c/ ANSES s/ Reajustes varios”, 2 de octubre de 2025.
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Competencia originaria de SCBA. Pretensión declarativa de certeza. Concejo Deliberante. Concejal Suplente. Art. 196 de la CP y art. 261 y siguientes de la Ley Orgánica de las Municipalidades. Rechazo de la pretensión

La Plata, Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires, Expte. N.º B 76,424 “Gonzalez Graciela Mabel s/ pretensión declarativa de certeza – otros juicios. Cuestión de competencia”, 13 de mayo de 2020

En estos autos, la titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo N.° 1 de Morón se declaró incompetente para decidir por considerar que se trataba de un conflicto producido "en el seno" del Concejo Deliberante y, como tal, propio de la competencia originaria de la Suprema Corte. Tomó esa decisión ante una pretensión declarativa de certeza deducida por Mabel Graciela González, quien fue electa concejal suplente en el Concejo Deliberante de Merlo y adujo encontrarse en un estado de incertidumbre en punto a su derecho a ocupar la banca que en ese órgano deliberativo había quedado vacante ante la renuncia que presentara quien fuera titular en cuarto lugar en la misma lista, la edil Ana Graciela Ferreyra.

 

Por su parte, la Suprema Corte declaró que, en el caso, no se encontraba comprometida su competencia originaria y exclusiva en materia de conflictos municipales, ya que quien promovía la demanda no era estrictamente un concejal, sino alguien que, sobre la base de cierta interpretación de las normas electorales vigentes, pretendía incorporarse al Concejo Deliberante de Merlo. Desde tal suerte, consideró que la competencia que al Tribunal le confieren los art. 196 de la Constitución provincial y 261 y siguientes de la Ley Orgánica de las Municipalidades no se encontraba afectada en el caso.

 

El Alto Tribunal destacó que no se denunciaba ni se advertía que los hechos que motivaron  la demanda hubieran generado en el Concejo Deliberante de Merlo alguna situación que alterara, obstruyera o impidiera el funcionamiento institucional del cuerpo o de la Municipalidad. Siendo así, conforme los precedentes citados y, en particular, al caso resuelto en B 71.070, "Piriz", concluyó que  en el caso no se encontraba involucrada la competencia originaria y exclusiva del Tribunal y que correspondía radicar el expediente ante el órgano ante el que se había deducido  la demanda.

 

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