• Inicio
  • Buscador
  • Noticias
    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos

    • Obras Jurídicas

  • Doctrina
  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en Materia Disciplinaria

  • Contacto
Dictámenes Resoluciones
  • Noticias Jurídicas

    Logo
  • Volver

  • Inicio
  • Noticias Jurídicas
Septiembre 16, 2020

Recurso extraordinario de inconstitucionalidad. Solve et repete. Pago previo. Artículo 70 de la Ley N.° 13.133. Imposibilidad de pago. Menoscabo del derecho de defensa en juicio. Perjuicio irreparable

Dictamen del Procurador General, Expte. N. º A-76587-1, “INC SA (CARREFOUR) c/ Municipalidad de General San Martín s/ Proceso sumario de ilegitimidad”, 9 de septiembre de 2020

En los actuados, la Fiscalía General del Departamento Judicial de General San Martín interpuso un recurso extraordinario de inconstitucionalidad contra la sentencia de la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de San Martín, que había declarado la inconstitucionalidad del segundo párrafo del artículo 70 de la Ley N.º 13.133.

 

El Procurador General, en la intervención que le cupo, consideró que, no habiéndose acreditado en autos una imposibilidad de pago o que dicha erogación pudiera generarle a la parte actora un obstáculo insalvable y con ello la posible vulneración del acceso a la justicia (arts. 18 de la Constitución Nacional; 8 de la Convención Americana de Derechos Humanos y 15 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires), podía hacerse lugar al recurso extraordinario de inconstitucionalidad y, de esa forma, revocar la sentencia de la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo con asiento en San Martín (art. 302 del CPCC).

 

En tal sentido, recordó que la declaración judicial de inconstitucionalidad no solo requiere que la norma impugnada pueda causar un gravamen constitucional, sino que se haya afirmado y acreditado fehacientemente, que ello ocurría en el caso concreto sometido a decisión. Adunó que según lo ha resuelto el Máximo Tribunal de Justicia en varias oportunidades, la exigencia de pagos previos, como requisito de procedencia de recursos de apelación, no vulnera -como regla general- el principio de igualdad y de inviolabilidad de la defensa en juicio, criterio que resultaba de aplicación a las multas.

 

De consiguiente, opinó que resultaba decisivo verificar si se había demostrado la falta inculpable de los medios pertinentes para enfrentar la erogación a fin de evitar que ese previo pago se tradujera en un real menoscabo del derecho de defensa en juicio.

 

Remarcó que el propio artículo 70 “in fine” de la Ley N.º 13.133 establece que el requisito de pago previo no sería exigible en el supuesto caso de que “…el cumplimiento… pudiese ocasionar un perjuicio irreparable al impugnante…”. Finalmente, destacó que quien invoca ciertos hechos como fundamento de su pretensión tiene la carga de acreditarlos y si no logra cumplir con ella, mediante la actividad probatoria desarrollada durante el juicio, corría el  riesgo de que su acción fuera rechazada. 

 

DESCARGAR DICTAMEN

Logo

Otras noticias destacadas

Corte Interamericana de Derechos Humanos. Opinión Consultiva. Derecho al cuidado. Autonomía personal. Igualdad sustantiva. Derechos interdependientes. Derecho a cuidar. Derecho a ser cuidado. Derecho al autocuidado. Corresponsabilidad social. Políticas públicas. Sistemas integrales de cuidado. Grupos vulnerables. Enfoque interseccional. Obligaciones estatales. Exigibilidad judicial.
Corte Interamericana de Derechos Humanos, “Opinión Consultiva OC-31/25”, 12 de junio de 2025 solicitada por la República Argentina.
Bahía Blanca: condena en juicio abreviado por distribución agravada de material de abuso sexual infantil
A instancias del Ministerio Público Fiscal, el Tribunal Oral en lo Criminal n.° 1 dictó sentencia condenatoria —en el marco de un juicio abreviado— contra una persona adulta por cinco hechos de distribución y/o facilitación de representaciones de menores de 18 años en actividades sexuales explícitas, agravados por tratarse de víctimas menores de 13 años, en concurso real. La pena impuesta fue de cuatro (4) años y seis (6) meses de prisión, con accesorias legales
Avellaneda: dos aprehendidos por encubrimiento tras hallazgo de motocicleta con pedido activo
En un operativo coordinado por la Unidad de Prevención de la Policía Local (UPPL) de Avellaneda, y bajo la dirección de la Unidad Funcional de Instrucción n.° 3 del Departamento Judicial Avellaneda–Lanús, se procedió a la aprehensión de dos personas adultas por el delito de encubrimiento, tras el secuestro de un motovehículo que presentaba pedido de secuestro activo
Ministerio Público Fiscal. Defensa del consumidor. Intervención. Competencia. Autonomía funcional. Legalidad. Interés general. Artículo 120 Constitución Nacional. Artículo 52 Ley n.° 24.240. Ley n.° 27.148. Daño punitivo. Asimetría. Proceso sumarísimo. Arbitrariedad de sentencia.
Corte Suprema de Justicia de la Nación, “Cáceres Carrera, Facundo Ariel y otro c/ Ford Argentina S.C.A. y otro s/ sumarísimo”, 7 de agosto de 2025
  • Inicio

  • Buscador

  • Noticias

    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos 2025

    • Cuadernos temáticos 2024

    • Cuadernos temáticos 2023

    • Cuadernos temáticos 2022

    • Cuadernos temáticos 2021

    • Cuadernos temáticos 2020

  • Doctrina

  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en Materia Disciplinaria

  • Contacto

  • Noticias Jurídicas

  • Logo
Septiembre 16, 2020

Recurso extraordinario de inconstitucionalidad. Solve et repete. Pago previo. Artículo 70 de la Ley N.° 13.133. Imposibilidad de pago. Menoscabo del derecho de defensa en juicio. Perjuicio irreparable

Dictamen del Procurador General, Expte. N. º A-76587-1, “INC SA (CARREFOUR) c/ Municipalidad de General San Martín s/ Proceso sumario de ilegitimidad”, 9 de septiembre de 2020

En los actuados, la Fiscalía General del Departamento Judicial de General San Martín interpuso un recurso extraordinario de inconstitucionalidad contra la sentencia de la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de San Martín, que había declarado la inconstitucionalidad del segundo párrafo del artículo 70 de la Ley N.º 13.133.

 

El Procurador General, en la intervención que le cupo, consideró que, no habiéndose acreditado en autos una imposibilidad de pago o que dicha erogación pudiera generarle a la parte actora un obstáculo insalvable y con ello la posible vulneración del acceso a la justicia (arts. 18 de la Constitución Nacional; 8 de la Convención Americana de Derechos Humanos y 15 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires), podía hacerse lugar al recurso extraordinario de inconstitucionalidad y, de esa forma, revocar la sentencia de la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo con asiento en San Martín (art. 302 del CPCC).

 

En tal sentido, recordó que la declaración judicial de inconstitucionalidad no solo requiere que la norma impugnada pueda causar un gravamen constitucional, sino que se haya afirmado y acreditado fehacientemente, que ello ocurría en el caso concreto sometido a decisión. Adunó que según lo ha resuelto el Máximo Tribunal de Justicia en varias oportunidades, la exigencia de pagos previos, como requisito de procedencia de recursos de apelación, no vulnera -como regla general- el principio de igualdad y de inviolabilidad de la defensa en juicio, criterio que resultaba de aplicación a las multas.

 

De consiguiente, opinó que resultaba decisivo verificar si se había demostrado la falta inculpable de los medios pertinentes para enfrentar la erogación a fin de evitar que ese previo pago se tradujera en un real menoscabo del derecho de defensa en juicio.

 

Remarcó que el propio artículo 70 “in fine” de la Ley N.º 13.133 establece que el requisito de pago previo no sería exigible en el supuesto caso de que “…el cumplimiento… pudiese ocasionar un perjuicio irreparable al impugnante…”. Finalmente, destacó que quien invoca ciertos hechos como fundamento de su pretensión tiene la carga de acreditarlos y si no logra cumplir con ella, mediante la actividad probatoria desarrollada durante el juicio, corría el  riesgo de que su acción fuera rechazada. 

 

DESCARGAR DICTAMEN

Logo

Otras noticias destacadas

Corte Interamericana de Derechos Humanos. Opinión Consultiva. Derecho al cuidado. Autonomía personal. Igualdad sustantiva. Derechos interdependientes. Derecho a cuidar. Derecho a ser cuidado. Derecho al autocuidado. Corresponsabilidad social. Políticas públicas. Sistemas integrales de cuidado. Grupos vulnerables. Enfoque interseccional. Obligaciones estatales. Exigibilidad judicial.
Corte Interamericana de Derechos Humanos, “Opinión Consultiva OC-31/25”, 12 de junio de 2025 solicitada por la República Argentina.
Bahía Blanca: condena en juicio abreviado por distribución agravada de material de abuso sexual infantil
A instancias del Ministerio Público Fiscal, el Tribunal Oral en lo Criminal n.° 1 dictó sentencia condenatoria —en el marco de un juicio abreviado— contra una persona adulta por cinco hechos de distribución y/o facilitación de representaciones de menores de 18 años en actividades sexuales explícitas, agravados por tratarse de víctimas menores de 13 años, en concurso real. La pena impuesta fue de cuatro (4) años y seis (6) meses de prisión, con accesorias legales
Avellaneda: dos aprehendidos por encubrimiento tras hallazgo de motocicleta con pedido activo
En un operativo coordinado por la Unidad de Prevención de la Policía Local (UPPL) de Avellaneda, y bajo la dirección de la Unidad Funcional de Instrucción n.° 3 del Departamento Judicial Avellaneda–Lanús, se procedió a la aprehensión de dos personas adultas por el delito de encubrimiento, tras el secuestro de un motovehículo que presentaba pedido de secuestro activo
Ministerio Público Fiscal. Defensa del consumidor. Intervención. Competencia. Autonomía funcional. Legalidad. Interés general. Artículo 120 Constitución Nacional. Artículo 52 Ley n.° 24.240. Ley n.° 27.148. Daño punitivo. Asimetría. Proceso sumarísimo. Arbitrariedad de sentencia.
Corte Suprema de Justicia de la Nación, “Cáceres Carrera, Facundo Ariel y otro c/ Ford Argentina S.C.A. y otro s/ sumarísimo”, 7 de agosto de 2025

CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Jurídicas
Noticias Académicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en:
Jurisprudencia Nacional
Jurisprudencia Provincial
Actualidad en:
Normativa Nacional
Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Lejister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar



CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Académicas
Noticias Jurídicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en Jurisprudencia Nacional
Actualidad en Jurisprudencia Provincial
Actualidad en Normativa Nacional
Actualidad en Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Legister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar