Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio. Prórroga. “Distanciamiento social, preventivo y obligatorio”. Régimen aplicable
El Poder Ejecutivo Nacional, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N.° 576/20 prorrogó con todas las finalidades y alcances allí estipulados, hasta el día 30 de junio de 2020 inclusive, la vigencia del Decreto N.° 520/20 y sus normas complementarias.
Desde el día 1° de julio y hasta el día 17 de julio de 2020 inclusive, estableció la medida de “distanciamiento social, preventivo y obligatorio” en los términos ordenados por el presente decreto, para todas las personas que residan o transiten en los aglomerados urbanos, partidos y departamentos de las provincias argentinas en tanto estos verifiquen en forma positiva determinados parámetros epidemiológicos y sanitarios fijados en el mismo. Asimismo, prorrogó por igual plazo, la vigencia del Decreto N.° 297/20, que establece el “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, prorrogado por los Decretos Nros. 325/20, 355/20, 408/20, 459/20, 493/20 y 520/20, exclusivamente para las personas que residan o se encuentren en los aglomerados urbanos y en los departamentos y partidos de las provincias argentinas que no cumplan positivamente los parámetros epidemiológicos y sanitarios establecidos en el artículo 3° del presente decreto.
Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio. Prórroga. “Distanciamiento social, preventivo y obligatorio”. Régimen aplicable
El Poder Ejecutivo Nacional, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N.° 576/20 prorrogó con todas las finalidades y alcances allí estipulados, hasta el día 30 de junio de 2020 inclusive, la vigencia del Decreto N.° 520/20 y sus normas complementarias.
Desde el día 1° de julio y hasta el día 17 de julio de 2020 inclusive, estableció la medida de “distanciamiento social, preventivo y obligatorio” en los términos ordenados por el presente decreto, para todas las personas que residan o transiten en los aglomerados urbanos, partidos y departamentos de las provincias argentinas en tanto estos verifiquen en forma positiva determinados parámetros epidemiológicos y sanitarios fijados en el mismo. Asimismo, prorrogó por igual plazo, la vigencia del Decreto N.° 297/20, que establece el “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, prorrogado por los Decretos Nros. 325/20, 355/20, 408/20, 459/20, 493/20 y 520/20, exclusivamente para las personas que residan o se encuentren en los aglomerados urbanos y en los departamentos y partidos de las provincias argentinas que no cumplan positivamente los parámetros epidemiológicos y sanitarios establecidos en el artículo 3° del presente decreto.
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